decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputados PERSONAS SIN IDENTIFICAR por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO previsto y sancionado en el Artículo 1 en concordancia con el artículo 2 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de GOMEZ CARLOS ALEXIS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.