REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 28 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-002982
ASUNTO : SP11-P-2006-002982
MANDATO DE CONDUCCION
Vista las solicitudes presentadas por la Fiscal MARIA SALOME ZAMBRANO ORTEGA, de fecha, 30-08-2006 en las cuales requieren que sea conducido por la fuerza pública a la ciudadana BEATRIS EVELIA PACHECO, de nacionalidad venezolana, natural de Tovar Estado Mérida, Estado civil soltera, residenciada en el Remolino I calle 3 con carrera 4, casa 4-18 Rubio estado Táchira Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.081.999. a los fines de que comparezcan ante el referido despacho Fiscal en virtud de la Investigación que realiza el Ministerio Público en la Causa N° 20-F25-2640-06, por uno de los Delitos Contra Las Personas; ya que esta ciudadana no ha comparecido voluntariamente al llamado Fiscal, observándose una obstaculización a la referida investigación.
El Tribunal para decidir observa:
La solicitud se fundamenta en lo dispuesto por el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual cumple cabalmente los requisitos exigidos por la norma adjetiva penal citada; además, consta en las actuaciones remitidas a este Tribunal de Control por los representantes Fiscales, Boletas de Citación expedidas por el Ministerio Público a la ciudadana BEATRIS EVELIA PACHECO, para que concurra a comparecer en la Causa Fiscal N° 20-F25-2640-06, circunstancias que hacen presumir el incumplimiento injustificado de este ciudadano al llamado judicial.
En virtud de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: UNICO.- ORDENA LA CONDUCCION INMEDIATA de la ciudadana BEATRIS EVELIA PACHECO, de nacionalidad venezolana, natural de Tovar Estado Mérida, Estado civil soltera, residenciada en el Remolino I calle 3 con carrera 4, casa 4-18 Rubio estado Táchira Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.081.999; conducción que deberán practicar funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Rubio Estado Táchira, a los fines de que el mencionado ciudadano COMPAREZCA por ante la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público, ubicada al final de la Avenida Venezuela, Edificio Sede de la Aduana Principal de San Antonio Estado Táchira, en la Causa N° 20-F25-2640-06, en un plazo de ocho horas, contadas a partir de la conducción, debiendo ser trasladado en horas hábiles y días laborables hábiles del despacho Fiscal. Los funcionarios encargados de ejecutar este Mandato de Conducción deberán respetar en todo momento los DERECHOS CONSTITUCIONALES de la ciudadana BEATRIS EVELIA PACHECO; debiendo informar al Tribunal sobre las resultas del presente mandato.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Líbrense los Oficios respectivos. Cúmplase.
ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG.
SECRETARIO