REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 14 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2002-002670
ASUNTO : WL01-P-2002-000737
2E-1649-07

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del penado FRANCISCO ANTONIO TORTOZA GONZALEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació el 16-02-1955, de 54 años de edad y titular de la cedula de identidad Nº 5.096.027, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

Al ciudadano FRANCISCO ANTONIO TORTOZA GONZALEZ, se le condenó a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) HORAS, por lo que le falta por cumplir una pena de OCHO (08) AÑOS, DOCE (12) DIAS Y CATORCE (14) HORAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 27/12/2005.

Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 11/12/2007 a las catorce (14) horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 26/09/2008 a las catorce (14) horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 26/11/2011 a las catorce (14) horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 11/09/2012 a las catorce (14) horas.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el: 26/01/2015

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de citación. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

DRA. AIMARA QUINTERO CONCEPCIÓN.

EL SECRETARIO,

ABG. RAMÓN MARTÍNEZ.


AQC/keller.-