REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 30 de Enero de 2008
197° y 148°

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000450
PARTE ACTORA: MARGARITA DEL VALLE LOPEZ, titular de la cédula de identidad No. V.- 14.568.906.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, WILLIAM GONZALEZ, ROXANA CABELLO, MARINA PONTE, MARIA ELENA ESCOBAR, GLORIA PACHECO y YINESKA FRANCO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 81.221, 52.600, 103.642, 28.809, 75.309, 45.723 y 76.380, respectivamente; en su carácter de Procuradores de Trabajadores en el Estado Vargas.
PARTE DEMANDADA: “CENTRO INTEGRAL DE BELLEZA PRESTIGIO (CIB PRESTIGIO), C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, bajo el Nº 69, Tomo: A-18, del año dos mil cuatro (2004).
ABOGADA ASISTENTE: VALENTINA MARIA RODRÍGUEZ RODRIGUEZ, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.321
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, miércoles treinta (30) de Enero del año dos mil ocho (2008), siendo las 09:00 a.m. de la mañana, oportunidad fijada para que tenga la prolongación de la audiencia preliminar en el presente proceso, se deja constancia de la comparecencia Ciudadana: YONAIDA TERESA CARVALLO PEREIRA, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº 6.484.967, en su carácter de representante de la empresa demandada asistida en este acto por la Profesional del Derecho VALENTINA RODRIGUEZ, ya identificada. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana MARGARITA DEL VALLE LOPEZ, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
Años 197° y 148°.

EL JUEZ,

DR. ARNALDO RODRÌGUEZ


LAS PARTES COMPARECIENTES:


YONAIDA TERESA CARVALLO PEREIRA


ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA


ABG. MAGJOHLY FARIAS



WP11-L-2007-000450