REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía treinta (30) de enero del año dos mil ocho 2008
Acta

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2007-000388
PARTE ACTORA: MARCO ENRIQUE ESPINOZA DÍAZ Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-16.308.689
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: ALMACENADORA BRAPERCA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO


En el día hábil de hoy, treinta (30) de Enero de 2008, siendo las diez mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, este Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes, quienes no asistieron ni por sí ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 en concordancia con el 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 197° y 148°
LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE









LA SECRETARIA,
Abg. MAGJOHLY FARIAS
WP11-S-2007-000388