REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintisiete (27) de febrero del año dos mil ocho (2008)
197° y 149°

ASUNTO No. WP11-L-2007-000495

Vista la diligencia suscrita por la Profesional del Derecho YINESKA FRANCO, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 76.380, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, mediante la cual solicita al Tribunal se Homologue y se ordene el cierre del presente expediente, por cuanto le fueron canceladas a la ciudadana PERALTA BLANCO MARY CRUZ, sus prestaciones sociales en fecha veinte (20) de enero del año dos mil ocho (2008); en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada y declara terminado el proceso; así mismo ordena el cierre y el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica Trabajo.-
LA JUEZ


Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ




LA SECRETARIA


Abg. GERALDINE GASPERI



ISY/GG/greo.-
WP11-L-2007-000495