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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, jueves siete (07) de febrero de dos mil ocho (2008)
197° y 148°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000539
PARTE ACTORA: JUAN BAUTISTA CARANAMA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.106.324.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA ELENA ESCOBAR, abogada adscrita a la Procuraduría de Trabajadores del estado Vargas, INPREABOGADO bajo el Nº 75.309.
PARTE DEMANDADA: OSCAR JOEL GONZALEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
La presente demanda fue interpuesta el día trece (13) de diciembre de 2007, y admitida por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, el día diecisiete (17) de diciembre de 2007, en donde la parte actora alega como fecha de inicio de la prestación del servicio, el día 05 de enero de 2006, y como fecha de culminación fue de 14 de julio de 2006, desempeñándose como “OBRERO”, por el lapso de tiempo de seis (06) meses y nueve (09) días, alegando como último salario base mensual la cantidad de Bs. 428.571,42, y el motivo de la terminación de la relación de trabajo, Despido Injustificado.
Siendo las 10:00 m. de la mañana, del día veintinueve (29) de enero de 2008, día y hora fijados para que se lleve a cabo la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte demanda no compareció al presente Acto, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por el actor en su libelo de demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, PRIMERO: Este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, ha interpuesto por el ciudadano JUAN BAUTISTA CARANAMA, en contra del ciudadano OSCAR JOEL GONZALEZ, SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadano OSCAR JOEL GONZALEZ, al pago de los conceptos demandados según las siguientes especificaciones:
NOMBRE: JUAN BAUTISTA CARANAMA
FECHA DE INGRESO:05/01/2006
FECHA DE EGRESO: 14/07/2006
TIEMPO DE SERVICIO: 06 meses y 09 días
CARGO: OBRERO.
MOTIVO: DESPIDO INJUSTIFICADO
ÙLTIMO SALARIO BASICO MENSUAL: Bs. 428.571,42
ULTIMO SALARIO DIARIO INTEGRAL: Bs. 15.158,72
1.- Cálculo de Antigüedad Acumuladas, Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo
45 días x 15.158,72 = 682.142,40.
2. Cálculo de Vacaciones y Bono Vacacional fraccionado, Artículos 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo,
V = 15 días x 6,9 / 12 = 8,62 x 14.285,71 = Bs. 123.142,82.
BV = 07 días x 6,9 / 12 = 4,02 x 14.285,71 = Bs. 57, 428,55.
3.- Cálculo de Utilidades fraccionadas, Artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo.
U = 15 días x 6.9 / 12 = 8,62 x 14.285,71 = 123.142,82.
4. Cálculo de Indemnización por despido injustificado, Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, numeral 1 y su literal “b”
30 días x 15.158,72 = 454.761,60
30 días x 15.158,72 = 454.761,60
5. Cálculo de días feriados (domingos) Artículo 154 de la Ley Orgánica del Trabajo:
Enero 2006 5 días (1 – 8 – 15 – 22 - 29)
Febrero 2006 4 días (5 – 12 – 19 – 26)
Marzo 2006 4 días (5 – 12 – 19 – 26)
Abril 2006 5 días (2 – 9 – 16 – 23 - 30)
Mayo 2006 4 días (7 – 14 – 21 – 28)
Junio 2006 4 días (4 – 11 – 18 – 25)
Julio 2006 5 días (2 – 9 – 16 – 23 - 30)
Total días = 31 días
31 días x SD (14.285,71) + SD (14.285,71) + 50% SD (7.158,35) =
31 días x 35.729,77 = 1. 107.622,80
Tales conceptos y montos, suman la cantidad de TRES MILLONES TRES MIL DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 3.003.002,59), equivalentes a TRES MIL TRES BOLIVARES FUERTES CON UN CENTIMO, (3.003.01 Bs.F), monto a cuyo pago queda condenada la parte demandada. Así se decide.---------------------------------------
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de los intereses sobre prestación de antigüedad, previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, de acuerdo a las experticias complementarias al fallo. Así se decide------------------------------------------.----
CUARTO: Se condena a la parte demandada, al pago de Costas Procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.---------------------------------------------------------------------------------- ----------------------
QUINTO: Se condena a la parte demandada al pago de la corrección monetaria e intereses de mora de acuerdo a las experticias complementarias al fallo según lo preceptuado en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.---
Dada, firmada y sellada en la sede del JUZGADO PRIMÉRO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, el día siete (07) de febrero del año dos mil ocho (2008).
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 197° y 148°
LA JUEZ,
Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
En esta misma fecha, previo cumplimiento de las formalidades de Ley se publicó y registró la presente Decisión, siendo las tres y treinta horas de la tarde (03:30 p.m.).
LA SECRETARIA,
ABG. ANGELY ARIAS
WP11-L-2007-000539
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