REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 26 de febrero de 2008
Años 197° y 149°

Por recibido el presente expediente signado con el Nº A-8090, procedente de la Sala de Juicio Nº 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, contentivo del juicio que por IMPUGNACION DE PATERNIDAD, sigue CLAUDIO RAFAEL ALVAREZ OVALLES, contra la ciudadana ARLENE CECILIA RADA ESCOBAR, en representación de su menor hija FLORLENE NAZARETH ALVAREZ, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto dictado por ese Juzgado en fecha 15 de enero de 2008, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por ante este tribunal. Asimismo y de conformidad con lo establecido en los artículos 177, literal (a), 452, en concordancia con el artículo 489 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, promulgada en fecha 02 de octubre de 1998, aplicable por virtud de lo dispuesto en el artículo 680 de la promulgada el día 07 de diciembre de 2007, se fija el Quinto (5to.) día de despacho siguiente a la presente fecha, a las (10:00 a.m.), la oportunidad para que tenga lugar el acto de formalización de la apelación, y la sentencia deberá pronunciarse dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a la finalización de dicho lapso, sin necesidad de providencia del tribunal.-
EL JUEZ

DR. IDELFONSO IFILL PINO

LA SECRETARIA

MARYSABEL BOCARANDA
IIP/Mb.-
Exp. Nº 1734.-