En el día hábil de hoy, Quince (15) de Febrero de 2008, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandante la ciudadana JOHANA PATRICIA CRUZ, titular de la cédula de ciudadanía N° CC. 60.450.437, ni de la parte demandada el ciudadano WELLIAM CHEM, mayor de edad, titular de la cédula N° 82.292.910, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la ciudadana JOHANA PATRICIA CRUZ, titular de la cédula de ciudadanía N° CC. 60.450.437, contra el ciudadano WELLIAM CHEM, mayor de edad, titular de la cédula N° 82.292.910, en su carácter de propietario del Fondo de Comercio denominado RESTAURANT NUEVO MUNDO, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ


BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO