REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO TACHIRA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 03. San Cristóbal, 12 de Febrero del 2008.
197º y 148º
Visto el contenido de la diligencia inserta al folio anterior suscrita por la ciudadana ANGEL DE JESÚS REY, titular de la cédula de identidad N° V.- 2.812.601, en la cual manifiesta “Que en vista que la ciudadana ELENA CECILIA CHACÓN ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° 19.234.143, cumplió su mayoría de edad, (tiene 19 años cumplidos), no es necesario este procedimiento, por lo que pido el cierre del expediente.” Y por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa se evidencia partida de nacimiento inserta al folio (08) en la cual se verifica lo expuesto por la diligenciante, es por lo que se considera declararse terminada el presente expediente. Y así se decide.
En consecuencia esta Juez Unipersonal Nro. 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADA LA PRESENTE CAUSA, dejándose copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal. Hágase como se pide. Cúmplase.-
ABG. HIRÍAN MONTOYA RODRIGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL Nº 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publico la anterior decisión y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Srio.
Exp. 40188
*Autorización de Venta*
HMR / Edith.-