REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero (1ª) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la solicitud del Representante del Ministerio Público en cuanto a que la presente causa se ventilada por la vía del PROCEDIMIENTO ESPECIAL ABREVIADO POR FLAGRANCIA, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 372, ordinal 1° y 373, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la Defensora Pública Penal DRA. CARLA QUIJANO, en cuanto a la Libertad Plena de su representado. TERCERO: Se admite la solicitud fiscal en el sentido de aplicar al ciudadano ALEXIS JESÚS RIVAS HERNÁNDEZ una medida cautelar menos gravosa de las previstas en el artículo 256 de nuestra ley adjetiva penal, específicamente la establecida en el numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste: en la presentación periódica ante este Tribunal cada ocho (8) días. CUARTO: Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes.