REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

Oídas las exposiciones de las partes y analizadas las actas del expediente, este TRIBUNAL PRIMERO (1º) DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA la aplicación del Procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 Y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. SEGUNDO: ACUERDA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD al ciudadano FRANKLIN ERNESTO ANGULO FREITES, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 6°, del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en Numeral 3°: presentaciones por ante la sede del Alguacilazgo a firmar el libro correspondiente llevado por éste Juzgado cada ocho (08) días..Numeral 6° prohibición Expresa de acercarse a la victima. TERCERO: Se admite la precalificación esgrimida por la representación fiscal, por cuanto la detención del imputado que hoy nos ocupa encuadra en el ilícito penal precalificado como LESIONES PERSONALES GENERICAS previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal; CUARTO: Expídanse las copias solicitadas.