REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento especial, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se declara la aplicación de medida cautelar y medidas de protección y seguridad al ciudadano FREDDY ANTONIO PADRON SUISBERT, titular de la cédula de identidad N° 16.106.412, contenidas en el artículo 92 ordinales 7° y artículo 87 ordinales 5° y 6°, a saber: se le impone al presunto agresor la obligación de asistir a un centro especializado en materia de violencia de género, ubicado en: Palmar Oeste, así mismo se le prohíbe el acercamiento a la mujer agredida, así como de acercarse a su sitio de trabajo, de estudio y residencia de la misma y se le prohíbe que por sí mismo o por terceras personas, que realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia, se precalifican los hechos dentro de la previsión establecida en el artículo 39 y 42 referida a la VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, de la nueva Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, hasta tanto el fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo a que haya lugar en la presente causa. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa en cuanto a la libertad sin restricciones de su defendido. CUARTO: Se insta al Ministerio Público, a los fines de que le practique examen medico forense a la presunta victima. QUINTO: Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en su oportunidad legal.