San Cristóbal, 13 de febrero del año 2008
197° y 148° CAUSA Nº: E1-2834-06

Ref.: Auto que decreta EXTINCIÓN DE LA PENA
Por cuanto se recibió oficio N° 1886, procedente de la Dirección de Prevención del Delito, Centro de Atención, orientación y tratamiento (CEPAO) San Cristóbal Estado Táchira, procede este Tribunal a resolver lo concerniente a la ciudadana BLANCA MERCEDES PÉREZ SOTO, venezolano, titular de la cédula de identidad V- 9.228.377, en los siguientes términos:
Consta en las actuaciones, que en fecha 29 de septiembre de 2006, se decreto el sobreseimiento de la causa, por la presunta comisión del delito de "POSESIÓN ILICÍTA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS", imponiéndole como medida de seguridad a la imputada, las contenidas en el artículo 72 de la Ley Orgánica Sobre el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, es decir 1. Someterse a un tratamiento para la cura o desintoxicación en el Centro de Prevención y Orientación (CEPAO), 2. Presentaciones cada dos meses por ante la oficina de alguacilazgo; en este sentido observa esta Juzgador que el penado de autos a dado fiel cumplimiento a la MEDIDA DE SEGURIDAD, dictada en decisión de fecha 29 de septiembre del año 2006, por el Tribunal de Primera Instancia N° 10 en Funciones de Control, según se desprende del Oficio N0 18186, proveniente de la Dirección de Prevención del Delito, Centro de Atención, orientación y tratamiento (CEPAO), atinente a la penada BLANCA MERCEDES PÉREZ SOTO, el cual señala entre otras cosas que la misma asistió con regularidad al tratamiento, actualmente se encuentra alejada del consumo e incorporada al trabajo en alquiler de celulares, atenta a las orientaciones de los especialistas, lo que ha venido poniendo en practica en el hogar y vida cotidiana para superar su situación, los hijos se encuentran trabajando y estudiando, aportando para gastos del hogar, continúa en la casa con su esposo pero no conviven, se observa más animada y con deseos de continuar superándose, su evolución es satisfactoria.

En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.


RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto la ciudadana BLANCA MERCEDES PÉREZ SOTO, dio cumplimiento efectivo a las condiciones impuestas por el Tribunal de Primera Instancias en Funciones de Control N° 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, y por tanto decreta la libertad plena y la extinción de la responsabilidad criminal respecto de dicho ciudadano, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.
En San Cristóbal, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil ocho.

Cópiese, notifíquese y remítase la presente causa al Archivo Judicial, cúmplase,





JORGE OCHOA ARROYAVE
Juez




ELDA ROMAYBA VIELMA
Secretaria









JOA/erv.
Causa Nº E1-2834-06