REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Juicio del Estado Vargas
Macuto, 07 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-000739
ASUNTO : WP01-P-2007-000739

Vista la decisión de fecha 22 de diciembre de 2003, emanada de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la cual la sala con miras a ordenar el proceso penal en relación con los artículos 26 y 49. Constitucionales y los derechos que ellos otorgan, considera que es una dilación indebida la que ocurre cuando el tribunal con escabinos no puede constituirse después de dos convocatorias correspondientes y que, ante esta situación, el juez profesional que dirigirá el juicio, debe asumir totalmente el poder jurisdiccional sobre la causa, por lo que deberá llevar a delante el juicio prescindiendo de los escabinos.( Subrayado del Tribunal).
De lo que se observa en la presente causa que desde la fecha de emisión de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia, se han realizado tres (03) actos de constitución del tribunal mixto, y no han concurriendo las personas seleccionadas a pesar de haberse realizado la respectiva convocatoria, se hace necesario en acatamiento a lo expresado en la sentencia, a que este Tribunal se Constituya Unipersonalmente para celebrar el juicio oral y publico en la presente causa y en consecuencia se acuerda fijar el día 29 de FEBRERO del 2008 a las 12:30 horas del mediodia, para la realización del Juicio Oral y Publico. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO


Abg. JUDITH NIETO DE OCHOA
LA SECRETARIA

Abg. MARÍA EUJENIA HERNANDEZ