REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 20 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : WL01-P-2006-000064
ASUNTO : 2E-1718-07
Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de LUZMILA ALCARRAZ DE MIRANDA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de San Antonio del Táchira, donde nació el 02-12-1932, de 76 años de edad, de profesión u oficio del hogar y titular de la cedula de identidad Nº 8.557.002, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto a la prenombrada penada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
A la ciudadana LUZMILA ALCARRAZ DE MIRANDA, se le condenó a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE ARRESTO, siendo redimida por un tiempo de TRES (03) MESES Y OCHO (08) DIAS, por lo que le falta por cumplir una pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, en virtud que la penada fue detenida por primera vez en fecha 22/10/2006.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 14/07/2007.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el 14/11/2007.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 14/03/2009.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 14/07/2009.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el: 14/07/2010
Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de citación. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE DE EJECUCIÓN,
ABG. BELITZA MARCANO MARTINEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA LUISA UGUETO.
BMM/keller.-
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