REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 22 de Febrero de 2008
197° y 148°
Por recibida la presente demanda, en virtud del sorteo de distribución efectuado, por el Juzgado Distribuidor de Municipio de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal de conformidad con el Articulo 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, cítese a los ciudadanos: ORLANDO ARGENIS BLANCO y YOLEIDYS KARINA GARCÍA SOLER, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-5.230.368 y V-18.534.452 respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal al Segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos dejada por el Alguacil, de haberse practicado la última de sus citaciones, cualquiera que sea su orden, entre las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que den Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda por duplicado, con la orden de comparecencia al pie y entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique las citaciones ordenadas. Cúmplase.
LA JUEZ,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
LA SECRETARIA,


Dra. IRIS LÓPEZ GUERRA.





En esta misma fecha se admitió bajo el Nº 1289/08. Asimismo, no se libraron las compulsas de citaciones ordenadas, por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA SECRETARIA,


Dra. IRIS LÓPEZ GUERRA.






SRP/ILG/wg.
Exp. Nº 1289/08.