REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
18 de Febrero de 2008
197° y 148°

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000033
PARTE ACTORA: CARLOS EDUARDO BARRETO DIAZ, titular de la cédula de identidad No.10.578.940
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YINEZKA FRANCO, abogada al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del estado Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.76.380
PARTE DEMANDADA: GONZALO WILFREDO GARCIA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. 6.466.965
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FELIPE ABOUNDANEN y NELLY PALACIOS, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 51.361 y 57.067 respectivamente, según consta de poder especial que acredita su representación.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 18 de Febrero de 2008, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos CARLOS EDUARDO BARRETO DIAZ, YINEZKA FRANCO, GONZALO WILFREDO GARCIA GONZALEZ, FELIPE ABOUNDANEN y NELLY PALACIOS, ya identificados. Celebrada la Audiencia, las partes han conciliado llegando a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: Luego que fueron efectuados los cálculos correspondientes, la parte demandada con el objeto de poner fin a la presente controversia, conviene en cancelar al demandante, la cantidad de BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS SIN CENTIMOS (Bs.F. 500,00), por concepto de MONTO UNICO TRANSACCIONAL, en virtud que ya le han sido cancelados en la oportunidad legal correspondiente, todos los conceptos y montos derivados de la relación laboral que les unió, tal y como se especifica:
Nombre: CARLOS EDUARDO BARRETO
Fecha de Ingreso: 07/09/2004
Fecha de egreso: 09/04/2007
Tiempo total de servicio: 2 AÑOS 7 MESES 02 DIA
BASE DE CÁLCULO SALARIO INTEGRAL: BASICO LEGAL

Año/ mes SALARIO
MENSUAL SALARIO
BASICO DIARIO Alícuota BONO VACACIONAL
Alícuota UTILIDADES SALARIO
INTEGRAL DIARIO 108
5 dias x c/mes y adicionales TOTAL PRESTACIONES ACUMULADAS

año 2004
septiembre 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 0,00
Octubre 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 0,00
Noviembre 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 0,00
Diciembre 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 0,00

año 2005
Enero 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Febrero 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Marzo 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Abril 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Mayo 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Junio 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Julio 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Agosto 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
septiembre 400,00 13,33 0,26 0,56 14,15 5,00 70,74
Octubre 400,00 13,33 0,30 0,56 14,19 5,00 70,93
Noviembre 400,00 13,33 0,30 0,56 14,19 5,00 70,93
Diciembre 400,00 13,33 0,30 0,56 14,19 5,00 70,93
0,00
año 2006 0,00
Enero 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Febrero 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Marzo 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Abril 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Mayo 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Junio 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Julio 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
Agosto 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 5,00 106,39
septiembre 600,00 20,00 0,44 0,83 21,28 7,00 148,94
Octubre 600,00 20,00 0,50 0,83 21,33 5,00 106,67
Noviembre 600,00 20,00 0,50 0,83 21,33 5,00 106,67
Diciembre 600,00 20,00 0,50 0,83 21,33 5,00 106,67
0,00
año 2007 0,00
Enero 800,00 26,67 0,67 1,11 28,44 5,00 142,22
Febrero 800,00 26,67 0,67 1,11 28,44 5,00 142,22
Marzo 800,00 26,67 0,67 1,11 28,44 5,00 142,22
Abril 800,00 26,67 0,67 1,11 28,44 5,00 142,22
TOTAL ACUMIULADO………………………………………………………………………………. 142,00 2.738,39

CONCEPTOS DIAS SALARIO BOLIVARES
ASIGNACIONES:
PRESTACION DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 142,00 2.738,39
VACACIONES 2004-2005 15,00 13,33 199,95
VACACIONES 2005-2006 16,00 20,00 320,00
VACACIONES FRACCIONADAS 2006-2007 9,92 26,67 264,48
BONO VACACIONAL 2004-2005 7,00 13,33 93,31
BONO VACACIONAL 2005-2006 8,00 20,00 160,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2006-2007 5,25 26,67 140,02
UTILIDADES FRACCIONADAS 2004 3,75 13,33 49,99
UTILIDADES 2005 15,00 13,33 199,95
UTILIDADES 2006 15,00 20,00 300,00
UTILIDADES FRACCIONADAS 2007 3,75 26,67 100,01
4.566,09
menos ADELANTO DE PRESTACIONES SOCIALES (6.809,63)
TOTAL…………… (2.243,54)



SEGUNDO: En tal sentido, se verifica en cuado demostrativo up supra, que el cálculo de prestaciones sociales da un resultado negativo, toda vez que los conceptos demandados ya fueron pagados en su oportunidad legal correspondiente y en exceso. TERCERO: La parte demandante recibe en este mismo acto y a satisfacción la suma de Bs.F. 500,00 de manos del demandado, en dinero efectivo y en moneda de curso legal, por lo cual manifiesta estar satisfecho con el presente acuerdo, y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto; además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que les unió. CUARTO: Finalmente, ambas partes solicitaron a la Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja expresa constancia, que las pruebas presentadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas.


LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTINEZ LEZAMA
LAS PARTES COMPARECIENTES:


CARLOS EDUARDO BARRETO DIAZ


YINEZKA FRANCO


GONZALO WILFREDO GARCIA GONZALEZ


FELIPE ABOUNDANEN


NELLY PALACIOS


LA SECRETARIA


ABG. NELLY MORENO