REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, catorce (14) de febrero del dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: WP11-L-2006-000410

Visto que en fecha veintidós (22) de noviembre del año dos mil siete (2007), se practicó la Medida de Embargo Ejecutivo, reservándose la parte demandante el derecho de ejecutar el monto generado por Intereses de Mora de conformidad con la cláusula Quinta de la Transacción Judicial, y recibidos como han sido los cálculos de los Intereses de Mora provenientes del Banco Central de Venezuela, este Tribunal en consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, y DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs.F. 27.450,30), que comprende el doble de la suma generada por Intereses de Mora por un monto de TRECE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (B.F. 13.725,15). En caso de embargar cantidades líquidas de dinero, el embargo será por la suma de TRECE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (B.F. 13.725,15) que comprende la suma generada por Intereses de Mora. Este Tribunal fija para el día jueves (06) de marzo del dos mil ocho (2008) a las dos (02:00 p.m) horas de la tarde, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
EL JUEZ


Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ.

LA SECRETARIA
Abg. GERALDINE GÁSPERI

Parte: Pedro Betancourt y Carlos Cotta v.s
“Aeropostal Alas de Venezuela”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios.
JGG/GG/Pablo.-
EXP. WP11-L-2006-000410