REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintisiete (27) de febrero del dos mil ocho (2008)
197° y 148°

ASUNTO No. WP11-L-2007-000314

Vista la Transacción Laboral de fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil ocho (2008), mediante la cual la parte demandada empresa SERVICIOS REHUPOCA .CA, representada por su Apoderado Judicial Abogado ANTONIO RAMOS GASPAR, por una parte y por la otra parte los ciudadanos JOSE RAMOS SALINAS, JAKSON ANTONIO MELEAN y OTROS, asistidos por el profesional del derecho CARLOS ALBERTO MORANTES, en donde declaran su total conformidad en cuanto al acuerdo, en consecuencia este tribunal lo HOMOLOGA en los términos expuestos, dándole efecto de cosa. Asimismo vista la solicitud de copias certificadas de los folios cuarenta y tres (43) al cincuenta (50), realizadas por la parte demandada, este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena expedir las mismas, así como de la diligencia y del auto que las provee. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO


LA SECRETARIA

Abg. VIANNERYS VARGAS


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. VIANNERYS VARGAS


GR/VV/Pablo.-
WP11-L-2007-000314