JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve de julio de dos mil ocho.
198º y 149°
Vista la diligencia de fecha 25 de julio de 2008, suscrita por la ciudadana RODRIGUEZ ARIAS ISABEL TERESA, asistida por la abogada LUCY CAROLINA FLOREZ DE MANTILLA, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual desiste de la presente Solicitud, en consecuencia, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda el desglose de los recaudos consignados con la solicitud, relativo a la Inspección Judicial y Justificativo de Testigos, dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Para la elaboración del fotostato se autoriza amplia y suficientemente al ciudadano GEOVANNY CASTRILLON SOLANO, titular de la cédula de identidad N° V-12.633.399. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.- Cuando el solicitante consigne las copias para su certificación, se hará el desglose acordado.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,
ABOG. JEINNYS. M CONTRERAS. P
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