En el día de hoy, lunes veintiocho de julio de dos mil ocho, siendo las 09:45 a.m. se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio ANTONIO JOSÉ MARTINEZ CASANOVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.754, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana: BLANCA NIEVES BRUN DELGADO titular de la C.I. n° V-13.351.394, é indico a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Banco Sofitasa, ubicado en la esquina de la calle 4 con séptima avenida de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada ciudadano: PABLO BARAJAS ANGARITA titular de la C.I. N° V-5.687.055, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 4.246-2005 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Se encuentra presente el ciudadano: MANUEL A. ESCALANTE, titular de la C.I. N° V-12.972.126, en su condición de Supervisor operativo de esta agencia bancaria, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para embargar ejecutivamente el saldo disponible a la cuenta corriente N° 137-005-2-1-000131938-1 perteneciente al demandado de autos, hasta cubrir el monto decretado por el Tribunal de la Causa, reservándome el derecho de seguir señalando otros bienes en caso de no cubrir el monto de la medida, es todo.” En este estado el Tribunal requiere del Notificado la información correspondiente a la cuenta antes señalada, quien una vez verificado en el sistema informa a este Tribunal que efectivamente existe una cuenta corriente signada con el N° 137-0005-2-1-000131938-1 cuyo titular es el ciudadano: PABLO BARAJAS ANGARITA, la cual posee un saldo disponible a la fecha de UN MIL QUINIENTO TRECE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS, (Bs. 1.513,60). Seguidamente, el Tribunal procede a declarar Embargada Ejecutivamente la cantidad disponible de Bs. 1.513,60, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN Jurídica conforme a lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y ordena al Notificado la emisión del Cheque de gerencia por el monto embargado a nombre del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, previa la deducción por emisión de cheque de gerencia. En este estado el Notificado hace entrega al Tribunal del cheque de gerencia signado con el N° 00117956, por la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA CÉNTIMOS, (BS. 1.498,60), el cual ordena remitir al Juzgado de la Causa junto con copia certificada de la presente acta, dejando en su lugar copia fotostática simple del mismo. Igualmente se acuerda expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma al Notificado para fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:50 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO
LA PARTE ACTORA,
ABG. ANTONIO JOSÉ MARTINEZ CASANOVA
EL NOTIFICADO,
MANUEL ESCALANTE C.
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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