REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE CONTROL
Macuto, 15 de julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-002703
ASUNTO : WP01-P-2008-002703
Vistas las actuaciones anteriores, el tribunal observa:
En audiencia oral de fecha 16 de mayo de 2008, entre otros pronunciamientos dictados, el tribunal ordenó seguir en el presente asunto, las reglas del procedimiento abreviado, al encontrar llenos los extremos de los artículos 248, 372 y numeral 1 del 373 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante, el artículo 26 del decreto contra el Acaparamiento, Especulación y Boicot, contempla para los hechos tipificados en dicho texto normativo, el procedimiento ordinario establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo procedente y ajustado a derecho dejar sin efecto el procedimiento abreviado ordenado, y en su lugar se aplicará el procedimiento ordinario conformes las reglas de los artículos 26 del referido decreto y 280 del código adjetivo penal. Así se decide.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Deja Sin Efecto la aplicación del procedimiento abreviado en el presente asunto, ordenado en la audiencia de fecha 16 de mayo de 2008; y, Segundo: Ordena seguir las reglas del procedimiento ordinario. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26 del Decreto contra el Acaparamiento, Especulación y Boicot y 280 del Código Orgánico Procesal Penal; y, Tercero: Ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los efectos de la presentación del acto conclusivo en la oportunidad legal.
Publíquese, diarícese, notifíquese y remítanse las actuaciones al Ministerio Püblico.
El Juez,
Juan Fernando Contreras
La Secretaria,
Abg. Carolina Cujabante
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Carolina Cujabante
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