REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
San Cristóbal, 16 de Julio de 2008
Visto el escrito presentado por el penado BELANDRIA SANGUINO JOSE LINDOLFO, mediante el cual solicita se renueve el permiso para no pernoctar en el Centro Penitenciario de Occidente, por motivos laborales.
Por lo anteriormente expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA., DECIDE: PRIMERO: Otorgar permiso laboral al penado BELANDRIA SANGUINO JOSE LINDOLFO, debiendo pernoctar al Centro Penitenciario de Occidente los días lunes y martes, respectivamente en virtud de la oferta laboral favorable que mantiene, el mencionado penado. El referido permiso laboral, tendrá vigencia por DOS (02) MESES, contado a partir de la fecha de su notificación. SEGUNDO: Se ordena, oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo con el fin de que se tramiten los requisitos correspondientes, para el otorgamiento del beneficio de Régimen Abierto al penado BELANDRIA SANGUINO JOSE LINDOLFO, quien ha cumplido con la 1/3 parte de la pena, tal como consta en cómputo de fecha 15 de Abril de 2008. Déjese copia, regístrese y Notifíquese.
Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERA DE EJECUCIÓN
Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
El SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Causa N° E3-1779