REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, lunes catorce (14) de Julio del 2.008

198º y 149º

AUTO QUE FIJA AUDIENCIA ORAL Y RESERVADA PARA RESOLVER PETICIÓN DE REVISIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD IMPUESTA AL JOVEN ADULTO:

IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA


En virtud de lo antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:

Primero: Fija la celebración de una audiencia oral y reservada para las 9:00 de la mañana del día MIÉRCOLES VEINTITRÉS (23) DE JULIO DEL 2.008, con la finalidad de escuchar a las partes y resolver la petición de revisión de la medida privativa de libertad impuesta al adolescente para el momento del hecho IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA, efectuada por la Defensa; de conformidad con lo previsto en los artículos 542, último aparte del artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia, con el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal

Segundo: Notifíquese a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.



ABG. DILIA ERUNDINA DAZA RAMÍREZ
JUEZA TITULAR EN FUNCION DE EJECUCIÓN


ABG. KATIA CAROLINA GONZÁLEZ CASTELLANOS
SECRETARIA (S) DE EJECUCIÓN



Cúmplase lo ordenado.

Causa Penal N° E-1.488/2.008’
DEDR.