En el día de hoy, Treinta y Uno (31) de Julio del año Dos Mil Ocho (2008) siendo las 9:00 a.m., se trasladó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en compañia de la Apoderada Judicial de la parte actora Dra. Mercedes Ponce Delgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.900 a la siguiente dirección: Primer piso o primera plantade la Quinta Doña Rosa, N° 00-06, situada en la curva Buena Vista, Barrio Canaima, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, a los fins de practicar la medida de Entrega Material a que se contrae la presente comisión decretada por el Juzgado Segundo dr Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con ocasión del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue Miguel Angel Ramirez contra Iraida Mabel Guevara que se sustancia en el expediente N° 1137-07 nomenclatura de ese Tribunal y cuya signatura de éste comisionado es C- 016/08.- Acompañan al Tribunal los ciudadanos Luis Guillermo Garcia, en su carácter de representante legal de la Depositaria Judicial "La General de Depositos Judiciales S.A", venezolsno, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.365.969, a quien se designa en éste acto como Depositario y el ciudadano Oscar Enrique Araujo Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.374.091, de profesión Ingeniero, a quien se designa en éste acto como perito, quienes estando presentes aceptaron el cargo recaido rn su personay juraron cumplirlo bien y fielmente con todas las obligaciones inherentes al mismo. Se deja constancia que el tribunal se hizo acompañar de una comisión del Destacamento de Seguridad Urbana y Orden Interno de Vargas, conformada en éste acto por los efectivos G.N Oviedo Varela Jhonny, titular de la cédula de identidad N° 16.567.381 quien la preside y el G.N. Perez Leal Omar, titular de la cédula de identidad N°17.127.187, a los fines de garantizar la integridad de los integrantes del tribunal. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora y verificado que es el mismo a que se contrae la presente comisión se procedió a dar el toque de ley siendo atendidos por el ciudadano Ricardo Enrique Abreu Gonzalez, titular de la cédula de identidad N° 6.889.216, quien dijo ser esposo de la ciudadana Iraida Mabel Guevara, titular de la cédula de identidad N° 11.059.304, parte demandada en el presente juicio a quien el tribunal le impuso de su misión. Seguidamente el notificado manifestó al Tribunal que sus biebes, ropas y enseres se los iba a llevar a casa de su vecina Maura Guaicara, titular de la cédula de identidad N° V- 3.364.755, quien habita en la casa N° 1 de la misma quinta Doña Rosa. Se deja constancia que se oficio al Defensor del Pueblo del Estado Vargas y el Consejo de Protección del Niño y del Adolescentes del Estado Vargas, según oficios números 147/08 y 148/08 respectivamente. Seguidamente el tribunal designa al ciudadano Eudes Rodriguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.064.421 como practico cerrajero a los fines de que realice el cambio de las cerraduras correspondientes, quien estando presente aceptó el cargo recaído en su persona y juró cumplirlo biel y fielmente con todas las obligaciones inherentes al mismo. Verificado seguidamente que el inmueblese encuentra libre de bienes y personas se ordena al cerrajero designado hacer el cambio de la cerradura de la puerta principal. En éste estado el cerrajero hace entrega de tres (03) llaves marca Visalock. Seguidamente el tribunal hace entrega material, real y efectiva del inmueble que a continuación se identifica: primer piso de la quinta Doña Ross, situada en la curva Buena Vista, Barrio Canaima, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas y se le hace entrega a la apoderada judicial del inmueble así como de las llaves de la parte actora, quien estando presente la recibe libre de bienes y personas. El tribunal deja constancia que el inmueble se encuentra en buenas condiciones de estructura que no tiene ningún daño y se conserva en buen estado.Cumplida como ha sido la misión se ordena el regreso a la sede siendo las 12:15 p.m.- Es todo. terminó, se leyó y conformes, firman. La Juez (Fdo) Ilegible. La Apoderada Judicial Actora (Fdo) Ilegible. El Notificado (Fdo) Ilegible. El Depositario (Fdo) Ilegible. El Perito (fdo) Ilegible. La Comisión de la Guardia Nacional (Fdo) Ilegible. El Cerrajero (Fdo) Ilegible. La Secretraria (Fdo) Ilegible. La Secretraria Accidental (Fdo) Ilegible.