REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiuno (21) de julio del año dos mil ocho (2008)
198º y 149°
ASUNTO: WP11-L-2007-000533
Visto que como consecuencia del incumplimiento del pago por parte de la demandada, en el acuerdo suscrito entre las partes, de fecha veintiséis (26) de mayo del año dos mil ocho (2008), este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA y DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL CIEN BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 39.100, 00), que comprende el doble de la suma condenada a pagar DIECISIETE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 17.000, 00), mas la suma de CINCO MIL CIEN BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 5.100, 00), correspondientes al 30% por costas, solo en caso de que se efectué la ejecución forzosa. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada a pagar VEINTIDOS MIL CIEN BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 22.100, 00), que comprende la suma condenada a pagar de DIECISIETE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 17.000, 00), mas la suma de CINCO MIL CIEN BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 5.100, 00), correspondientes al 30% por costas, solo en caso de que se efectué la ejecución forzosa. Este Tribunal fija para el día jueves veintitrés (23) de octubre del año dos mil ocho (2008) a la una y treinta (01:30 p.m.) horas de la tarde, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
EL JUEZ
Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. NELLY MORENO
Parte actora: “Freddy Javier del Olio Petruzzella”
Parte demandada: “Aeropostal Alas de Venezuela, C.A.”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios.
JGG/NM/greo.-
EXP. WP11-L-2007-000533