REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 03 julio del año 2008
198º Y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000288
PARTE ACTORA: JOSÉ ANTONIO ROMERO, titular de la cédula de identidad número V-6.469.111
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÒ
PARTE DEMANDADA: SOTEINCA INGENIERIA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DULCE NAVARRO, Inpreabogado No. 53.821
MOTIVO: DIEFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy, jueves 03 de julio del año 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la audiencia preliminar en el presente proceso, compareció a la misma la abogada DULCE NAVARRO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada. Asimismo, siendo las 10:30 a.m. se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, quien no asistió ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°
EL JUEZ,
Dr. GUSTAVO ROMERO
LA COMPARECIENTE,
ABG. DULCE NAVARRO
LA SECRETARIA
ABG. VIANNERYS VARGAS
WP11-L-2007-000288
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