En el día de hoy, jueves doce de junio de dos mil ocho, siendo las 02:30 p.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO CHINOSME NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.916, quien actúa como apoderado judicial de la parte demandante, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Avenida Ferrero Tamayo, con avenida la ULA, primera entrada a mano derecha, Galpón N° 01, detrás del centro Latino, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO DE INMUEBLE decretada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, se sigue contra la EMPRESA MERCANTIL “ZIZAZ DE OCCIDENTE, CA.”, representada por el ciudadano SIDER JULIO SABOGAL SABOGAL, en el expediente Nº 19.651, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO, placa 2560. Se encuentra presente la ciudadana ELBA SORAYA MALDONADO MORALES, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.129.065, quien manifestó ser la secretaria de la Empresa Mercantil ZIZAS DE OCCIDENTE, C.A., a quien la jueza le notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un lapso de (30) minutos para que se comunique con el representante legal de la referida compañía o su apoderado, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, y acuerda designar como Depositario Judicial, al ciudadano JAIME ANTONIO NARANJO FRANCO, titular de la cédula de Identidad N° V-3.996.039 representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta en documento poder autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 03 de Octubre de 2005, inserto bajo el N° 69, Tomo 175, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria; quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de Ley ante la Jueza. Seguidamente el Tribunal procede a designar Perito Avaluador al ciudadano LEON ALFONSO SILVA CÁRDENAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.653.667, quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de Ley correspondiente. Seguidamente, el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado a los fines de que rinda el informe correspondiente y concedido como le fue expuso: “El inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal consiste en un Galpón con cuatro oficinas, cinco baños, áreas de servicios, estacionamiento, todo construido con techo de Eternit, paredes de bloque de Alfarería, piso de cemento, cercas metálicas, electricidad a través de tubos condut, losas en baños y sanitarios, muros de contención en concreto armado. Portones metálicos, en su entrada se encuentra un portón eléctrico, en general se encuentra en buen estado de conservación y en funcionamiento. Es todo”. En este estado, el Tribunal procede a declarar SECUESTRADO el presente inmueble conforme a lo ordenado por el Tribunal de la Causa, quedando el Depositario Judicial designado, en la obligación de ejercer la supervisión periódica al mismo. No siendo más el Tribunal concluye el acto y regresa a su sede, siendo las (04:50) a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


ABG. JOSÉ GREGORIO CHINOSME NAVARRO


EL FUNCIONARIO POLICIAL,


MAIKOL YENDER CONTRERAS BUENO

LA NOTIFICADA,


ELBA ZORAYA MALDONADO MORALES

EL DEPOSITARIO JUDICIAL,

JAIME ANTONIO NARANKO FRANCO

EL PERITO AVALUADOR,
LEON ALFONSO SILVA CÁRDENAS



LA SECRETARIA,


ABG. MIRIAN CAROLINA MARTÍNEZ Q.