En horas de despacho del día de hoy, Jueves 19 de Junio de 2008, siendo las 3:00 p.m, se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de los Municipios Junin, Rafael Urdaneta y Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira frente a un inmueble ubicado en la Calle Principal del Sector La Tucarena, casa sin número, de esta localidad de Rubio, Municipio Junin del Estado Táchira, a los fines de practicar el mandamiento de ejecución comisionado, estando en compañía de la parte actora, ciudadana Cielo Nubia Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V-24.978.345, debidamente asistida en este acto por la Abogado Isabel Alejandra Parada, en su carácter de Defensor Público N° 06 de Protección al niño y al Adolescente, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.777 y titular de la cédula de identidad N° 11.493.012 y en compañía igualmente de la custodia policial conformada por 3 efectivos al mando del cabo 2do José Vivas, placa N° 014. Siendo las 03:10 p.m, solicita el derecho de palabra la parte actora antes identificada, debidamente asistida de la Defensor Público ya identificada y concedido como le fue expone: “Solicito la habilitación del tiempo que sea necesario para la ejecución de la medida, es todo”. Visto lo solicitado se acuerda de conformidad, a tal efecto habilítese todo el tiempo que sea necesario para la práctica de la medida comisionada. Seguidamente se procedieron a hacer los toques de Ley, compareciendo una persona que se identificó con su cédula de identidad como Ender Enrique Pérez, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.106.871, quien manifestó ser la parte demandada, procediendo este Tribunal a notificarle la misión y objeto del Tribunal dándole lectura íntegra de la comisión. En este Estado se exhorta a las partes a que lleguen a un acuerdo que los beneficie a ambos. La parte demandada, ciudadano Ender Pérez, notificado en esta acta, presenta para vista y devolución del Tribunal dos copias de depósitos bancarios N° 1188, 0491 y 26912755 en la entidad bancaria Banfoandes, banco universal, en beneficio de la ciudadana Cielo Nubia Rodríguez, titular de la cuenta N° 0007-0045260010145433, de fechas 06 de Mayo de 2008 y 06 de Junio de 2008, respectivamente, ambos por la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs. F 200,00). En este estado solicita el derecho de palabra el ciudadano Ender Pérez, parte demandada, debidamente asistido en este acto por la abogado Ledy Esperanza Quintero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.228 y concedido como le fue expone: “Ofrezco para pagar lo adeudado, es decir; la cantidad de Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho Bolívares Fuertes (Bs.F.5.848,20) con Veinte Céntimos, en un lapso de 60 días continuos a partir de la presente fecha e igualmente me comprometo a seguir cancelando la suma de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.F.200,00) como pensión de alimentos para mis hijos. Igualmente me comprometo a que si en le plazo estipulado no logró conseguir el dinero con la venta del inmueble sobre el cual estamos constituidos, me comprometo a cancelar la deuda con la venta del 50% que me corresponde sobre el bien inmueble donde estamos constituidos a la ciudadana Jennifer Esperanza Pérez Rodríguez, en su carácter de hija nuestra al igual que a los otros hijos nuestros, es todo”. Solicita el derecho de palabra la parte actora Cielo Nubia Rodríguez, asistida de la Defensor Pública N° 06 ya identificada y concedido como le fue expone: “Acepto el ofrecimiento hecho por la parte demandada en los términos antes expuestos, todo en beneficio interés de mi hijos; así mismo solicito copia certificada de la presente acta, es todo”. Visto el acuerdo en que llegaron las partes, este Tribunal se abstiene de ejecutar la medida comisionada, para lo cual se autoriza al ciudadano José Dario Camargo, Alguacil titular de este Tribunal, para la respectiva ejecución de las mismas previa cancelación de los fotostatos por la solicitante. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena que por secretaría se dé lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se dé por terminada y firmada por los presentes. Cumplida y leída como ha sido el acta, no hubo observaciones, se terminó y se procede a firmar por los presentes y siendo las 04:45 p.m se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva EL JUEZ (FDO. ILEGIBLE) ABG. JOSE VALENTIN TORRES RAMIREZ (HAY SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL). LA PARTE ACTORA (FDO. LEGIBLE) CIELO NUBIA RODRIGUEZ. LA DEFENSOR PUBLICO N° 6 DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (FDO. ILEGIBLE) ABG. ISABEL PARADA. LA PARTE DEMANDADA (FDO. ILEGIBLE) ENDER ENRIQUE PEREZ. LA ABOGADO ASISTENTE (FDO. ILEGIBLE) LEDY QUINTERO. LA CUSTODIA POLICIAL (FDO. ILEGIBLES) JOSE VIVAS. LA SECRETARIA (FDO. ILEGIBLE) ABG. DAYANA MARITZA RIVAS HIDALGO.
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