REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Control del Estado Vargas
Macuto, 20 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-002733
ASUNTO : WP01-P-2008-002733


Vista la solicitud presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante el cual solicitó prorroga, por un lapso de QUINCE (15) días, de conformidad con lo establecido en el 5º aparte del artículo 250 del Código Adjetivo Penal, para así dar cumplimiento a la presentación del acto conclusivo en la presente causa, a tal efecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
En fecha 11 de junio de 2008, la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, solicitó prorroga, en virtud del cúmulo de diligencias de diligencias que se han practicado de las cuales faltan muchas por evacuar, entre ellas los resultados de las experticias de entre otras cosas, siendo fijada dicha audiencia para el día 18 de junio de 2008, a las 11:30 horas de la mañana, siendo diferida la misma por cuanto no compareció el imputado de autos.
En fecha 19-06-2008, se celebró la audiencia de prorroga, estando presentes la defensa pública, DRA. BEATRIZ MONGE, el imputado de autos, e igualmente la Fiscalía Primera en sustitución de la Fiscalía Cuarta, a quienes se les concedió la palabra y el Tribunal otorgó prorroga por un lapso de quince (15) días, contados a partir del vencimiento de los (30) treinta días de vencimiento de la acusación, ello con el objeto de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente que estime pertinente en la presente causa, el cual será en fecha 19-06-2008.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, en el sentido de acordar prorroga por un lapso de quince (15) días, contados a partir del vencimiento de los (30) treinta días de la acusación, ello con el objeto de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente que estime pertinente en la presente causa, el cual será en fecha 19-06-2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal
Publíquese, regístrese, déjese copia
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL

DRA. MARIA ESTHER ROA

LA SECRETARIA

ABG. YUMAIRA REQUENA

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA

ABG. YUMAIRA REQUENA