REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Juicio del Estado Vargas
Macuto, 27 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2002-000164
ASUNTO : WK01-P-2002-000164

SENTENCIA ABSOLUTORIA

JUEZ: Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO

FISCAL: DR. JOSE ANTONIO LOPEZ y DR. MARCOS ALVARADO.

DEFENSA: DRA. INGRID LORENZO y DRA. MARIA MUDARRA.

ACUSADOS: PAUL MAXLUI CAVALIERI y MARIO ENRIQUE MAYORA UZCATEGUI.

SECRETARIO: AB. ALEJANDRO MILLAN.


Este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal, mediante las atribuciones establecidas en la Ley y conforme a lo dispuesto en los artículos 364, 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a dictar sentencia en la causa seguida a los ciudadanos PAUL MAXLUI CAVALIERI y MARIO ENRIQUE MAYORA UZCATEGUI, en los siguientes términos:

I

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
OBJETOS DE JUICIO

En la audiencia oral iniciada por este Juzgado, el 18 de febrero de 2008, el abogado JOSE ANTONIO LOPEZ en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, acusó de conformidad con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos PAUL MAXLUI CAVALIERI y MARIO ENRIQUE MAYORA UZCATEGUI, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 hoy 31 de Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Los hechos referidos en la acusación fiscal se basan en que en el local denominado Pañol de Municiones ubicado en el Parque de Armas de la estación principal de Guardacosta “La Guaira”, se encontraban en resguardo Mil Quinientos (1500) envoltorios de la presunta droga denominada cocaína, contenidas en sesenta (60) sacos, y que al momento de hacer el inventario en virtud del cambio de Comandante, pudieron detectar que en el prenombrado Pañol de Municiones, solo se encontraban 35 sacos.

LA DEFENSA del ciudadano MARIO ENRIQUE MAYORA UZCATEGUI, DRA. MARIA MUDARRA señalo entre otras cosas lo siguiente “Ciudadana Juez esta defensa lograra desvirtuar todos y cada uno de los hechos imputados a mi representado en relación a los hechos suscitados en la estación principal de Guardacostas “La Guaira” específicamente en el local Pañol de la Guaira, en la cual se le imputa a mi representado el delito de Transporte ilícito de sustancia de estupefacientes y psicotrópicas contemplados en el artículo 31 de la ley orgánica de estupefacientes y psicotrópicas, asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal solicito a este tribunal se realice una inspección ocular en el Pañol de Municiones en la estación principal de guardacostas de la guaira, a los fines de ilustrar a este juzgado el lugar donde se encontraban los presuntos sacos de la presunta droga.

LA DEFENSA del ciudadano PAUL MAXLUI CAVALIERI REMUND, DRA. INGRID LORENZO entre otras cosas expuso: “Ciudadana Juez el Fiscal del Ministerio Publico ratifico en cada una de sus partes la acusación en contra de mi defendido, acusándolo por la presunta comisión del delito de transporte de ilícito de sustancias de estupefacientes y psicotrópicas, ahora bien ciudadana juez, quedara demostrado en el transcurso de este debata de juicio oral y público que mi defendido no tuvo participación alguna en los hechos que hoy se le acusa y aun así lo mantiene privado de su libertad que al día de hoy son cinco (05) años y dos (02) meses, y no podrá demostrar con sus testigos de la participación de mi representado, igualmente así como lo solicito mi compañera la defensora publica Dra. Maria Mudarra, solicito se practique una inspección ocular a los fines de demostrar que mi defendido no tuvo participación alguna en el hecho que hoy nos ocupa.

II
HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMO ACREDITADOS

Este Tribunal, luego de oír y apreciar todas y cada una de las pruebas traídas al juicio por las partes, considera comprobados los siguientes hechos:

Que en el lugar denominado PAÑOL DE MUNICIONES ubicado en el Parque de Armas de la Estación Principal de Guardacostas “La Guaira”, se encontraba depositada en calidad de resguardo una cantidad de sustancias estupefacientes y psicotrópicas que fueron decomisadas en varios procedimientos realizados con la colaboración de la Armada Venezolana en Alta Mar; Que supuestamente se trataba de 1500 envoltorios los cuales se encontraban en 60 sacos, según el dicho de la Fiscalía ya que no FUE promovida prueba alguna (experticia) que así lo certificara; Que dicha sustancia fue depositada en ese lugar por ser presuntamente el lugar mas seguro de la estación; Que el Comandante de la Estación designo un Custodio de esa Sustancia, el cual era junto con el los únicos que tenían las llaves del lugar denominado pañol de municiones; Que en por lo menos una oportunidad el Teniente Ferrer Molleja quien fungía de CUSTODIO de la sustancia hizo una inspección a la sustancia en resguardo y cambio los precintos de seguridad; Que en la oportunidad que se iba a realizar el cambio de Comandantes se abrió el denominado Pañol de Municiones en presencia del Comandante Entrante, del Comandante Saliente, así como del Custodio de la sustancia y del que iba a sustituirlo en la misión, y se descubrió que supuestamente habían sustraído una gran cantidad de la presunta sustancia en resguardo, quedando apenas 35 sacos de la misma, iniciándose en consecuencia la correspondiente investigación; Que nunca se detecto alguna irregularidad o novedad con los precintos de seguridad ubicados en la puerta del lugar denominado Pañol de Municiones; Que ninguno de los testigos promovidos por la Fiscalía manifestó haber visto o tener conocimiento que los ciudadanos PAUL CAVALIERI Y MARIO MAYORA hayan sustraído o que hayan sido custodio de la sustancia que se encontraba en resguardo en el local denominado Pañol de Municiones; Que el lugar de los hechos fue contaminado, es decir, no se preservo el mismo y no se siguieron los procedimientos indicados.

III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Los hechos antes narrados quedaron plenamente acreditados en el juicio oral con los siguientes medios probatorios:

Con la declaración del ciudadano CAPITAN DE NAVIO MORALES LUIS ALBERTO, titular de la cédula de identidad N° 6.008.044, de profesión u oficio Capotan de Navío Domiciliado en Catia la Mar Estado Vargas, de estado civil Casado, con un tiempo de servicio de 27 años y 8 meses en las Fuerzas Armadas, edad 48 años, quien fue impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Para el momento que nos percatamos de los hechos, me encontraba entregando el cargo, de comandante de la estación de Guardacostas de la Guaira, estábamos reunidos con el comandante saliente, hicimos unas actividades para levantar un acta de entrega en referencia con el armamento de la unidad y los elementos probatorios que se encontraban en custodia, al irrumpir los precintos de seguridad y entramos, nos percatamos que había un faltante, inmediatamente se le informa al ministerio público, el mismo comisiona a la Guardia nacional, para que hiciera toda la parte de investigación específicamente, todos entramos en especie de cuarentena, todos estábamos a disposición de las autoridades a los fines de colaborar con la investigación pertinente y determinar quienes habían estado involucrado y como se había realizado la sustracción del material, ese material era fruto de dos actividades de detención que se había realizado en la mar realizada por nosotros en expedientes promovidos por nosotros, y desde que se hizo el ingreso de ese materia al Pañol, quedo en acta que el sitio no era idóneo para eso, aun cuando tenemos las armas, teníamos muchas área descubiertas, con autorización con mi comandante le solicite tanto a los jueces como al fiscal que llevara el caso de manera escrita como consta en el expediente, que ese lugar no era el más idóneo, no hubo un pronunciamiento en su oportunidad para que se destruyera ese material, sin ningún pronunciamiento, solicitando se que dejara solo una parte del material, se solito en reiteradas oportunidades y no fue, sino después de lo que sucedió que ordenaron la cremación de dicho material, como a las dos semanas después de lo que paso, es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO Dr. ANTONIO FINUCCI, Respondió lo siguiente: 1.- ¿Usted sabe de qué cantidad se hablaba? Respondió: Mil, no recuerdo no sabía decirle lo que se sustrajo eran como 714. 2.-. ¿Dónde estaba su ubicación? Respondió: estaba en el Pañol de armas de la unidad estaba expuesto a la gente con un sistema de alarma de detención de intruso, la única puerta que tenia, no tenia ventanas también si trataban de taladrar, se activaba la alarma, para efecto de la inspección el oficial de guardia tenía unos segundos para abrir y desactivar la alarma porque tenía que entrar a supervisar la parte del armamento estaba en un lado la aparte probatoria, se encontraba en otro lugar, otra puerta metálica dentro del mismo local tenía dos puertas la principal y la otra puerta. 3.- ¿puede indicar si en esta sala se encuentra la persona responsables de esa área, Respondió, No, explico en primera instancia, el local forma parte de toda la unidad, la llave del local, se entregaba al oficial jefe de la guardia eran un grupo de oficiales subalterno que ejercía esa función era como 6 a 8 oficiales que tenían acceso a una parte del local en la parte probatoria había un oficial que por acta era el responsable de la puerta mecánica hacia dentro y no podía tener contacto con ese material y que mantuviera la custodia de la llave y evitara cualquier contacto con tercero con ese material a los fines que de no se contaminara el material o que pudiera pensar que había fácil acceso, Tinedo era uno Cavalieri era otro, teniente Ferrer Molleja era otro eran 6 0 7 oficiales sino mas, los cuales tenían diariamente la custodia y se rotaban la responsabilidad de las llaves de las armas. No las del local de custodia, el custodia era el teniente de novio Ferrer Molleja. 4.-: ¿Usted tiene un control de las llaves que le tocan a cada uno de ellos Respondió; Claro eso está en la unidad y el registro diario como abrí, cerré, verifique, en el otro local no era viable, era solo verificar los sellos. Lo que sellaba las puertas, no se podía abrir. 5.- Cuando usted llego al local Como se dieron cuenta, como se percataron que faltaba material?. Respondió. Teníamos que romper los sellos y abrir la puerta, el comandante que recibe, no va a recibir sino cuenta arma por arma, munición por munición y en este caso también tenía que contar el material probatorio. 6.- ¿usted hace un chequeo rutinario, diario?. Respondió: Si solo de los sellos diariamente cuando pasaba revista no tenían problemas. 7.- ¿Usted conoce a las personas que se encuentran aquí? Respondió Si, el Teniente de Fragata Cavalieri se encontraba como comandante de una embarcación que estaba a la orden de la estación y mayora formaba parte del servicio militar, era policía naval. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO defensora del ciudadano CAVALIERI, Respondió lo siguiente: 1.- Puede usted indicar la fecha de la inspección realizada en el Pañol de Municiones?, Respondió: No pero fue en el mes de agosto, exactamente no recuerdo. 2.- Se percatan del faltante porque?. Respondió: Porque había un cambio de mando en la unidad. 3.- Sus funciones como jefe de la unidad en qué consistía?. Respondió: Son diversas, tiene que ver con ejercer el mando de todo el personal que está ahí y Cumplir las funciones que existen en la unidad de Guardacostas. 4.- Quien era el responsable de la Unidad?. Respondió: Yo. 5.- Usted podía explicarle al tribunal el nombre exacto del responsable del local donde se encontraba el material?. Respondido: El Teniente de Fragata Ferrer Molleja, se designo el día que ingreso el material al local yo lo designe y junto con el segundo comándate que hizo el acta y el Fiscal del Ministerio Publico que estuvo presente en la colocación de ese material en el local, lo designe yo con oficiales de mi unidad. 6.- Al momento que se percata del faltante quien era el custodio de ese material?. Respondió: Al momento que ingresa el material no recuerdo en qué fecha no recuerdo, hay hechos distintos no recuerdo la fecha, una vez que ocurre el hecho se ingreso el material, si el hecho ocurrió en el 2001, el cierre de ese local ocurrió, en el 2000. 7.- ¿Durante este tiempo El Teniente Ferrer Molleja siempre fue el custodio de ese local y de la llave.?. Respondió: SI. De la Llave, Ese local tiene seguridades tiene Puerta Metálica, Cerradura y un sello, son diferentes sellos de la unidad, un sello en tirro con marca con un sello de la unidad que se guardaba era un sello oficial de la unidad, una alarma era el local más seguro que tenia la unidad, mas la custodia de las armas, en ningún momento hubo perdida de armamento ni antes ni después. 8. ¿Ese tirro que tenia la puerta, tenía una firma de alguien?. Respondió: Si de Ferrer del Custodia, en cada una de los sellos. 9.- ¿Usted puede indicar al tribunal para la fecha que se detecto el faltante el nombre del de la lancha que comandaba el teniente cavalieri?. Respondió: No tengo el nombre era en una lancha de guardacostas adscrita a la unidad. 10.-¿puede indicar al tribunal quien tenía las llaves de acceso?. Respondió: El Teniente Ferrer Molleja, 11.-¿Cuantos juegos de llaves habían?. Respondió: Uno solo. 12.- ¿Esas llaves en algún momento se perdieron?. Respondió: No se perdieron. 13- Usted manifestó que desde el mismo momento que ingresan las sustancias usted notifico al tribunal que este local no era idóneo para guardar esa sustancia?. Respondió: La unidad como tal, no era idóneo porque no tenía un local de evidencias como si lo tienen otros componentes que son especializados, si era una unidad expuesta porque se realizan mucha actividad directa al publico estos entraban, salían etc. El 80 por ciento estaba abierta al mar, lo que tenemos en un muro perimetral, trabajamos con pescadores, con comunidad, trabajamos con una serie de elementos, consideramos y esos fueron los elementos que se esgrimieron, que no era la unidad idónea, el hecho de la cantidad de material que estaba ahí era de elemento que a mi juicio que podía generar la posibilidad que los propietarios quisieran recuperarlos por la fuerza poniendo en el riesgo mi tripulación. 14.- ¿Usted realizo otra actividad de seguridad con respecto al material que ahí se encontraba?. Respondió: Cada vez que cambiaban al tribunal al fiscal o a cualquiera de las partes le hicimos un seguimiento, no se hizo ni una sola inspección ni, verificación ni pruebas, a ese material, de manera más sólida tenemos argumentos suficientes para solicitar que ese material saliera de la unidad, porque de todas maneras era un riesgo para todas las personas que estábamos ahí y en nombre de la institución que podía ser afectada por una acción hamponil que quisieran sustraer por la fuerza, tomando en cuenta el monto que pudiera equivaler el material que estaba ahí. 15.- Indique al tribunal si habían ingresado signos de violencias en el local donde se encontraba la sustancia?. Respondió: No habían signos de violencia, solo había manipulación, material abierto, otros que estaban en el piso y faltaban sacos. 16.-¿Eso se detecto cuando?. Respondió: Cuando ingresamos. 17.- ¿Desde cuándo no entraba en ese local? Respondió: desde que ingreso el material.¿ El responsable de custodiar el material tampoco podía entrar?. Respondió: Tampoco podía ingresar, para ingresar teníamos que levantar un acta. 18.- ¿Tiene conocimiento de donde puede ser ubicado el teniente Molleja? Respondió: No se cual es su situación pero tengo conocimiento que se evadió hace más de un año el año pasado, el deserto. 19.- ¿Puede indicarle al tribunal una vez que detecta el faltante que actividad realizan?. Respondió: Se apertura el caso, se notifico a la fiscalía se presentaron los fiscales y no se ingreso hasta que llego la guardia nacional se hizo la prueba, a todo el material que estaba ahí, comprobándose que era efectivamente cocaína. 20.- ¿Que tiempo tardo la guardia nacional quien fue designado por la fiscalía para que aperturara la investigación?. Respondió: Ese mismo día, se cerró el local externo no pudimos sacar más armamento, luego llego la guardia a hacer el levantamiento y recolecto las huellas, no tengo idea si recolectaron huellas, SI estaban los precintos firmados por el capitán molleja. 21.-¿Esa situación que los precintos estaban firmado por el Capitán molleja hacía presumir que todo estaba correcto?. Respondió: Si, cierto. 22.-¿En algún momento el Teniente Cavalieri fue custodio del lugar donde se encontraba la Droga?. Respondió: No. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSORA PÚBLICA DRA. MARIA MUDARRA, quien ejerce la defensa del ciudadano, MAYORA. Respondió: 1- ¿La única persona encargada era Ferrer Molleja?. Respondió: No eso no fue lo que yo dije, Yo le dije que el local donde se guarda el material probatorio era el custodio el Teniente Ferrer, pero para poder ingresar tenía que entrar por el pañol, solo el teniente Ferrer podía entrar a donde estaba el material. Del local donde estaba el material probatorio la llave la tenia el Teniente Molleja. 2.- ¿Que cargo tenia para el 30-08-2002, para ese momento: Respondió: Comandante de la Unidad. 3.-¿Usted como comandante tenía conocimiento de toda la embarcación de guardacostas, de la estación principal de guardacostas la guaira, nos podía decir quien estaba en la puerta de acceso para ese entonces?. Respondió: No podía decirle, aparte de los oficiales que tenían las llaves, teníamos una guardia que era una unidad tropa que vigilaban que las personas no ingresaran al local a hacer cosas distintas y verificar las instrucciones de abrir la puerta al muchacho que estaba en custodia del Pañol, contaban las novedades, salían y cerraban y realizaba su guardia las 24 horas, no había ingreso ni egreso solo en la parte de armas, estaba sellado en los bordes para detectar que las puestas estaban abierta, ellos estaban a la orden de la unidad estaba prestando servicio para ese entonces, no podía decir que esta el día que ocurrieron los hechos lo que si se decir es que estaba activo para el día que sucedieron los hechos, no sé qué día ocurrieron los hechos específicamente no sé cuando sucedieron los hechos no sé cuando fue extraído ese material, no puedo asegurar en qué momento ocurrió, solo sé que eso faltaba, trate de explicar lo que faltaba, ningún tribunal que llevaba el caso , jamás fue a realizar ninguna inspección, si hubieren ido hubiéramos ido un grupo de oficiales y hiciéramos levantado un acta, y se hubiera verificado lo que había ahí, como ha ocurrido en otras oportunidades que cuando se va a ser la prueba resulta ser otra cosa de lo que estaba ahí, había un custodio en la parte externa, el único local que cuenta con alarma dentro de la unidad detención de intruso y movimiento es ese no hay otro, lo máximo en seguridad que yo tenía era ese, era como que si mostrara una caja fuerte, hice lo que podía, para poder ingresar era la persona que tenía el acceso directo. Respondió: Yo no seria tan taxativo los hechos nos han demostrado otra cosa, si yo tengo la llave, externa tengo la posibilidad de abrir unos de los elementos de seguridad, si la persona que estaba en custodia yo lo podía manipular o darle indicación de los que fuera, pudiera facilitar las cosas como para hacer cualquier cuestión adicional, hicimos todo lo que teníamos en nuestro alcance, para evitar que eso ocurriera establecimos que esa unidad no era idónea, ya había una sentencia del TSJ, que se eliminara y se dejara una prueba de ese material por la cuantía, sacamos copia de esa sentencia la llevamos a todas las instancias, a la Fiscalía a los tribunales para deshacernos de este material.- Usted como comandante no podía levanta un acta en compañía de otros oficiales de la existencia de la droga? Respondió: No una de las recomendaciones fue evitar la manipulación del material el tener acceso el ingresar rompía con todas las custodias del material por eso se designo a una persona para quien no contaminará el material, el no podía abrirlo tampoco, no estaba autorizado para eso, podía hacerlo si yo lo autorizaba, y fuéramos todos y todos los demás como elementos de testigos tales como verificar, mirar, contar, cualquier justificación que lo ameritara, no había ninguna justificación si los tribunales competentes no lo solicitaban nosotros no teníamos por que entrar, nosotros éramos quienes custodiábamos ese material, no había autorización para cambiar precintos de seguridad, ellos no se quedaban en la puerta, cada oficial de guardia pasaban revistas y lo asentaban”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL TRIBUNAL, respondió: Había algo mas dentro del local?. No única y exclusivamente ese material, ese pañol tenia alarma de incendio, el mejor local dentro de nuestra posibilidad era ese, no había ventanas, ni aire, ni puerta, ni aire acondicionado. Los oficiales que le correspondía hacer la guardia, tenían la obligación de verificar los precintos?, Si eso está en el libro, asentado nadie reporto nada eso fue visitado por el comandante general por el inspector general de la armada, porque la condición era la de no contaminar ese material , nosotros éramos solo custodio. Que paso con la persona que estaba encargada de la responsabilidad de resguardar esta puerta y todo lo que estaba adentro, era la única persona, era la única llave, era la que firmaba el precinto de seguridad que paso con esa persona al momento que ocurrieron las hechos. Respondió el siempre tenía sus llaves, el manifestó que nunca se le había extraviado las llaves nunca se le extravió. Usted como responsable, que hizo con ese caballero?, Comenzó esa investigación y no arrojo ninguna responsabilidad con esa persona con respecto a las llaves entiendo que la investigación ni siquiera fue responsable de las llaves puede buscar un cerrajero y sacar un duplicado de las llaves, esta persona puede ser la misma, persona, el tenia la oportunidad de tener las dos llaves. Usted dice que el precinto nunca fue violentado, hicieron alguna prueba grafo técnica?. No ellos se llevaron todos los precintos, tomaron las huellas de las puertas, nosotros abrimos y ellos descartaron las huellas más recientes, una cosa es que haya ingresado y otro es que haya tocado la aspectos importantes. Que fiscalía esta conocimiento?, No se la segunda pero creo que la novena. Como responsables fueron tres, uno de ellos falleció también era policía naval, fue muerto cerca de su casa, Guillen. Sabe porque fueron señalados ellos, alguna prueba en especifico?. Respondió: No lo sé, no me daban información porque yo también era investigado, para que se determinara lo ocurrido, el día especifico, caeríamos en comentarios, yo pienso que se aprovecho un momento que estábamos haciendo actividades, pudo haber sido el día de la armada el 24-07- tuvimos una actividad interactuábamos con la comunidad en higuerote y se quedaban los que estaban de servicio, había menos supervisión, no hubo reporte. Útil y pertinente por cuanto queda claramente establecido el momento en que se percatan del supuesto faltante de la sustancia, quien era el responsable o custodio de la sustancia y quien lo designo, así como que según su declaración existía una SOLA LLAVE del PAÑOL DE MUNICIONES, la cual nunca se extravió y que según su propia declaración nunca se reporto nada extraño en los precintos de seguridad ni ninguna novedad al respecto.

La declaración del ciudadano TINEO DUGARTE DAVID JOSE, titular de la cédula de identidad N° 13.114.647, de 30 años d edad, domiciliado en Caracas, fecha de nacimiento 22 de Agosto de 1977, ocupación Jefe de Operaciones de Logística a quien se le impuso del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “ Estaba de Guardia el día que hubo un cambio de comandante de la estación se procedió a contar la droga que esta en el sitio, yo estaba de guardia tenia la llave de la primera puerta de la entrada del parque de armas, yo estaba de guardia y mandaron a abrí la puerta, la otra persona que era el custodio que era el teniente Ferrer, yo me quede en la parte de afuera del parque, dijeron que faltaba una cantidad de droga, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, DR. ANTONIO FINUCCI: respondió: ¿Usted era el encargado de la llave del parque de arma, el pañol de municiones?. Respondió: Es otra parte, es un cuarto completo dividido, donde estaba pañol yo no tenía la llave. ¿Paso un tipo de novedad?. Respondió: No todo normal, abrimos, vinieron los que tenían las llaves. ¿Todo estaba normal?. Respondió: La persona que esta de guardia es la que tiene la llave, pero todos los días hay una persona diferente, yo tenia guardia cada 6 o 9 días hay personas diferentes, todos los días, cuando sucedió eso, se abrió una capeta y se anoto lo que sucedió, llamaron a la guardia, a inteligencia militar, si, yo estoy de guardia, se estaba haciendo el cambio de, ese día se iban a contar la droga es casualidad que yo estaba de guardia, son varias llaves entre esas esta esa. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRUBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “Si, no llegue a ingresar, no tengo conocimiento, en una oportunidad contaban la droga con el comandante decirle exactamente no recuerdo, no sabia la broma, porque decían que no era conveniente abrirlo en tiempo cercano, sino cada seis meses, el Comandante Morales y el Teniente Ferrer si lo habían abierto para contar la droga y pasar revista, la revista la pasaba el Comandante Morales y el capital Ferrer, pero ese día entro el comandante el Morales, Ferrer, yo nunca estuve ahí cuando lo abrieron anteriormente, si ese día que lo iban a contar, pero anteriormente no se, estaba el custodio el comandante y otro designado por el comandante, el custodio era Francisco Ferrer, el comandante Morales, las medidas de seguridad que esa puerta tenia, era una cerradura y un precinto normal, para entrar tenía que tener la llave de paso eran dos llaves, la tenia el jefe de guardia, tenia una alarma que funcionaba, cuando se entraba al parque sonaba pero no siempre regularmente funcionaba, la llave la tenia el jefe Teniente Ferrer Molleja, no tengo conocimiento, el precinto tenia algo que lo distinguiera, era normal, verificábamos que la puesta estuviera cerrada, siempre se veía el teipe, no había gran cosa que verificar, ese teipe no tenia nada, ni sello, mi cargo era jefe de inspecciones a buque, tengo entendido que el teniente Ferrer Molleja deserto desde el año pasado, tenían libros de novedades, el libro diario de guardia, donde se asentaban todo lo del parque, anotábamos las novedades solo la del parque y lo del armamento, contábamos el armamento, sabes si se llego a registrar algún libro donde se violentaron las puerta, nunca vi, nunca se llego a registrar nada de eso, yo me encontraba en la entrada, procedimiento para entregar y recibir la guardia, el que recibía y entregaba, firmábamos unos libros, contábamos la cantidad de armas y accesorio, era un libro diario y firmábamos los dos. Vio si el teniente cavalieri saco alguna bolsa?, Respondió: No, el se encontraba haciendo curso de postgrado en la armada. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. MARIA MUDARRA. Respondió: “Mi cargo actual es jefe del departamento de inspecciones, la persona que tenia las llaves era el teniente Ferrer Molleja, y el capitán de navío Edgar Marques Bolívar, el único que tenía acceso al lugar era Ferrer Molleja, en cualquier momento se podía tener las llaves, no podía saber específicamente que se entregara las llaves, no recuerdo si se había hecho inspección de la droga pero ese día si, no vi. La droga, a menos que el comandante mandara a realizar alguna revista, yo nunca hice ninguna, Mario Mayora no estaba de servicio, no recuerdo, cuando estaba de guardia veía la puerta dos veces al día, al momento que se detecta el faltante de la droga, se llama al comandante y se comienza la investigación, con el teniente Ferrer, el comandante Morales Rodríguez, ese mismo día en la tarde llegan las personas que realizan la inspección. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL TRIBUNAL. Respondió: “ Esta seguro que los precintos de seguridades no tenían sellos?. Respondió: Eso hace tanto tiempo, se que tenía un teipe, si el precinto de seguridad es un teipe si. Útil y pertinente por cuanto se deja constancia que existían dos llaves del pañol de municiones o sitio donde se resguardaba la sustancia incautada y que el Comandante Morales y el Teniente Ferrer abrieron dicho lugar para (según el dicho del testigo) contar la droga y pasar revista.

Con la declaración del ciudadano EDYMMEL ALEJANDRO PEREZ FERMIN, titular de la cédula de identidad N° 10.361.641, de profesión u oficio Jefes de Bienes muebles en las Fuerzas Armadas. Siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Yo trabajaba como Guardacostas en la armada, trabajaba con el Teniente Cavalieri y el cabo Mayora, recuerdo que se hizo un procedimiento de droga, un día se descubrió que faltaba parte de la droga, a todos nos interrogaron, nos mandaron a hacer unos informes, lo hicimos y nos llevaron a declarar al Comando Antidrogas de la Guardia Nacional, eso hace mucho tiempo, es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO Dr. JOSE ANTONIO LOPEZ, Respondió: ¿Rango que tiene actualmente?. Respondió: Sargento Mayor de Tercera. Segunda Pregunta. ¿Tiempo de servicio de ubicación donde ocurrieron los hechos específicamente en el pañol de guardacostas de la guaira?. Respondió: Ingrese en el año 2000 en enero, hasta el 2006 o 2007, no recuerdo bien la fecha. Tercera Pregunta: ¿Tenía conocimiento que en el parque específicamente en el Pañol de municiones se encontraba una droga y que tipo de sustancia era?. Respondió. Si, sabía que se encontraba una droga ahí, pero no sabía que tipo de droga era, supuestamente era cocaína. Quinta Pregunta: Sabía usted donde se encontraba esa sustancia?. Respondió: En el pañol de municiones dentro del parque. Sexta pregunta: ¿ Puede decirle a este tribunal la ubicación del parque de municiones?. Respondió: Si, el parque de armas es donde se encuentran las armas guardadas utilizadas por los militares, esta queda hacia el muelle y el mar, por un lado esta el paso y concurrencia del personal y el jardín y por el otro lado con el parque de formación y la oficina de seguridad. Séptima Pregunta: ¿Recuerda usted a Héctor Padrón Alcalá? Respondió: No lo recuerdo. Octava Pregunta: Tuvo conocimiento de irregularidades dentro del pañol de municiones o dentro del parque donde se encontraba la sustancia. Respondió: Una vez estábamos haciendo guardia y vi una sombra dentro del parque e informe a mis superiores en esa oportunidad, no recuerdo quien era mi superior en ese momento, pero pase la novedad al jefe de guardia, me recuerdo que me quede escondido con uno de la tropa para saber si entraba o salía alguien, Novena Pregunta: Vio usted algún vehiculo cerca del parque o del pañol de municiones?. Respondió: Siempre entraban y salían vehiculo era normal. Décima Pregunta. En alguna oportunidad fue citado por el comando antidroga?. Respondió: Si, cuando se descubrió que faltaba la droga, nos llamaron. Décima Primera Pregunta: Recuerda si se le practico inspección o revista al lugar donde se encontraba la sustancia?. Respondió: No se, solo verificábamos y contábamos donde se encontraban las armas, y eso lo hacia cuando estaba de guardia. Décima Segunda Pregunta. Se le solicito en alguna oportunidad que se le colocara un embalaje de color marrón o cinta adhesiva?. Respondió: No en ningún momento. Décima Tercera Pregunta: Quien se encontraba en resguardo del pañol de municiones?. Respondió: El Jefe de operaciones. Décima Cuarta Pregunta: El jefe de operaciones como se llamaba Ferrer Molleja?. Respondió: Afirmativo, el Teniente de Navío Ferrer Molleja era el encargado del parque. Décima Quinta Pregunta: Ustedes a que le denominan el parque, porque nosotros los civiles tenemos otro concepto de lo que es un parque, podría decir a este tribunal en que consiste el parque?. Respondió: El Parque de Arma es donde se encuentran guardados el armamento y dentro de este parque se encuentran las municiones. Décima Sexta Pregunta: Este parque cuenta con medidas de seguridad?. Respondió: Si este tenía para ese entonces, una alarma, tiene dos puertas y un candado en la puerta principal del parque. Décima Tercera Pregunta: Dentro de ese parque existían medidas de seguridad?. Respondió: Tenía cerraduras y candados. Décima Cuarta Pregunta: Tenía usted conocimiento de quienes tenían las llaves principales?. Respondió: Los oficiales jefes de la guardia. Décima Quinta Pregunta: Como eran esas medidas de seguridad eran seguras?. Respondió: A veces se activaba la alarma, porque tenía un tiempo para desactivarla y cuando no se realizaba en el tiempo respectivo se activaba. Décima Sexta Pregunta: Cuantas llaves existían?. Respondió: No se cuantas llaves eran, se que la llave del parque la tenia el jefe de la guardia y el jefe de operaciones. Décima Octava Pregunta: Vio alguna persona montarse en algún vehiculo?. Respondió: Era normal ver a las personas montarse en sus vehículos, lo que si puedo decir que yo vi una sombra dentro del parque, eso fue como a las 2 de la mañana yo estaba despierto porque estaba de guardia, también vi. a Carlos Álvarez un auxiliar de guardacostas, pero no lo vi cerca del parque, si no que entro y salió de su carro, era común que se acercaran al parque de guardacostas porque tenían amigos y a veces le llevaban comida. Décima Novena Pregunta: Vio usted alguna persona entrar al pañol de municiones o al parque de armas. Respondió: como lo dije anteriormente vi Solo una sombra que paso, puedo haber sido una animal o una persona, pero en realidad no puedo decir quien era, porque no lo vi, solo vi la sombra que paso. Vigésima Pregunta: Tiene conocimiento si el Teniente Ferrer Molleja esta prestando sus servicios en la Armada?. Respondió: Cuando yo comencé aprestar servicio en la unidad el estaba ahí, y cuando Salí el se quedo. Vigésima Primero Pregunta: Tuvo conocimiento si se realizo alguna inspección?. Respondió: No sabría decirle, lo que si puedo decir es que comunique a mis superiores de la irregularidad que había observado esa noche y se lo comunique al Teniente Ferrer Molleja. Vigésima Segunda Pregunta: A que otra persona le comunico de esa irregularidad. Respondió: A todos mis superiores y subalternos. Vigésima Tercera Pregunta: Conoce usted de vista trato y comunicación a teniente Cavalieri?. Respondió: Si, trabaje con el y en algunas oportunidades y con el teniente Ferrer molleja. Vigésima Cuarta Pregunta: Sabe usted cual era el contenido de la droga?. Respondió: Si en panelas y en sacos, pero no recuerdo la cantidad, era bastante grande, trabaje cuando le estaban haciendo la prueba, cuando la quemaron. Vigésima Quinta Pregunta: Para ingresar al parque hay que entrar al Pañol de municiones?. Respondió: No, no es necesario entrar al pañol de municiones. Vigésima sexta Pregunta: Tiene usted conocimiento si Ferrer Molleja solicito la baja?. Respondió: Si, pero luego me entere que no era necesario. Vigésima Séptima Pregunta: Cuando se entero de esto?. Respondió: No hace mucho tiempo, en el 2006, yo me fui y el se desempeñaba como teniente de navío y jefe de operaciones. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. MARIA MUDARRA defensora del ciudadano MARIO MAYORA, Respondió: 1.- Quien tenia la custodia de la sustancia?. Respondió: El teniente y otras personas. 2.- La persona que tenia la llave era el Teniente Ferrer Molleja y sabe usted cuantos juegos de copia habían?. Respondió: Hasta mi conocimiento el y el Comandante, tenían las llaves el teniente Ferrer Molleja y el comandante, no se decirle si habían otras copias. 3.- El precinto de seguridad se verifico en algún momento?. Respondió: No lo se, era el jefe de guardia quien pasaba revista, lo que puedo decir era que tenia visión de que existía una puerta con candado y un precinto de color rojo, creo que era rojo, no me acuerdo muy bien pero creo que tenia unos papeles pegados. 4.- Cuando designa al Teniente Ferre Molleja como custodio de la sustancia sabe si esa sustancia fue movida a otro lugar?. Respondió desde el momento que se incauto la droga y no podría decirle si se movió la sustancia o no. 5.-Quienes eran los encargados de la custodia de esa sustancia?. Respondido: Los encargados eran los jefes de guardia, eran los encargados del armamento y se reportaba en el libro de novedades si existía algún faltante pero solo del armamento. 6.- Sabe si se llevaba algún registro de donde se encontraba la sustancia incautada, o algún libro? Respondió: No se si se llevaba algún registro. 7.- ¿En cuanto a la sombra observada por usted que medidas de seguridad tomo, le notifico a alguna persona? Respondió Si, cuando paso la sombra nos quedamos detrás de la pared y le dije a mi compañero, después que pase la novedad a mis superiores y luego me fui a dormir. 8. ¿Recuerda usted quien estaba de guardia a parte de usted.?. Respondió: No recuerdo quien estaba de Guardia, pero lo que si recuerdo que fue al Teniente Ferrer Molleja a quien le notifique en la mañana de lo ocurrido, 9.- ¿ Cuántas veces el Teniente Ferrer Molleja le solicito cinta adhesiva.?. Respondió: Una sola vez. 10.¿Como eran esas guardias?. Respondió: De día y de Noche, 11.-¿Cómo y a que hora si lo recuerda el Teniente Ferrer molleja le solicito la cinta adhesiva?. Respondió: No recuerdo, como a las 5 o 6 de la tarde. 12.- ¿Tiene usted conocimiento donde se incauta la droga?. Respondió: No se donde se incauto. 13- Tiene usted conocimiento si Mayora Mario tuvo custodia de la droga?. Respondió: Nunca tuvo custodia de la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSORA PÚBLICA DRA. INGRID LORENSO , quien ejerce la defensa del ciudadano, PAUL CAVALIERI, Respondió: 1¿La única persona encargada del parque y del pañol de municiones quien era?. Respondió: Tenían acceso los oficiales jefes de la guardia el Sargento Duque, en presencia del jefe de la guardia o quienes realizaban la inspección, el jefe de operaciones era Ferrer Molleja y en varias oportunidades entre por hacer mis guardias 2.- .¿Quien era la persona o el custodio del lugar donde se encontraba la sustancia, para ese momento?. Respondió: El teniente y jefe de operaciones Ferrer Molleja. 3. ¿Qué se entiende como jefe de operaciones y que funciones tiene?. Respondió: La función de Jefe de operaciones es el cargo como tal pero también hacia las guardias cuando le correspondía como jefe de guardia. 5.- Quien era el jefe de operaciones. Respondió: El Teniente Ferrer Molleja. 6.- Cuales eran las medidas de seguridad?. Respondió: Tenía candados y precintos de seguridad. 7. Cuantas llaves eran?. Respondió: No Tengo conocimiento de cuantas llaves eran. 8.- Sabe usted el nombre del jefe de operaciones?. Respondió: Teniente de Navío Ferrer Molleja. 9.- Quienes tenían acceso al pañol de municiones?. Respondió: El capital Morales y el Teniente Ferrer Molleja. 10.- Tiene conocimiento si realizaron alguna revista o inspección?. Respondió: No tengo conocimiento. 11. Donde vio usted la sombra. Respondió: En la puerta principal del parque de armas y era de noche la sombra paso por el trasluz de la puerta por la parte de adentro. 12. Que medidas de seguridad tomo usted en ese momento?. Respondió: Pase la novedad a mi superior inmediato. 13.- Vio usted alguna persona entrar al parque de armas o al pañol de municiones. Respondió: No se si entro alguna persona, yo no vi a nadie entrar, como lo dije antes vio una sombra y al reportar la novedad me hicieron levantar un acta. 14.- Existen otras medidas de seguridad?. Respondió: Si cerca del parque de armas se encuentra una garita y en el parque como tal la guardia la montaba uno de la tropa. 15. Vio usted al Teniente Cavalieri sacar alguna bolsa o saco o armamento?. Respondió: Negativo, cuando teníamos guardia, a veces me entregaba el armamento solamente“. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL. Respondió: De acuerdo a la ACUSACION efectuada por la Fiscal Beatriz Morales realizada en su oportunidad dice la misma que usted vio luces encendidas y escucho voces entre estas la del teniente Paul Cavalieri y a otras personas, ahora este tribunal le solicita que de acuerdo a esa declaración que consta en el escrito acusatorio diga usted si es cierto?. Respondió: Es falso nunca dije eso, nunca he visto al teniente cavalieri dentro del Pañol de municiones, no me recuerdo si estaba de guardia, si me acuerdo que le notifique de la novedad al Teniente Ferrer Molleja, yo nunca lo he visto dentro del parque, no me acuerdo haber dicho lo que dice ahí, ni verlo dentro del parque de municiones al teniente, el ciudadano mayora era oficial de tropa. Útil y pertinente por cuanto deja claro que lo señalado por el Ministerio Publico en su escrito acusatorio como dicho por el testigo es FALSO, que según declaro a viva voz en el juicio NUNCA vio al Teniente PAUL CAVALIERI ni al ciudadano MARIO MAYORA, en el parque de armas en horas de la noche ni dentro del pañol de municiones y que el único que tenía en resguardo o custodia la sustancia era el Teniente Ferrer Molleja, que ciertamente vio una sombra y que reporto la novedad a sus superiores.

La declaración del ciudadano AGUILAR PEREZ RONALD JOSE, titular de la cédula de identidad N° 11.586.941, de profesión u oficio MILITAR ACTIVO, ocupación Jefe de Hidrografía, siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “De esto hace mucho tiempo, era jefe de seguridad del parque donde se encontraba el armamento, dentro de ese parque había otro acceso, tenía un candado y un sistema de seguridad que cuando no se quitaba a tiempo sonaba la alarma, y dentro de ese acceso había otra puerta con llave normal, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: ¿Numero de cedula? Respondió: 11.586.941. 2.- ¿ Cuando ocurrieron los hechos los recuerda ?. Respondió: Apenas me llego la boleta en el día de hoy y me dijeron que me presentara aquí en el tribunal, esos hechos ocurrieron o acaecieron como en el 2001. 3.- ¿Sabe usted, como llegó esa cocaína al pañol de municiones? Respondió: Por un decomiso de una embarcación y fue guardada en el acceso al parque de la unidad. 4.- ¿Qué es el parque de la Unidad? Respondió: Es el lugar donde se guarda los fusiles, las granadas, las pistolas y las municiones de la armada. 5.- Cuando tuvo usted conocimiento que esa sustancia se encontraba ahí?. Respondió: Si teníamos conocimiento de que esa droga se encontraba ahí, pero no sabía que cantidad era. 7.- ¿Qué es el pañol de municiones?. Respondió: Es una especie de local con cerradura y era donde supuestamente se encontraba la droga, para entrar al depósito también tenía que entrar por el parque, esa llave la tenía el jefe de la guardia, pero no sé quien tenía acceso a la otra parte. 8.- ¿Qué seguridades tenía el parque y el pañol de municiones? Respondió: Tenía una cerradura con candado y una alarma y el otro acceso tenía una llave con unos tirros y unas marcas y se podía ver si habían sido violados. 9.- ¿tenía cerradura? Respondió: Si, más unos candados y una alarma pero para el acceso solo una llave. 10.- Que personas tenían acceso al pañol de municiones?. Respondió: El teniente Ferrer Molleja Creo. 11.- El acceso era restringido?. Respondió: SI, era restringido el paso. 12.- Quien era el jefe de operaciones?. Respondió: El capitán de Navío Morales. 13.- Tiene usted conocimiento si se realizo alguna inspección?. Respondió: No, que yo sepa nunca se hizo. 14.- Sabe usted si se realizo algún cambio de precinto?. Respondió: No recuerdo haber notado ningún cambio, creo que se hizo uno. 15.- Recuerda fácilmente las cosas?. Respondió: Si algunos casos, pero no con exactitud. 16. Escucho si se habían cambiado los precintos?. Respondió: En una oportunidad escuche pero vagamente. 17. Rindió entrevista ante algún órgano cuando sucedieron los hechos?. Respondió: Si al jefe de antidroga y fue ante un sargento o cabo no recuerdo bien. 18.- Recuerda usted cuando ocurrieron los hechos?. Respondió, hace como seis años, no es fácil recordar, las cosas, con tanto tiempo a menos que sea un hecho diferente. 19. Quien tenía la llave del pañol de municiones? Respondió: El Teniente Ferrer Molleja. 20.- Tiene conocimiento o vio al teniente Cavalieri y al cabo mayora dentro del pañol de municiones?. Respondió: No solo al teniente cavalieri, cuando me entregaba las armas. 21. Vio si en algún momento se encontraba violentada la puerta?. Respondió: No. 22. Vio usted entrar al teniente cavalieri o al cabo mayora al Pañol de municiones?. Respondió: No a ninguno de los dos. 23. Que cantidad era de la sustancia incautada?. Respondió: Era como 1000 y algo. 24.- Habían sistemas de seguridad?. Respondió: Eran tirros de embalajes con unas rayas. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: “ Yo ocupaba el cargo de segundo comandante de patrullero, el custodia de la Droga era el teniente Ferrer Molleja , creo que desde el inicio, el solo tenía las llaves y supongo que el director, el teniente Ferrer molleja también hacia guardia, que yo sepa no se realizo ninguna revisión de la droga o sustancia, el segundo comandante era quien autorizaba la guardia, las medidas de seguridad eran unas cintas con unas rayas, que se había hecho con bolígrafos y unas llaves, esos no eran precintos de seguridad, el custodio era Ferrer Molleja, pero no sé si el cambio que se hizo, lo hizo el teniente Ferrer, tenía un sistema de seguridad de alarma, si existía alguna novedad se registraba en el libro de novedades, escuche que se había hecho un cambio, pero no recuerdo, si se hizo un cambio de precinto pero no recuerdo, yo no estuve a cargo donde se encontraba la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “Mi Función era chequear al personal completo, pasar revista de las patrullas, la entrada y salida del personal, yo no tenía acceso al parque, ese acceso lo tenía la persona encargada, mis funciones como tal era chequear al personal que estuviera completo, pasar revista, lo que sí creo es que los precintos se cambiaron en una oportunidad, en el diario de servicio se anotaban las irregularidades, pero que yo sepa nunca se asentó ninguna irregularidad , se dan cuenta del faltante cuando se hace el cambio de mando, me acuerdo que estaba un marinero que se encargaba de custodiar esa área, me acuerdo que había una garita y se encontraba un sargento y un marinero, las medidas de seguridades eran una marca con bolígrafos con unas rayas, el custodio era el teniente Ferrer Molleja y el Capitán Morales, cuando se iba hacer el cambio de comandante fue que se detecto el faltante, solo labore un año en esa embarcación, fue desde el 2001 al 2002, yo no trabajaba ahí cuando se incauto la sustancia, yo tenía ocho meses laborando y pertenecía a un patrullero, yo no era de la estación principal de guardacostas, yo no verifique el faltante ni se quien lo hizo, yo estoy pendiente de mis cosas, Yo nunca vial teniente cavalieri sacar nada. A preguntas realizadas por el acusado CAVALIERI. Respondió: Trata de recordar a la hora de entregar las guardias que se hacía?. Chequeábamos el armamento y todo lo que estaba en el parque, la entrada tenía dos candados arriba y abajo y la alarma tenía un tiempo, también había otra puerta una de entrada a la izquierda donde estaban los fals y la derecha estaban las pistolas luego estaba el acceso a la temperatura, la ultima parte en la revista era verificar si la puerta estaba sellada y si tenían las rayas los precintos de seguridad y luego reportábamos que estaba sin novedad, estaba prohibido el acceso a ese lugar donde se encontraba la sustancia, frente del parque había una garita también había una edificación pero no lo recuerdo bien. Útil y pertinente según lo señalado por el Ministerio Publico ya que expuso sobre las medidas de seguridad existente en el lugar donde se encontraba la droga, es decir que tenía una cerradura con candado y una alarma y el otro acceso tenía una llave con unos tirros y unas marcas y se podía ver si habían sido violados; Que la llave del pañol de municiones la tenía El Teniente Ferrer Molleja. Que en ningún momento vio la puerta violentada; Que nunca vio entrar al teniente cavalieri o al cabo mayora al Pañol de municiones.

La declaración del ciudadano RIVAS MORENO WILMER A, titular de la cédula de identidad N° 12.164.261, de profesión u oficio MILITAR ACTIVO, ocupación Comandante de patrullero de Guardacostas, con un tiempo de servicio de 11 años y medio”. Siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “ En aquel momento estaba como jefe de guardacostas, estaba en cuenta que una droga se encontraba en el pañol de municiones y al pasar revista se detecto un faltante de la sustancia incautada, la investigación fue en el 2001, siete años atrás, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: Mi numero de cedula es 12.164.261, estuve en conocimiento de la sustancia desde el mismo momento que fue incautada, eso fue en enero del 2001, desde el mismo momento se encontraba en el Pañol de municiones con las medidas de seguridad correspondiente, porque ahí se encuentran nuestras armas, y no hay nada más seguro que donde se encuentra el armamento, ahí existen dos puertas, para entrar al local, existe una puerta y después que uno ingresaba había otra puerta, siendo sus medidas de seguridad una alarma, que cuando se abría se activaba, y si entraba alguna persona había otra alarma sonora, tenía dos candados y una llave Cisa, ese lugar era el más seguro, porque ahí se encontraban los fals, las pistolas 9mm, las municiones, los chalecos antibalas, los rolos entre otras cosas. Solo tenía acceso el jefe de guardia pero al parque, no al pañol de municiones, las guardias eran alternables, El teniente cavalieri fue jefe de guardia al igual que Ferrer Molleja, el paso estaba restringido para nosotros y para poder pasar se tenía que quitar el tirro de seguridad, el jefe de seguridad era el custodio, solo tenía acceso el comandante Alberto Morales y Ferrer Molleja, tengo entendido que en una oportunidad hicieron una revista pero no puedo decir a ciencia cierta, tengo entendido que lo hizo el teniente de fragata para ese entonces Ferrer Molleja, El jefe de seguridad pasaba revista y verificaba que estuviera completo el armamento, pero solo el armamento, en cuanto a las medidas de seguridad, tenia colocado unos tirros y unas rayas, por lo que manifestó el jefe de operaciones que se verificara que estuvieran los precintos, tengo entendido que en una oportunidad se realizo un inventario y se reemplazo el tirro, en sus inicio el tirro era marrón y luego era transparente, pero no puedo decir quien lo hizo, no sé cómo era la sustancia y desconozco como estaba, no llegue a ver movimiento extraños, ahí solo había oficiales de tropas, teníamos que reportar si la puerta tenia los precintos de seguridad solamente, el teniente cavalieri estaba dentro del parque de armas, pero no en el pañol de municiones, no tuvo faltante de armas, al teniente cavalieri lo llegue a ver en un vehículo, pero no sé si era de él, era y yaris de color azul y en una motocicleta, pero no recuerdo, no sé en que condición se encuentra Ferrer molleja, tergo entendido que fue buscado y no lo encontraron creo que deserto. Me dijeron compañeros de trabajo que deserto, pudo haber sido el descontento, siempre fue responsable, éramos teniente de navío y pudo tener el mismo rango que yo en este momento de teniente de fragata, siempre ascendíamos igual. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, respondió: “ Yo ocupaba el cargo de jefe de seguridad militar encargado, mis funciones eran las inspecciones de embarcación, la protección del ambiente entre otras, representación, realizar las rutinas diarias el control del personal, tenía también como función verificar el parque de municiones, pero solo hasta la puerta, la política del comandante era verificar hasta donde estaban las armas y solo observar el lugar del pañol, no podíamos ver la droga, sino solo la puerta, verificar el cilindro, el tirro de embalar, se hizo una revista al pañol como tal para ser inventariado, a mi llegada me di cuenta y vi que se sustituyo el tirro, lo hizo el teniente Ferrer Molleja, se sustituyo el tirro marrón, por un tirro que era transparente, a diferencia del tirro marrón, el blanco no tenia diferencia palpable, el marrón tenia marcas con un marcador negro, era un tirro colocado al marco de la puerta, el teniente Ferrer era el custodio y asumo que el comandante, era fácil la entrada, una vez que entrabas al parque podías desactivar la alarma, para poder ingresar al parque tenias que tener las llaves, cada uno de ellos tenia una copia, y asi me lo manifestó el teniente Ferrer Molleja, en el diario de guardia no había ninguna irregularidad asentada, si hubiera habido irregularidad tenia que quedar asentado en dicho libro. El teniente Cavalieri no fue custodia del pañol, el lo que pudo haber hecho fue montado guardia que yo sepa. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “ Mi cargo era Jefe de Guardacostas, no sé quien hizo el cambio de precinto, supongo que fue quien tenía las llaves, esa llave las tenía el jefe de operaciones y el comandante, esas llaves eran solo de donde se guardaban las armas y quien debería tenerla era el jefe de guardia entraban el jefe de guardia y quienes le hacían el mantenimiento a las armas y se ingresa en horas de faena, ese mantenimiento si es procedente que se haga pero frente al jefe de guardia, el teniente Ferrer si podía entrar a las dos puertas, ya que pudiera ser que tuviera las dos llaves, las puerta cuando tenía el tirro marrón tenía unas rayas y los trasparentes no tenían nada de seguridad que yo sepa, esos tirros fueron cambiados y tengo entendido que hicieron un inventario, tengo entendido que fue el teniente Ferrer Molleja, me di cuenta cuando llegue de hacer un curso y verifico que habían cambiado el tirro y le pregunte al teniente Ferrer, y el notifico que había hecho inventario, no me dijo con quien lo hizo, no se , no tengo conocimiento si fueron violentados los precintos de seguridad , ahí habían muchas personas que montaban guardias, muchos eran de 6 grupos, no era algo establecido, habían otros funcionarios como el guardia del parque, también había una guardia de garita y esta distante al parque, no vi al teniente sacar nada, es difícil, no recuerdo exactamente la fecha cuando del faltante y el cambio de precinto, la novedad fue como en octubre o noviembre y el curso que yo estaba realizando fue como en mayo, a la hora de la revista notificábamos que el parque estaba sin novedad, el precinto estaba sin novedad, tanto el tirro que estuviera pegado en la puerta, solo revisábamos el armamento. Útil y pertinente por cuanto deja CLARO que hubo una inspección a la sustancia incautada ya que fue cambiado el tirro, que la puerta cuando tenía el tirro marrón tenía unas rayas y los trasparentes no tenían nada de seguridad; Que esos tirros fueron cambiados y que hicieron un inventario; Que el Inventario lo hizo el teniente Ferrer Molleja; Que el mismo se dio cuenta cuando llego de hacer un curso y verifico que habían cambiado el tirro y le pregunto al teniente Ferrer, y el notifico que había hecho inventario, pero no le dijo con quien lo hizo; Que no vio al Teniente Cavalieri sacar nada, que vio al Teniente Cavalieri con un vehículo Yariz y con una Motocicleta, pero que no sabe su procedencia. Es decir, no ratifico el dicho del Ministerio Público en su escrito acusatorio, ya que el Ministerio Público señalo que con su declaración determinaría que el acusado Cavalieri posee propiedades de gran valor económico y que su obtención podría estar relacionada con el delito imputado.

La declaración del ciudadano MARQUEZ BOLIVAR EDGAR JOSE, titular de la cédula de identidad N° 6.050.421, de profesión u oficio COMANDANTE PRINCIPAL DE GUARDACOSTA DE LA GUAIRA, con un tiempo de servicio de 11 años y medio, fue impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Del lugar de la estación principal se extravió una cantidad incautada de droga específicamente cocaína y que a raíz de esa pérdida se le hizo un juicio al Teniente Cavalieri y al Cabo Mayora, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: Mi numero de cedula es 6.050.421, para ese momento se realizaron muchos procedimiento, esa droga se incauto en una embarcación y era mucha cantidad, esa incautación se realizo en el año 2001, yo era el segundo comandante de administración de personal y disciplina de la armada, esa sustancia se encontraba en un lugar anexo dentro del parque de arma de la unidad, el parque de arma es donde se guarda el armamento y explosivos de la armada en la unidad, esa estación si se encontraba en el parque de arma , ese es un local construido con bloques con 5 metros de ancho y 12 metros de largo con vigas, estructurado y tiene 2 ventanas de ventilación y un alumbrado para acceder a él tiene 2 puertas con candados y llaves, primero se accede donde está el armamento de la unidad, la otra puerta de seguridad tiene dos 2 llaves donde se guardan las municiones, si mas no me equivoco cambiaron los candados, lo que si recuerdo que las llaves para acceder la tenía el jefe de la guardia, de acuerdo al roll de guardia, esa llave estaba dispuesta en otro lugar, también recuerdo que en la puerta habían dos precintos de seguridad de manera que se detectara que estaban en buen estado. Existía solo una llave, la custodia del pañol donde se encontraba la sustancia le fue entregado al teniente de fragata Héctor Ferrer Molleja, no recuerdo ninguna irregularidad en el pañol de municiones, recuerdo que en una oportunidad me fue informado de la irregularidad con respecto a la cinta adhesiva, el oficial de guardia, que tenia a cargo el parque de arma pasaba revista a las armas y revisaba la puerta del pañol, esa revista solo consistía en observar la puerta y apreciar si alguno de los precintos había sido removido, no era contar el material que esta adentro del pañol, a ese lugar no tenían acceso, dentro de la armada hay una jerarquía, la guardia es para cumplir con sus funciones cuando existe y hay personal a bordo, si no había problema debía informarlo y si tenían problemas de igual forma debían notificarlo, lo que si estoy seguro que la guardia al ver alguna novedad debía notificarlo, la fiscalía designo al comando de la guardia de guardacostas, pero no recuerdo si a Héctor Ferrer Molleja, fue designado por la fiscalía o por el comandante, no recuerdo si fue designado internamente, de verdad que no lo recuerdo, no recuerdo la cantidad exacta de la sustancia pero recuerdo que superaba los 3000 kilos, ese faltante se detecto cuando el Capitán de Navío Luis Alberto Morales, estaba entregando el cargo, y sucede porque al momento de entregar el mando se hace una revista general, siempre es el armamento y el personal y esa revista se estaba realizando, esa entrega se había pospuesto en varias oportunidades, cuando se pasa a realizar la revista al pañol es que se percatan del faltante, no tengo conocimiento si habían personas autorizadas, si conozco a Pérez Fermín Edymmel, es normal que al momento de recibir y entregar el armamento es el jefe de arma quien lo hace, el jefe de guardia es quien entrega y se deja constancia que el armamento fue recibido sin novedad, es normal que el jefe de la guardia se encuentre dentro del parque, no tuve conocimiento del faltante, no tengo conocimiento que el teniente Ferrer Molleja solicito la baja, y tampoco tengo conocimiento donde puede ser ubicado, no fui informado del cambio de mando, el teniente estaba asignado a la parte de guardacostas, yo no era plaza de guardacostas, era plaza de la escuela de Post Grado, El custodio designado era Ferrer molleja, el era plaza de la estación de guardacostas, si era plaza, no se si se encuentra como desertor, no se en que condición esta. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, respondió: “ Yo ocupaba el cargo de segundo comandante, era el segundo a bordo, el custodio era Héctor Ferrer Molleja, las medidas de seguridad que tenia, era una puerta de metal con dos candados y una cerradura de metal, las llaves la tenía el teniente Ferrer Molleja, también recuerdo que tenía una cinta engomada colocada alrededor de la puerta y unos precintos que se podía determinar si la puerta había sido abierta, recuerdo que los precintos eran de color rojo si mas no recuerdo, no puedo estar seguro, pero creo que fueron reemplazados una vez, si fueron reemplazados es porque lo autorizo el comandante y el teniente Ferrer molleja, el custodio de la sustancia era una sola persona el teniente Ferrer Molleja y el comandante Luís Alberto Morales, El custodio era el comandante de la unidad y este gira instrucciones y determina responsabilidades, no recuerdo si fue la fiscalía o el comandante , quien designo a Ferrer Molleja como custodio de la del pañol, yo debía tener conocimiento, pero recuerdo que fui informado verbalmente, no recuerdo haber visto ningún tipo de documento donde se designada a Ferrer molleja, tengo entendido que se designo mediante un oficio por el comandante, como lo dije, no recuerdo si fue designado por el comandante o por la fiscalía, las novedades son registradas en un libro, al realizar la revista, se revisaba la puerta, los precintos y la cinta engomada, no recuerdo si había algo especifico o anormal, si se encuentra una violación de las puerta se había realizado un inventario, si se hacía revisión periódica, por lo menos debía haberse hecho una vez, la parte que me correspondía no era la del comandante, si se hizo el inventario, por lo menos una vez y lo debía haberlo hecho el teniente Ferrer Molleja, existía un juego de llaves que lo tenía Ferrer Molleja, el mismo hacia guardia por lo menos una vez en el pañol cuando lo designaba el comandante, el todo el tiempo tenia la custodia de las llaves, cuando tenía guardia tenia la custodia de las dos llaves, el cabo mayora no fue custodia de las llaves jamás. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió:“ El teniente Cavalieri sin mas no recuerdo no era plaza de la unidad, el estaba realizando curso de post grado en la escuela de post grado, no tuve conocimiento de lo visto por el teniente Edimmel Pérez, pero posteriormente cuando se detecto el faltante sí, no sé si el manifestó en algún momento alguna irregularidad, los precintos de seguridad se cambiaron en una oportunidad, no sé quien lo cambio, pudo haber sido el teniente Ferrer molleja con autorización del comandante, aproximadamente seis personas cumplía el roll de guardia generalmente siempre eran seis personas para evitar inspecciones en la guardia, existían dos grupos el grupo alfa y uno el grupo buro, esto se usa para mantener el grupo de guardia, el teniente Ferrer molleja era el custodio desde el mismo momento que ingreso la droga, y tenía que cumplir siempre con esa función, habían otras personas que tenían acceso a la guardia, el reemplazo de la cinta adhesiva era uno de los elementos de seguridad, el custodio a pesar del cambio de precinto siempre se mantuvo afirmativo, siempre se mantuvo, El jefe de la guardia se mantiene dentro de las instalaciones, hubo una garita como a 50 metros, tiene vista completa de la seguridad en general, pero la responsabilidad es perimetral pero no escapa de realizar un informe de las irregularidades que pudiera detectar, Ferrer Molleja si estuvo incluido en el roll de guardia, no llegue a observar donde se guardaban los sacos de la sustancia. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL TRIBUNAL respondió: Usted dice que no sabe quien designo a Ferrer Molleja como custodio, no sabe si fue la fiscalía o el comandante, ¿Podía la Fiscalía designar al Ferrer Molleja como custodio de la sustancia? Respondió: Si mas no recuerdo la fiscalía designo y puso a la orden a la unidad la sustancia, no tengo conocimiento quien lo designo, se que el custodio era Ferrer Molleja, mi deber era colaborar con el comandante pero no suplir las responsabilidades del mismo, yo lo represento en todas sus funciones si hubiere ocurrido cuando yo lo estaba auxiliando, pero ocurrió el faltante cuando él se encontraba el presente, era su responsabilidad, la irregularidad se detecto en presencia del comandante, cuando se decide abrir el pañol de municiones, yo me encontraba en mi oficina y es que me llaman, al momento que se incauto la sustancia si existe un acta inclusive hay un acta porque la vi, se hizo el conteo ese día y se determino el faltante. Útil y pertinente, por cuanto deja CLARO que si los precintos fueron reemplazados es porque lo autorizo el comandante y el teniente Ferrer molleja; Que el custodio de la sustancia era una sola persona el teniente Ferrer Molleja y el comandante Luís Alberto Morales; Que no fue notificada ninguna novedad o irregularidad.

La declaración del ciudadano ALVARES RODRIGUEZ CARLOS JESUS, titular de la cédula de identidad N° 5.887.087, de profesión u oficio Comerciante, ocupación Auxiliar de Guardacostas para ese momento, con un tiempo de servicio de 3 años”, siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Me desempeñaba como auxiliar de guardacostas y sé que se llevaron una droga que estaba ahí, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: Mi numero de cedula es 5.887.087, no me acuerdo la fecha desde que estuve ahí, me acuerdo que me llamaron para organizar un grupo de auxiliares en la guaira, yo colaboraba en la supervivencia en la mar, yo tengo una embarcación deportiva no la estaciono en el puerto sino en higuerote, también tengo un vehículo de color rojo, estuvo en el 2002 embarcada en la guaira, yo estuve ahí, pero no si fue en el 2002, me recuerdo que luego hicimos un open eye (Ojos abiertos), donde nunca me encontraron dentro del mar, en un ejercicio que realizamos, si conozco al teniente Cavalieri de la estación de guardacostas, no tengo conocimiento de cuando se incauto esa droga, si sabía de una droga que se había incautado, éramos 42 personas y de esas personas éramos 5 o 6 que teníamos motonave, mi motonave no se encontraba en el muelle, si me entere de la perdida de la droga, cuando se hizo el cambio de comando, el comandante se llamaba Morales era el capitán de navío, pero no sé si era el custodio de la droga, nosotros éramos voluntarios y también hacíamos guardia, sabía que había droga y armamento, me informaron para saber que eso estaba ahí, no podíamos entrar al parque de municiones, se que había la cantidad de 2000 o 3000 era bastante, si conozco al teniente cavalieri, tuve conocimiento de la perdida de la droga por comentarios y lo supe por la trasmisión del mando, no sé qué cantidad faltaba, ni idea donde esta Ferrer Molleja. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, respondió: “Las medidas de seguridad era una raya amarilla que estaba en el piso y que a partir de ahí no se podía pasar, nunca tuvimos acceso al parque de arma, la guardia la hacían los oficiales, yo conocí a Ferrer Molleja en la estación de guardacostas, el era jefe de operaciones, no recuerdo a Mayora Uzcatequi. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “El cargo de Ferrer Molleja creo que era teniente, no vi a ninguna persona sacar bolsa. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL TRIBUNAL, respondió: Usted pernotaba dentro de la estación de guardacostas: Respondió: teníamos un camarote y teníamos guardia y actuábamos con el grupo que estaba en caracas. Útil y pertinente por cuanto NO SEÑALA las circunstancias en que según el dicho del Ministerio Público, los ciudadanos Paul Cavalieri y Mario Mayora hayan sustraído las sustancias del Pañol de Municiones y que la misma haya estado baja su resguardo y cuido.

La declaración del ciudadano ORIHUELA FIGUEREDO JOSE AGUSTIN, titular de la cédula de identidad N° 10.383.492, militar activo, Comandante de Guardacostas del pañol de Municiones estación de la Guaira”, siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Yo para ese entonces era en segundo comandante de patrullero, estaba empezando ese proceso, hice dos guardias y luego me cambiaron para los roques, al tiempo me dijeron que tenía que venir a las declaraciones”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO Dr. JOSE ANTONIO LOPEZ, Respondió: ¿Tiene usted conocimiento sobre la incautación de 1.400 kilos de cocaína encontradas en dos embarcaciones y llevadas al pañol de municiones estación de la guaira? Respondió: Recuerdo que fue un caso importante, no sabía que era con exactitud. Segunda Pregunta. ¿Sabia donde se dejo esta sustancia como resguardo? Respondió: No se si era toda o la mitad, que estaba en el guardacostas de la guaira. Tercera Pregunta ¿sabe usted en que parte de la estación de guardacostas se encontraba la custodia de la droga , Respondió. Estaba en el parque donde se encontraba el armamento. Quinta Pregunta: Sabía usted donde se encontraba esa sustancia. Respondió. En el pañol de municiones dentro del parque de la unidad. Sexta pregunta: ¿Sabe usted cuales eran los sistemas de seguridad que dentro de ese parque se encontraban? Respondió: No me cuerdo muy bien, había una alarma, tenían candados y cerradura donde estaba la presunta droga, también la puerta tenia un papel. Séptima Pregunta: Entro usted al lugar donde se encontraba la sustancia. Respondió. NO, yo no tenía acceso ahí, solo tenia acceso al parque donde se encontraba el armamento. Octava Pregunta: Cuando se entera usted de la pérdida de la sustancia. Respondió: En realidad, cuando me llego la comunicación que decía asunto que le concierne, porque todas las comunicaciones llegan así. Novena Pregunta: Para el año dos Mil dos (2002) usted estaba destacado en los Monjes o el Guarda Costa de la Guaira. Respondió: No recuerdo. Décima Pregunta. Vio usted entrar el teniente Cavalieri al Pañol de municiones. Respondió: Me imagino que ingresaba cuando si tenia acceso, pero generalmente no. Décima Primera Pregunta: Donde se encuentra el pañol de municiones. Respondió: Esta en el Parque, donde esta el armamento y al lado derecho se encuentra el parque de municiones. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. MARIA MUDARRA defensora del ciudadano MARIO MAYORA, Respondió: 1.- Desde que fecha estuvo destacado en la estación de Guardacostas de la Guaira?. Respondió: Estuve desde el año 96, no me acuerdo exactamente. 2.- Tiene usted conocimiento cuando y como ocurrieron los hechos?. Respondió: No se cuando ocurrieron los hechos, pero cuando me llamaron ya tenia un tiempo en los monjes, cuando llegue a la guaira fue que me dijeron. 3.- Sabe usted quien era el custodia de la sustancia o la droga. Respondió: Se que la droga estaba en el parque, no sabia decir quien era la custodia, solo hice 2 o 3 guardias, el control el parque lo llevaba el Jefe de Operaciones. 4.- Usted vio en algún momento la sustancia. Respondió: Yo no vi, la droga, creo que la vi sacándola de la embarcación, solo la vi de lejos. 5.- Vio usted al ciudadano Mayora dentro del pañol de municiones extraer algún objeto de ese lugar. Respondido: No el montaba guardia en el parque. 6.- Sabe o recuerda si el ciudadano mayora se encontraba activo para el año 2002? Respondió: Si me acuerdo de el, pero el lapso del tiempo no se si estaba o no estaba.- ¿ Sabe usted quien giraba las instrucciones para la custodia en el pañol de municiones, específicamente donde se encontraba la sustancia? Respondió No, ni idea quien giraba las instrucciones. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSORA PÚBLICA DRA. INGRID LORENSO , quien ejerce la defensa del ciudadano, PAUL CAVALIERI, Respondio: 1¿ Realizaba usted guardia como jefe de la guardia y como jefe de operaciones y donde?. Respondió: Realizaba guardia como jefe de la guardia, pero no como jefe de operaciones. 2.- ¿donde se encontraba esta sustancia: Respondió: Según tengo entendido en el pañol de municiones, eso queda dentro del parque, ese es el lugar donde se encuentra el armamento, la droga estaba en el parque de municiones, este esta dividido en dos pedazos, el pañol de municiones y el parque de armas. 5.- Como era las medidas de acceso al pañol de municiones. Respondió: El acceso me imagino que era el candado. 6.- Como eran las medidas de seguridad. Respondió: La seguridad era el candado, tenia un sello, un teipe, yo no tenia llave, me imagino que esa llave la tenia el comandante y el custodio, que no se quien era, se que el comandante era de apellido Morales, me imagino que el tenia las llaves. 7. ¿Quién era el jefe de operaciones. Respondió: Ferrer Molleja creo que era el Jefe de Operaciones. 8.- Cuantas personas hacían guardia. Respondió: Éramos como 6, los que hacíamos guardia, no recuerdo cuantos éramos y era uno por días, siempre hace guardia un jefe de guardia por día. Pregunta ¿Tiene usted conocimiento que Mario Mayora, sustrajera la droga e ese lugar? Respondió: No es cierto. Pregunta: ¿Sabe usted si la droga se encontraba bajo la custodia del Mario Mayora y Paúl Cavalieri.?. Respondió: No, no es cierto “. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL TRIBUNAL: Respondió: Tuvo usted conocimiento de esto, en el Juicio anterior, rindió declaración es en algún órgano policial?. Respondió: Si declare primero en la estación y luego en el comando antidroga que esta en el puerto, posteriormente cuando llegue a la guaira nunca me dijeron quien era, quien fue, me entere cuando llegue a la estación que los hechos fue de la sustracción de una sustancia. 2.- Porque cree usted que el Ministerio Público lo señala como la persona que tiene conocimiento del tiempo modo y lugar de cómo ocurrieron los hechos Respondió: Yo no sabia, Ni idea, el Ministerio Publico no me interrogo, antes de llegar aquí, fue que me entere quienes eran los imputados, yo no estaba en ese momento en la estación. Útil y pertinente, porque deja claro que la Droga nunca estuvo bajo la guarda y custodia de los ciudadanos PAUL CAVALIERI Y MARIO MAYORA y que el Ministerio Publico nunca lo interrogo; Que ES FALSO que tenga conocimiento del modo, lugar y tiempo en que ocurrieron los hechos.

La declaración del ciudadano GUZMAN WILMER DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad N° 11.421.560, de profesión u oficio MILITAR ACTIVO, Adjunto al personal de la estación de guardacostas de la guaira, con un tiempo de servicio de 14 años”. Siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “No tengo ningún conocimiento, porque estaba de vacaciones, cuando llegue me dijeron móntate en la camioneta, me tomaron declaración, eso fue lo que paso., es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, Respondió: ¿Tiene usted conocimiento de la detención en altamar de una sustancia específicamente droga?. Respondió: Si. 2. ¿Recuerda usted si ese decomiso se realizo en la embarcación Galdon y Carolina? Respondió: Si 3.- ¿Sabe usted, donde se encontraba el resguardo de esa sustancia? Respondió: En el parque de armas. 4.- ¿Podría indicar al tribunal como era ese parque de arma? Respondió: Es un cuarto y en su interior tiene otra habitación anexa, donde se encontraba la sustancia. 5.- Cuando se hace inspección a que se le hace a toda la unidad ?. Respondió: Se le hace a toda la unidad menos donde se encontraba la sustancia. 6.- ¿Quienes hacían esa inspección?. Respondió: Hacían la inspección los jefes de la guardia. 7.- ¿El pañol de municiones donde se encuentra? Respondió: Funciona en el mismo parque. 8.- ¿Recuerda usted el nombre del comandante que se encontraba para ese momento? Respondió: Si, El Comandante Luís Alberto Morales. 09.- Que medidas de seguridad tenía o tiene el parque de arma. Respondió: Tenia un sistema de alarma sonora, de 10 segundos y en ese tiempo se activaba el pañol de municiones tenia el mismo sistema de seguridad. 10.- Quien tenia la custodia de ese lugar, específicamente la del pañol de municiones?. Respondió El comandante era el que tenia la custodia. 11.- Sabe usted cuantos juegos de llaves habían? Respondió: El jefe de la guardia la de la entrada principal y donde se encontraba la sustancia el comandante. 12.- Sabe usted que cargo tenia el Teniente Cavalieri y el cuidando Mayora ? Respondió: El teniente cavalieri, mientras estuvo en la unidad era comandante de una lancha y mayora pago servicio en la unidad, cuando me fui de vacaciones estaba dentro de la unidad o iba a entrar en la escuela de postgrado 13.- Conoce usted a Ferrer Molleja. Respondió: Ferrer Molleja era la mano derecha del comandante. 14.- Rindió usted entrevista en la Policía Naval?. Respondió: Si, solo en el destacamento de la Guardia Nacional y antes en la Policía Naval. 15. Tiene usted conocimiento donde se encuentra Ferre Molleja. Respondió: No, Tenemos conocimiento que esta fuera el país, según se fue por las intentonas. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRUBLICA MARIA MUDARRA, a los fines de que interrogue al testigo, quien a preguntas formuladas respondió: “ Yo tengo el mismo cargo, mi funciones es el trabajo administrativo del personal, tales como vacaciones, roll de guardia, permisos, en cuanto al roll de guardia, nunca había una persona especifica, No tengo conocimiento si otras personas tenían las llaves, no se si era el jefe e la guardia, no lo se, en mi opinión solo se le realizaba inspección al armamento, el ciudadano mayora nunca fue auxiliar de seguridad en ningún momento. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, a los fines de que interrogue al testigo, quien a preguntas formuladas respondió: “Usted fue promovido por el ministerio publico como la persona que tenia conocimiento del modo, tiempo y lugar que ocurrieron los hechos. Respondió: Como lo dije anteriormente, yo estaba de vacaciones, yo no tengo conocimiento que el teniente cavalieri sustrajera alguna sustancia, debe ser el Comandante Luís Alberto Morales quien tuviera las llaves, yo nunca he ingresado al parque, las llaves del pañol y las del parque de arma no son las mismas, no tengo conocimiento de cuantas llaves habían, Mi Función era chequear al personal completa, pasar revista de los patrulleros, la entrada y salida del personal, la custodia del parque, dentro del pañol no dentro del parque si o deposito donde se encontraba el armamento pero dentro del acceso no, ese acceso lo tenia la persona encargada, mi funciones como tal era chequear al personal que estuviera completo, pasar revista, lo que si creo es que los precintos se cambiaron en una oportunidad, en el diario de servicio se anotaban las irregularidades, pero que yo sepa nunca se asentó ninguna irregularidad, uno sabe si se hace algún cambio, el que le entrega a uno es el anterior, estaba un marinero que se encargaba de custodiar el lugar, se dan cuenta del faltante cuando se hace el cambio de mando, me acuerdo que estaba un marinero que se encargaba de custodiar esa área, me acuerdo que había una garita y se encontraba un sargento y un marinero, las medidas de seguridades eran una marca con bolígrafos con unas rayas es lo que recuerdo, el custodio era el teniente Ferrer Molleja y el Capitán Morales supongo que debió haber tenido alguna , que yo sepa no cuando se iba hacer el relevo fue que se detecto el faltante, solo labore un año en esa embarcación, fue desde el 2001 al 2002, yo no trabajaba ahí cuando se incauto la sustancia, yo tenia ocho meses por ahí yo pertenecía a un patrullero este esta adscrito a la estación, yo no era de la estación principal de guardacostas, yo creo que el teniente estaba ahí pero de verdad no me recuerdo, yo no verifique el faltante ni se quien lo hizo, yo estoy pendiente de mis cosas, Yo nunca vi al teniente cavalieri sacar nada. Nunca. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL CIUDADANO CAVALIERI, Respondió: Trata de recordar a la hora de entregar las guardias que se hacia: Chequeábamos el armamento y todo lo que estaba en el parque, la entrada tenia dos candados arriba y abajo y la alarma tenia un tiempo, también había otra puerta una de entrada a la izquierda donde estaban los fals y a la derecha estaban las pistolas luego estaba el acceso a la temperatura la ultima parte en la revista era verificar si la puerta estaba sellada y si tenían las rayas los precintos de seguridad y luego reportábamos que estaba sin novedad, estaba prohibido el acceso a ese lugar donde se encontraba la sustancia, frente al parque había una garita también había una edificación pero no lo recuerdo bien. Útil y pertinente por cuanto señala CLARAMENTE que nunca vio al teniente Cavalieri sacar nada; Que no tiene conocimiento del modo, lugar y tiempo en que sucedieron los hechos y menos que hayan sido los acusados de autos, así como que el Teniente Cavalieri y Mario Mayora no tuvieron la guarda y custodia de la sustancia.

La declaración del ciudadano RICHARD SIMON DUQUE VALERO, titular de la cédula de identidad N° 10.157.472, de profesión u oficio MILITAR ACTIVO, ocupación Jefe de Seguridad, con un tiempo de servicio de 18 años y Nueve (09) en la Estación de Guardacostas”. Siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Eso sucedió cuando el Capitán de Navío iba a entregar el cargo al Comandante, cuando es de entregar y recibir, se hace la inspección de conteo, en ese momento se dio cuenta que faltaba el material y comienza la investigación, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, Respondido: Que cargo tiene en la actualidad? Respondió: Sargento Mayor de Segunda. Recuerda el procedimiento donde se incauto la droga? Respondió: Afirmativo, fue en una embarcación en altamar, la cual la jurisdicción pertenecía a la Guaira, se recibió sustancia, se contó, se le hizo la prueba de pureza y se guardo, la decisión de guardarla fue el alto mando, era como unas cestas, parecían bloques, para llegar al parque de armas hay que pasar por la puerta principal el estacionamiento, luego esta el parque de formación, se encuentra el cuarto de los oficiales, se abré la puerta del parque es donde esta el armamento, los fals y al lado derecho hay otra puerta. La puerta principal es de un material macizo, tiene dos candados de cizalla, tiene otra puerta a lo que se entra al parque, hay otra puerta maciza con candados, el que tenia la custodia del pañol era Ferrer Molleja que era el teniente e operaciones, el teniente de la Guardia, solo tenia llaves para entrar al parque de armas, la otra llave me imagino que la tenia el comandante Luís Alberto Morales, yo rendí declaraciones en el Comando Antidroga en el Puerto de la Guaira, no vi realmente nada, me pareció extraño que el teniente cavalieri, cambiara una guardia, porque esa es una orden del día que estaba firmada por el comandante, si me pareció extraño porque no puede ser alterada, también tenia conocimiento que el teniente tenias varios vehiculo, primero llevo un Yaris, después llevo una camioneta 4X4 y por ultimo una motocicleta, el carro me dijo que era de su novia, la camioneta de su suegro y la motocicleta la adquirió por el Ipsfa, donde se lleva la caja de ahorro y prestamos jubilaciones de los militares, me pareció extraño una visita realizada por la novia del teniente, porque eran las nueve (09) de la noche, yo estaba entregando guardia y la señorita llego y luego me retire a dormir, le notifique al teniente, el me dijo que la iba a atender y que ella se retiraría posteriormente, me pareció extraño el cambio de guardia como le dije anteriormente porque es algo que no puede ser alterado, el la cambio con Cayama Isturiz. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRUBLICA MARIA MUDARRA, Respondió: “ Yo ocupaba el cargo de jefe de Policía Naval mi función era adiestrar a los policías navales , personal de guardia, yo no tenia llaves directamente, el único que tenia la llave el parque de armas era el el Jefe de la Guardia, eran seis oficiales que rotaban, eran jefe de guardia, el Teniente Cavalieri, el Teniente Herrera, el Teniente Ferrer, el Teniente Morales, otros que no me acuerdo, el Teniente Ferre Molleja era el custodio del Pañol de Municiones y el Comandante, si le digo que existían otras llaves miento, el jefe de la guardia tenia las llaves del parque de armas, el ciudadano mayora creo que montaba guardia en los cuartos , en cuanto a la custodia de la droga, no tengo conocimiento, si tenia la custodia de la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “Creo que en el momento de la entrada de la droga, participe con unos policías navales, eso se guardo en el parque de armas dentro de este en el pañol de municiones específicamente, creo que fue el alto mando militar quien da la orden para guardar la sustancia en el pañol de municiones, en el local donde se guardo la droga, hay una puerta maciza , esa llave la debía tener el comandante y para la entrada al parque la tiene el jefe de la guardia, creo que si tenia un precinto con un serial, creo que si, no tenia acceso al de la droga, pero a la del parque, El teniente Ferrer Molleja era el custodio, pero no se si entro, no tengo conocimiento si se hizo alguna inspección, si hay la revisión de los vehiculo el que entra debiendo abrir la maleta y también el que sale también, ese es el deber ser, si se hizo la revisión del vehiculo, eso se quedo con el policía de naval quien debe decir que se debió haber revisado el vehiculo, yo llegue ver a la novia del teniente manejar el vehiculó tipo yaris, la moto supuestamente la compro el teniente, eso fue lo que el me dijo, que yo sepa no lo vi extraer nada. A preguntas realizadas por el ciudadano CAVALIERI. Respondió: Recuerda usted donde me encontraba yo. No recuerdo muy bien, no se si estaba en la escuela de postgrado. Útil y pertinente por cuanto con su declaración se evidencia que el Teniente Cavalieri, cambio una guardia lo cual le pareció extraño porque no puede ser alterada, además que tenia conocimiento que el teniente usaba varios vehículos, que primero llevo un Yaris, después llevo una camioneta 4X4 y por ultimo una motocicleta, que el teniente Cavalieri le dijo que el carro era de su novia, la camioneta de su suegro y la motocicleta la adquirió por el Ipsfa, donde se lleva la caja de ahorro y prestamos jubilaciones de los militares; que la novia del Teniente Cavalieri lo visito en horas nocturnas; que siempre revisan los vehículos que entran y salen del Comando, información que nunca fue debidamente corroborada por el Órgano que realizo la investigación.

La declaración del ciudadano RIVAS BURGOS FRANK CARLOS, titular de la cédula de identidad N° 15.578.419, de profesión u oficio Jefe de transporte de infantería, con un tiempo de servicio de 10 años de servicios, siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “Era plaza de la estación de guardacostas, cuando se detecto el faltante, fuimos entrevistados y traslados al comando antidroga, es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: Para el año 2002, yo era adjunto al cargo de personal, tuve conocimiento de la incautación, nos enteramos que era una embarcación de guardacostas, tenia dos puertas una reja y una puerta de metal con cerradura, si en varias oportunidades cuando se realizaban los honores a las 7:30, se abría la puerta, no se exactamente donde se encontraba, pero si que se encontraba ahí. Pero no en un lugar específico, durante el tiempo que estuve ahí los jefes de la guardia le entregaban el armamento a uno, yo escuche sobre la sustracción de la sustancia, yo no observe a nadie con evidencias, no vi a nadie con sustracción de evidencias, yo me encontraba de vacaciones. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PRUBLICA MARIA MUDARRA, respondió: “¿a qué distancia se encontraba usted en relación donde se encontraba la sustancia?, aproximadamente a 100 o 150 metros, es el deber ser la revisión de los vehiculo, me imagino que existe un manual o instructivo de donde se encontraba la droga, desconozco, había una tropa de guardia, todos los días había uno diferente como jefe de guardia, No vi a ciudadano mayora sustraer nada, solo sus útiles personales. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió: “El procedimiento de entrada y salida de vehiculo se le notificaba al segundo comandante y el lo autorizaba por radio, y la orden de salida de vehículos igualmente, todos los vehículos se revisaban. Ese procedimiento se hacia, al único que no se le revisaba el vehiculo era al comandante de la unidad, al Capitán de Fragata Luís Alberto Morales, el custodio de la sustancia era Ferrer Molleja, el tenia el cargo de Jefe e Operaciones, el tenia el resguardo de la sustancia, por lógica esa custodia la tenían el Jefe de Operaciones y el teniente de fragata Ferrer Molleja, las llaves las tenían el oficial de guardia que sacaba el sable, no se quien entraba donde se encontraba la sustancia, si se saco cuando se extravió el material para contarlo, lo sacamos para el parque de formación y luego lo guardamos en el mismo lugar, ¿ Usted fue promovido en virtud que tiene conocimiento del modo tiempo y lugar como se sustrajo la sustancia, tiene usted conocimiento de esto? Respondió: No, es falso no tengo conocimiento que el teniente cavalieri haya sustraído algo. UTIL Y PERTINENTE por cuanto señala claramente que NO TIENE conocimiento del modo, lugar y tiempo en que SUPUESTAMENTE los acusados sustrajeron la sustancia, tal como lo afirma el Ministerio Publico en su escrito acusatorio, por el contrario señala que no tiene conocimiento que el teniente Cavalieri o el ciudadano Mayora hayan sustraído algo, solo sus útiles personales; Que al único que no se le revisaba el vehículo era al comandante de la unidad, al Capitán de Fragata Luís Alberto Morales.

La declaración del ciudadano PAYEMA MORILLO RAFAEL SIMON, titular de la cédula de identidad N° 8.949.497, se encuentra a la orden de la comandancia general, con un tiempo de servicio de 18 años y 9 meses, siendo impuesto del contenido de los artículo 242 y 245 del Código Penal vigente. Acto seguido manifiesta al tribunal el motivo de su comparecencia y expone: “ En el año 2001, pertenecía con el cargo de Jefe de Radio, no recuerdo muy bien se que se realizo dos procedimientos en altamar, dos patrullas que estaban adscritas a la unidad, se determino que esa droga fuese puesto en la comandancia de custodia en la estación de guerra, no recuerdo la cantidad, posteriormente en agosto de 2002, se iba a efectuar un cambio de comandante y se ordeno una inspección al parque, ese es un lugar donde se guarda el armamento de guerra, para el momento e la inspección de detecto un faltante de ese material y comenzaron las investigaciones correspondientes. Es todo”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, respondió: “Si recuerdo el lugar que se destino para el cuido de la evidencia fue el parque de armas, se que fue en agosto ese mismo día se detecto el faltante, es correcto, el segundo día o tercer día del faltante al personal los aislaron del lugar, recuerdo que el Capitán de Navío Luís Alberto Morales estaba entregando el mando y o recibía el Capitán Camarata, en cuanto a las seguridades, creo que tenia una alarma sonora, y si tenia unos precintos, habían un subalterno como custodia de ese material era el teniente e fragata Ferrer Molleja, tengo entendido que el mencionado se encuentra como desertor de la institución, si el teniente cavalieri ingresaba cuando se iba a realizar el cambio de guardia, no se como es ese lugar, nunca entre a ese lugar, si me entere que se perdió, la reacción del comandante fue llamar al oficial que estaba en custodia y los que estaban designados para la inspección, estaba el capitán, posteriormente el comandante ordeno formación general e informo que se evidencio perdida de una parte de un material que se encontraba en custodia, el teniente cavalieri si había ingresado para el cambio de guardia, pero no al pañol de municiones, al momento de salir de esta estación todos eran revisados sin excepción. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, respondió: “Las llaves las tenia el comandante de la unidad Luís Alberto Morales, no tengo conocimiento, no tengo conocimiento si se realizo alguna inspección, esa no es mi área de responsabilidad, el señor mayora para ese entonces era tropa alistada y era auxiliar en el área de seguridad, no recuerdo exactamente. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PÚBLICA DRA. INGRID LORENZO, respondió:“ Mi función para el año 2002 era Jefe de la estación de radio, no recuerdo donde estaba el teniente Cavalieri para el año 2002, no recuerdo si estaba en la escuela de postgrado, el procedimiento que se realizo para el ingreso de vehiculo al personal era la revisión interior y exterior el mismo en el ingresó y el egreso de la unidad, no puedo ser fehaciente en eso, no esta dentro de mi área de responsabilidad, si se que se realizaban, no estoy cerca del pañol de municiones, pero para el servicio de guardia se hace la formación y se evidencia al personal que entra y sale, para el lugar donde se encontraba la droga, tenia acceso Ferrer Molleja quien fue designado como el custodio, fue designado por Luís Alberto Morales , no se si tenia llaves, no sabría decir cuantos cumplían guardia eran cinco o seis, no se si llevaban registros, no vi al teniente Cavalieri, sacar bolsas o paquetes. A PREGUNTAS FORMULADAS por el ciudadano CAVALIERI, Respondió: Usted me vio a mi sustraer la droga?, Respondió: No. 2.- Yo era el custodio de la Droga?. Respondió: No. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto señala claramente que NO TIENE conocimiento del modo, lugar y tiempo en que SUPUESTAMENTE los acusados sustrajeron la sustancia, tal como lo afirma el Ministerio Publico en su escrito acusatorio; Que no VIO al Teniente Cavalieri sacar bolsas o paquetes.

La declaración de la ciudadana TORO VIELMA ADCHELL HAYDEE, en su carácter de Experto Químico adscrita a la Guardia Nacional, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.763.450, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, de la siguiente manera: ”Con la practica de la experticia se evidencia que fue colectada en el deposito de evidencia de un puesto de la armada, en el que yo participe en la inspección ocular desde que se apertura hasta la colección de muestras, de acuerdo a lo descrito la colección de muestras consiste en la individualización de la evidencia que en este caso en particular fueron 35 sacos y los mismos a su vez contenían 787 panelas distribuidas en los mismos y envueltos en material sintético, se determino su peso en una balanza y en el acta de colección de muestra se determino el peso de cada bulto en kilos, una vez verificadas las panelas se les realizo el análisis por medio de muestras de orientación, con el reactivo usado para estos tipos de sustancias dando el mismo una coloración azul dando como resultado positivo de cocaína en forma de clorhidrato para 786 panelas y negativo para la panela numero 787 con un 80 por ciento de pureza, finalizando con el embale de la evidencia y quedando esta en resguardo en dicho deposito.- Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, contesto entre otras cosas lo siguiente: “1.- En un depósito de la armada.- 2.- Si de acuerdo a la experticia practicada 786 panelas eran cocaína en forma de clorhidrato y la ultima signada con el numero 787 resulto no ser.- 3.- El objetivo nuestro era la colección de la muestra y las características exactas del sitio donde se encontró.- 4.- Vías de acceso con puertas y candados en las mismas.- 5.- Era un deposito con mecanismos de seguridad.- 6.- Si reconozco la firmas plasmadas en actas de experticia química e inspección ocular como mías, así mismo ratifico ambos contenidos”. Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA entre otras cosas responde lo siguiente: “1.- Los mecanismos de acceso no tenían signos de violación alguna.- 2.- Los mecanismos de seguridad eran una cerradura cisa y dos candados.- 3.- Ratifico todas las partes que conforman la experticia”. Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, entre otras cosas responde lo siguiente: 1.- No nos percatamos de si habían signos de violencia.- 2.- Las muestras estaban en los depósitos de evidencias, recuerdo que era adyacente a un estacionamiento.- 3.- No recuerdo la fecha pero en el acta al leerla tiene fecha 09 de Septiembre del año 2002.- 4.- Eran 35 sacos donde estaban 787 panelas con un peso de 949,01 kilos y 900 gramos para la panela Nº 787 que resulto negativa.- 5.- Nosotros nos dirigimos a los lugares donde hay alijos.- 6.- 786 eran de clorhidrato de cocaína y uno no.- Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA JUEZ, Respondió: 1.- Si ciudadana Juez esas eran dos embarcaciones que contenían los alijos, el Ministerio Publico promovió la experticia de lo quedo luego de la sustracción.- Útil y pertinente por cuanto quedo establecido las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que realizaron la Experticia Química a la SUSTANCIA QUE SE ENCONTRO LUEGO DE LA PRESUNTA SUSTRACCION, así como la Forma en que se realizo la Recolección de muestras en el lugar de los hechos y que UNA DE LAS PANELAS no contenía droga. No siendo posible establecer LA CANTIDAD DE SUSTANCIA SUSTRAIDA ya que el Ministerio Publico no promovió la o las Experticias realizadas a la sustancia para el momento de proceder a dejarla en resguardo y custodia en el Comando de Guardacostas, es decir, NO se puede asegurar que se haya sustraído sustancia alguna, por cuanto no se estableció qué era lo que había, en el pañol de municiones ya que ninguno de los testigos ha señalado con exactitud dicha cantidad.

La declaración por segunda vez del ciudadano MORALES LUIS ALBERTO, en su carácter de Capitán de Navío, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.008.044, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Se presenta en el mes de Agosto del año 2002, cuando se levantan unas actas relativas y personal del comando donde se evidencia que había una falta de 763 panelas de presunta droga perteneciente a una embarcación de nombre Carolina.- Es todo.- A PREGUNTAS REALIZADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, respondió entre otras cosas lo siguiente: 1.- Era para ese momento comandante del guardacostas de la Guaira.- 2.- La administración del mando de la unidad.- 3.- Este era el 3º procedimiento que se hacia de custodia de embarcaciones con droga.- 4.- Del estacionamiento al local hay una distancia de 15 metros.- 5.- Una sola persona tiene acceso a ese lugar y si había necesidad de entrar otra persona se convocaban a varios oficiales para el momento de los hechos el encargado era el teniente de Navío Molleja.- 6.- Yo entro al pañol de armas saco el armamento y municiones y nadie mas tiene acceso.- 7.- El oficial de guardia tiene acceso al lugar.- 8.- Se sello el lugar con una cinta y una media firma del custodio.- 9.- Tanto como mi persona como el guardacostas y los comandantes estábamos de acuerdo que ese local no era seguro para que ese material estuviese guardado.- 10.- Había un libro de control y se le avisaba a un oficial.- 11.- Recuerde que ese es un muelle naval donde transitan muchas personas.- 12.- Ese día había un sargento y dos individuos de tropa.- 13.- Si a veces por amistad se abría la bascula como a veces se revisaba.- 14.- Yo cuento armamento por armamento y verifico los seriales de los mismos.- 15.- Cuando abrimos el local observamos que todo estaba movido e inclusive habían paquetes en el piso.- 16.-Se designo al comando antidrogas de la Guardia Nacional para que instruyera el expediente.- 17.- Una cerradura con una llave.- 18.- Una sola llave.- 19.- Todos los oficiales subalternos de la unidad.- 20.- El oficial Cavalieri si era custodio de la unidad para el momento.- 21.- El comandante, segundo comandante, jefe de operaciones y de departamento.- 22.- El señor Cavalieri era comandante de una embarcación.- 23.- Si en la mañana se revisa por el oficial de guardia y se verifica que este contado todo el armamento.”- A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, entre otras cosas responde lo siguiente: “1.- Si tenia a Ferrer Molleja como custodio de la droga y yo lo designe.- 2.- No se podía ingresar si el custodio no se encontraba.- 3.- Por que cuando vino el comando de antidrogas de la Guardia Nacional se hizo una experticia.- 4.- Eran varias panelas en 60 sacos.- 5.- había un procedimiento Judicial donde consta todo el procedimiento de la guardia.- 6.- Yo no afirmo que el material encontrado era droga lo afirma la experticia.- 7.- Tenia un sello.- 8.- Desde el 29-08-01 no se realizo inspección alguna.- 9.- No tengo conocimiento de que los sellos fueron removidos.- 10.- La orden es revisar todos los vehículos.- 11.- En mi condición de comandante se me revisa la maleta unas veces si y otras no.- 12.- Uscategui nunca tuvo custodia de la droga ni las llaves del local.- Es todo”. A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- Si hay una caja fuerte.- 2.- Se guardan cosas pequeñas como documentos.- 3.- Si solicitamos a los tribunales que destruyeran ese material.- 4.- Siempre desde el ingreso de esa sustancia yo fui el comandante.- 5.- García Ovide fue supervisor de los dos cargamentos anteriores.- 6.- Siempre el local tuvo la misma llave.- 7.- No se donde permanecía la llave cuando el se retiraba.- 8.- de 7:30 a 4:30 todos los días.- 9.- El procedimiento se estableció con el Ministerio Publico y fue el fiscal quien ordeno la custodia de la misma.- 10.- El horario mió es mas exigente.- 11.- No recuerdo si las instrucciones del Ministerio Publico quedaron por escrito.- 12.- Según la experticia todos eran droga.- 13.- yo estuve como comandante dos años y dos meses.- 14.- Yo rendí declaración en el comando antidrogas de la Guardia Nacional y claro que dije la verdad.- 15.- No recuerdo pero creo que eran mas de seis oficiales.- 16.- Cuando descubren el faltante Cavalieri ya no era plaza de la unidad y no recuerdo haberlo visto en la misma.- 17.- Si ingresaban civiles al comando guardacostas.- 18.- Cavalieri nunca fue custodio de esa sustancia.- Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL RESPONDIO entre otras cosas lo siguiente: “1.- Ovide fue transferido una vez que se saco una parte de la droga para ser quemada.- 2.- EL pudo haber regresado.- 3.- El mecanismo quedo exactamente igual que antes.- 4.- Puede ser que Ferrer coloco otro color cuando se saco una parte y si así fue se debe haber dejado constancia en los libros y no lo hizo.- 5.- Si el oficial de guardia registra el termómetro.- 6.- Tengo seis años que no entro a ese local.- 7.- El jefe de operaciones tiene a su cargo toda la parte operativa.- 8.- Y también tenia la llave. UTIL Y PERTINENTE por cuanto quedo establecido el procedimiento que se llevo a cabo para resguardar la sustancia incautada, es decir que existía un custodio de la sustancia, el cual fue designado por el ciudadano LUIS ALBERTO MORALES en su condición de Comandante de la Estación; el mismo asegura que había una sola llave de la puerta de ingreso al panol de municiones, contrariando lo señalado por la mayoría de los testigos; contraria lo señalado por los expertos del Laboratorio Central de la Guardia Nacional al asegurar que todas las panelas contenían droga; Señala que nunca se realizo una Inspección al Pañol de Municiones contrariando lo señalado por los ciudadanos EDGAR MARQUEZ, RIVAS WILMER Y RONALD AGUILAR.

La declaración del ciudadano SILVA HERRERO ABIMANUEL MARTIN, en su carácter de Capitán de Corbeta, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.064.125, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ”En la fecha de los hechos ya yo había sido transferido de esa unidad y me encontraba en la Orchila.- Es todo.- Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, respondió entre otras cosas lo siguiente: “1.- Yo fui plaza del Guardacostas la Guaira.- 2.- Cuando fuimos llamados yo estaba en la escuela de postgrado de la armada.- 3.- Yo fui oficial jefe de la Guardia.- 4.- Si por que hay esta el armamento de la unidad.- 5.- Yo al cuarto donde estaba la droga no tenia acceso.- 6.- En la puerta había teipe de plomo.- 7.- Yo entregaba el local al oficial de guardia y que el teipe estuviera en su lugar.- 8.- No recuerdo quien tenia acceso al lugar.- 9.- Había que solicitar permiso al jefe de la estación.- 10.- Dentro del pañol se llevaba un inventario del armamento.- 11.- la norma es que cuando se va a una unidad distinta se presenta ante la autoridad mas antigua.- 12.- las funciones que se asignen.- 13.- Yo ingrese a la unidad de guardacostas en el año 99.- 14.- Si tuve conocimiento de esa incautación en el carolina y que la droga fue guardada en el pañol de municiones.- 15.- Yo pasaba revista de la unidad y del parque de armas y de que los sellos no fueran violados.- 16.- No recuerdo quien era el custodio de ese lugar. A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, entre otras cosas responde lo siguiente: “1.- Era una puerta de hierro, con una cerradura, dos candados y una alarma.- 2.- la puerta y los sellos.- 3.- No recuerdo si el teipe fue removido.- 4.- No recuerdo quien era el custodio de la droga.- 5.- El jefe de guardia.- 6.- el comandante era el responsable de las llaves.- 7.- Si había mas de una llave.- 8.- mayora era policía Naval de la estación.- 9.- Se pasaba revista aleatoriamente al azar.- 10.- Mayora que yo recuerde nunca fue responsable de esa droga”. Y A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, entre otras cosas responde lo siguiente: “1.- En Julio del 2000 fui transferido.- 2.- Los oficiales asignados a la estación o jefes de buque eran entre 5 o 6 personas.- 3.- Si teníamos acceso al local.- 4.- No tenia llave de donde estaba la droga.- 5.- El comandante tenia una llave la otra no se.- 6.- El jefe de operaciones era el teniente Molleja.- El que recibía y entregaba la guardia entraba al local.- 7.- No recuerdo si en ese local había.- 8- El teniente Cavalieri estaba realizando curso de postgrado.- 9.- Hay no habían garitas.- 10.- Yo no tuve conocimiento de que cavalier haya sacado esa droga”. Y A PREGUNTAS REALIZADAS por el acusado Cavalier responde lo siguiente: “1.- Cuando sucedió el hecho nos encontrábamos en la escuela de postgrado.- 2.- Nunca tuve novedad del precinto”. Y A PREGUNTAS DE LA JUEZ DEL TRIBUNAL, responde lo siguiente: “1.- Los civiles eran apoyo de la unidad.- 2.- Reuniones de auxiliares de guardacostas.- 3.- Para entrar a la unidad tiene que tener autorización”. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto señala claramente que NO TIENE conocimiento del modo, lugar y tiempo en que SUPUESTAMENTE los acusados sustrajeron la sustancia, tal como lo afirma el Ministerio Publico en su escrito acusatorio.

La declaración del ciudadano REVERON USCATEGUI REHTSE ALBERTO, en su carácter de Teniente de Navío, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.942.177, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Eso fue en el año 2001, era una embarcación a la que se le hizo un registro y se encontró Cocaína se traslado hacia el guardacostas de la guaira y al hacerle las experticias resulto ser cocaína de alta pureza de ahí quedo en el deposito de la unidad y el 28-12-01 fui transferido de la unidad.- Es todo.- Y A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, respondió entre otras cosas lo siguiente: “1.- En el parque de armas.- 2.- Solo tenia acceso para ese momento Ferrer Molleja y el comandante.- 3.- En ese momento eran dos candados y una alarma que tenias como 10 o 15 segundos para desactivarla.- 4.- Eran dos juegos de llaves.- 5.- el oficial de guardia y el comandante.- 5.- Yo chequeaba que los precintos estuvieran sin novedad.- 6.- El local no era muy grande de lado izquierdo se encontraban los fusiles una alarma y enfrente el pañol de municiones.- 7.- Yo estuve una vez de guardia y sacaron una parte por que la iban a incinerar.- 8.- Yo me fui en Diciembre del 2001.- 9.- En Agosto me fui de curso a la Escuela de Postgrado y de hay me llamaron.- 10.- A las 7:30 se releva la guardia y se hace el conteo de las armas y se revisan los precintos.- 11.- Candados y llaves.- 12.- El custodio y el comandante son los que tienen la llave.- 13.- Por la firma se evidenciaba que nunca fue violada.- 14.- En la estación había una alcabala con un sargento y dos policías navales.- 15.- La revisión de los carros dependía del jefe. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, entre otras cosas respondió lo siguiente: “1.- Si se contaron los precintos.- 2.- Eran marrones o amarillos.- 3.- El comandante y el custodio tenían la llave.- 4.- Habría que revisar los libros.- 5.- Si alguien se ausentaba le dejaban las llaves al comandante.- 6.- Creo que aparte de las firmas estaban los sellos.- 7.- No se le revisaba el vehiculo al comandante.- 8.- Si la persona era conocida no se revisaba al custodio de la droga tampoco.- 9.- El era policía naval y luego trabajaba con cavalieri en una lancha.- 10.- El comandante tenia la custodia de la droga”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, entre otras cosas responde lo siguiente: 1.- Una llave la tiene el guardia y otra el comandante.- 2.- El custodio era Garcia y luego le entrego a Molleja.- 3.- Eran seis oficiales.- 4.- Si las funciones eran las mismas para todos.- 5.- Estábamos en la escuela de postgrado, el era comandante de un barco.- 6.- Cuando alguien va a sacar algo necesita la autorización del jefe de guardia.- 7.- El sello lo tiene el comandante en la estación de radio.- 8.- Si esa sustancia era cocaína por el dicho de los expertos.- 9.- Hubo un momento en que habían tres procedimientos”. Y A PREGUNTAS FORMULADAS por el acusado cavalieri, respondió lo siguiente: “1.- Yo era comandante de la LCM.- 2.- Siempre salimos a navegar.- 3.- Solo hacia guardia cuando los buques atracaban en la unidad.- 4.- Usted se encontraba en la escuela de postgrado.- 5.- Todos teníamos las mismas responsabilidades”. Útil y pertinente por cuanto quedo establecido, que en el año 2001, se le hizo un registro a una embarcación y se encontró presunta droga se traslado hacia el guardacostas de la guaira y al hacerle las experticias resulto ser cocaína de alta pureza quedando en el depósito de la unidad; Que no se le revisaba el vehículo al Comandante como lo han señalado varias testigos; Que estando de guardia en una oportunidad sacaron una parte de la Sustancia por que la iban a incinerar: No estableciendo cual sustancia y de que procedimientos fue Incinerada, por el contrario de lo que señala el Ministerio Publico en su escrito, al afirmar que “determinara que la sustancia que se encontraba en el interior del Pañol de Municiones es la incautada a las citadas Lanchas” es decir la Gavilona y Misalva.

La declaración del ciudadano GONZALEZ GARCIA RAUL ENRIQUE, en su carácter de Teniente de fragata, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.532.308, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Mi conocimiento para ese momento yo era jefe de ingeniería de un patrullero de guardacostas, cuando me entere de un faltante de una sustancia que había en el comando de guardacostas de la guaira. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, DR. MARCOS ALVARADO, responde entre otras cosas lo siguiente: “1.- Yo era el oficial de patrullaje de guardacostas.- 2.- Era oficial jefe de la guardia.- 3.- Velar por la protección de las instalaciones que se cumplan las guardias, lo referente a la comida y la supervisión del personal.- 4.- En la mañana al recibir la guardia se revisa el material de guerra y las municiones.- 5.- Yo no tenia capacidad para entrar al pañol de municiones.- 6.- No se veía para adentro.- 7.- No se quienes podían entrar a ese lugar.- 8.- Era una reja con su cerradura.- 9.- No recuerdo quien tenia las llaves de ese lugar.- 10.- A la salida revisan las maletas.- 11.- Informar al jefe de guardia que había ingresado alguna persona.- 12.- Esa función recae sobre el comandante”. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, entre otras cosas responde lo siguiente: “1.- Era jefe de inspección de patrullaje del guardacostas 403.- 2.- verificar el sitio de la unidad, lo relativo a las operaciones y conexiones.- 3.- Revisar el armamento y las municiones.- 4.- El teniente Valledares y no recuerdo los demás.- 5.- Desde Diciembre del año 2001 hasta septiembre del año 2003.- 6.- Ferrer era plaza de la estación.- 7.- Tenia unos candados, una cerradura y una alarma.- 8.- Se observan las armas.- 9.- No recuerdo como era la puerta.- 10.- Las instrucciones eran revisar los vehículos.- 11.- A mi me revisaban el mió”. Y A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO entre otras cosas respondió: 1.- No eso variaba.- 2.- Como entre seis personas.- 3.- No vi a nadie ingresar a ese local.- 4.- Yo las veces que he rendido declaración he dicho la verdad.- 5.- No recuerdo si molleja ingreso al local.” Y A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL ACUSADO Cavalieri, respondió entre otras cosas lo siguiente: “1.- No recuerdo si dije algo del precinto.- 2.- Se le notifico al segundo comandante.- 3.- No recuerdo de ese precinto. No recuerdo.- Útil y pertinente por cuanto quedo establecido que la puerta del pañol de municiones tenía unos candados, una cerradura y una alarma, pero señalo no recordar nada sobre un precinto, o anormalidad en dicha puerta, es decir no ratifico lo señalado por el Ministerio Público, en su escrito acusatorio.

La declaración por segunda vez del ciudadano MARQUEZ BOLIVAR EDGAR JOSE, en su carácter de Comandante de la estación principal del Guardacostas de la Guaira, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.050.421, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Recuerdo que fui llamado por el comandante principal del guardacostas y este me informo que había sido sustraída una droga del pañol de armas menores del Guardacostas. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, respondió lo siguiente: 1.- Estaba en mi oficina en vísperas de entrega de comando de Morales a Camarata, cuando hacen el conteo el comandante noto el faltante y me llamo.- 2.- Si ya habían ingresado al pañol.- 3.- Estaba el Comandante Morales y Ferrer Molleja.- 4.- Para ingresar al área hay una puerta de metal corrugado y en la parte interna a su vez hay otra puerta y solo existe un juego de llaves que tiene el jefe de guardia hasta el momento que entrega la guardia y existe también un sistema de alarma sonora que se activa a los cinco segundos.- 5.- La evidencia se encontraba adentro de una puerta con su cerradura con llave y un precinto que bordeaba la puerta.- 6.- No recuerdo si había otro control.- 7.- Tengo entendido que había una sola llave y el responsable era molleja.- 8.- A esa área no se podía ingresar sino con autorización del comandante y se anotaba en un libro.- 9.- Diariamente ingresa el jefe de guardia en la mañana para sacar las armas y luego de introducidas se realiza el conteo de las mismas.- 10.- Se rectificaba el estado del precinto y de la cerradura.- 11.- Había un guardia constantemente fuera del parque de armas las 24 horas.- 12.- El sello esta en la estación de radio.- 13.- Hay un libro donde se apunta quien entra y quien sale.- 14.- Hay funciones especificas para los policías navales y son funciones de seguridad perimetral.- 15.- No recuerdo si lo observe el mismo día o el día siguiente.- 16.- El teniente Ferrer era el jefe de operaciones.- 17.- No recuerdo que cantidad fue lo que ingreso y lo que salio.- 18.- Si me deben haber informado el ingreso a esa área. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.- El jefe de guardia era Ferrer uno y los otros cinco no me acuerdo.- 2.- Las llaves que habían era la del parque de armas.- 3.- La llave pura el acceso al materia solo la tenia Molleja.- 4.- El anterior era Ovide antes de ser transferido.- 5.- Molleja siempre tenia la llave.- 6.- Creo que el tirro tenia una firma y un sello.- 7.- El cambio lo autorizaba el comandante debió haberse registrado.- 8.- El comandante designo a Ferrer Molleja como custodio de la evidencia.- 9.- A traves de una comunicación.- 10.- El y cinco mas tenían control de la guardia.- 11.- Normalmente se revisan los vehículos.- 12.- Mayora Uscategui jamás fue custodio de la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO Respondiò: 1.- Específicamente mi función es la administración del personal.- 2.- El jefe de operaciones para el momento era Ferrer Molleja.- 3.- El comandante lo nombro como tal.- 4.- Por lo menos una caja fuerte había.- 5.- No había otro responsable de esa evidencia que Molleja.- 6.- Molleja si realizaba guardias y tenia las llaves para entrar al parque de armas.- 7.- El sello estaba en la estación de radio.- 8.- Yo tenia vehiculo para esa fecha y me lo revisaban a veces.- 9.- Si se libraron varios oficios al ministerio Publico para que se incinerara esa droga.- 9.- Molleja como custodio debe haber ingresado al local con el comandante siempre.- 10.- Cavalieri nunca fue custodia de esa evidencia.- 11.- para el momento del faltante Cavalier se encontraba de curso en la escuela de postgrado. A preguntas formuladas por el acusado Cavalieri hace la siguiente observación: 1.- El jefe de guardia tiene la función de la seguridad integral de la estación, el cumplimiento de la rutina y la representación del comandante en su ausencia. A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- El es el responsable de las armas que se encuentran en el Pañol es una condición sine qua non del jefe de guardia.- 2.- El jefe de guardia que entrega y recibe debe realizar la inspección del parque.- 3.- El hidrómetro es una exigencia técnica.- 4.- y no recuerdo si estaba ese aparato para el momento de los hechos. 5.- El jefe de guardia debe constatar la presencia física de ese aparato siempre. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto deja claro que no estaba presente cuando abrieron el pañol de municiones, es decir el lugar donde se encontraba la sustancia incautada, tal como lo señala el Ministerio Publico; Que para el momento en que se detecto el faltante el Teniente Cavalieri se encontraba en la Escuela de Post-Grado; Que el Teniente Cavalieri y el ciudadano Mario Mayora nunca fueron custodios de la evidencia; Que no tiene claro la cantidad de evidencia que se encontraba en el pañol de municiones; Que deben haberle informado del ingreso a esa área por parte del custodio. No ratifico lo señalado por el Ministerio Publico en su escrito acusatorio.

La declaración del ciudadano MORALES RODRIGUEZ FREDDY ALBERTO, en su carácter de jefe de la división de servicios generales Ocamar , titular de la cédula de identidad Nº V- 12.461.883, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ”Lo que conozco es que en el guardacostas se encontraba un material en el pañol de armas y al momento de hacer el conteo de la misma había un faltante A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, respondió lo siguiente: 1.- Fueron los meses de Agosto y Septiembre del año 2003.- 2.- El comandante era Morales el le había entregado a Camarata y el jefe de operaciones era Molleja, como en ese momento yo lo seguía en antigüedad por que el se iba de baja al momento del conteo se noto el faltante.- 3.- Eran como 713 envoltorios faltantes.- 4.- Eran envoltorios con látex y contenían cocaína de alta pureza.- 5.- Marques Bolívar era el segundo comandante de la unidad. Habían unos precintos plásticos en la puerta y no tenían señal de violencia.- 7.- Era un local dentro del parque de armas.- 8.- Se encontraban en unas bolsas tipo sacos.- 9.- No recuerdo cuantos sacos eran mas de treinta.- 10.- Se notaban unas abiertas y otras cerradas.- 11.- En el piso había una bayoneta.- 12.- Yo solo tenia acceso al parque de armas mas no al local donde estaba el material.- 13.- La bayoneta no pertenecía a nuestro parque de armas.- 14.- Cuando se realizo el conteo yo me percate de que faltaba material.- 15.- No tuve conocimiento si había otro control.- 16.- El inventario del armamento.- 17.- No había acceso a esa área.- 18.- De acuerdo a las actas existen dos llaves una la tenia el jefe de la guardia y otra el custodio.- 19.- Si había instrucciones de revisar los vehículos.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondio: 1.- Mis funciones eran llevar el control de los buques que atracan en el lugar.- 2.- Si fui jefe de guardia.- 3.- En vista que el anterior custodio se había dado de baja.- 4.- Para el momento de los hechos ya había nuevo comandante.- 5.- Había una alarma sonora con una puerta y esta a su vez tenia dos candados.- 6.- Tenia una cerradura pasada y una cinta plástica en el borde de la puerta.- 7.- Motivado al conteo por el cambio de comandante.- 8.- Las bayonetas del parque estaban completas.- 9.- No se dejo constancia de cómo se ingreso a ese sitio.- 10.- El custodio y el comandante de la unidad.- 11.- si es una orden permanente la revisión de los vehículos sin excepción de jerarquía.- 12.- De acuerdo a la cantidad en actas faltaban 700 y tantas paquetes de droga.- 13.- Era cocaína de alta pureza.- 14.- Mayora era Policía Naval y este nunca fue custodio de la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- El comandante de la unidad me designa custodio.- 2.- La puerta tenía al precinto de seguridad y fue removido en el momento.- 3.- Esa experticia se le realizo al material sobrante.- 4.- Se hicieron muestras aleatorias.- 5.- No partencia a la unidad para el momento.- 6.- Se realizo un documento para señalar que ese recinto no era adecuado para resguardar dicho material.- 7.- El custodio era Molleja y el comandante era Morales.- 8.- Nunca hubo signos de violencia en el local.- 9.- El procedimiento era revisar que estuviera completo el armamento.- 10.- El jefe de la guardia, el de operaciones y el segundo comandante.- 11.- No tenia sello ni firma.- 12.- Fui plaza de ese comando en Abril del año 2002.- 13.- Cavalieri nunca tuvo funciones como custodio del material. A preguntas formuladas por el acusado Cavalieri, Respondió: 1.- Era comandante de una lancha A PREGUNTAS REALIZADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- Me llamo a su despacho y me notifico que yo iba a custodiar ese material.- 2.- Se hizo la verificación.- 3.- Yo sugerí la realización de la inspección física.- 4.- Si leí las actas cuando se hizo la comparación.- 5.- Ningún oficial tiene asignado fusiles.- 6.- Ferrer era el encargado de los fusiles de la unidad.- 7.- Es como un puñal.- 8.- Mis funciones entre otras era que al finalizar la revista dejar activada la alarma y colocar los candados, y verificar si se encontraba bien el precinto de la puerta.- 9.- fui custodio después del remanente.- 10.- Cuando la incautación estaba el comandante Camarata. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto deja constancia expresa que “de acuerdo a las actas existen dos llaves”; Que la experticia que se hizo fue del material restante; Que se localizo en el lugar de los hechos una bayoneta, la cual nunca fue sometida a expertica por el Órgano Investigador a los fines de determinar su procedencia; Que el Teniente Cavalieri y el ciudadano Mario Mayora, nunca tuvieron funciones de custodia de la evidencia; Que según su dicho “faltaban 700 y tantas paquetes de droga, es decir no tiene la certeza de la cantidad supuestamente sustraída, por lo que no ratifico lo señalado por el Ministerio Publico en su escrito acusatorio.

La declaración del ciudadano GOLINDANO CORASPE CARLOS GREGORIO, en su carácter de Coronel de la Guardia Nacional, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.911.909, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Ratifico como mía la firmas plasmadas en la inspección ocular y la colección de muestras, estuve presente en el comando de guardacostas nos dirigimos hacia el pañol de armas, donde en primer lugar no habían signos de violencia y se observaron varios sacos abiertos y se dejo constancia de la cantidad de sacos y luego se levanto la respectiva acta.- Es todo.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, Respondió: 1.- Yo fui comisionado por Páez Cabrera por una solicitud del Ministerio Publico donde solicito una comisión para el comando de guardacostas, para realizar averiguaciones de una droga que se había extraviado en el parque de armas.- 2.- El sargento Sánchez y el funcionario Ramón Caicedo.- 3.- Nos constituimos en el sitio acompañados de los oficiales que tenían la llave.- 4.- Cuando un cambio de mando fue que se extravió la droga y las llaves al parecer las tenia el Teniente Cavalier y Ferre Molleja.- 5.- Ferrer me permitió el acceso al lugar.- 6.- Habían una gran cantidad de sacos esparcidos y unas panelas en el piso.- 7.- Ese sitio disponía de una alarma y os puertas y luego adentro había otra puerta.- 8.- En la entrada había un cuaderno muy expuesto que no garantizaba nada y además tenia hasta las hojas desprendidas.- 9.- Los soldados del lugar siempre indicaban que el teniente Cavalieri siempre salía del lugar con unas bolsas y en actitud sospechosa.- 10.- Se me informo que habían evidencias de embarcaciones distintas.- 11.- Aproximadamente 2000 kilogramos y que se habían desparecido 700 kg de la droga.- 12.- Los precintos de los sacos fueron cambiados.- 13.- Si se observo una bayoneta de un fusil en el suelo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondio: 1.- Ambas puertas no presentaban violencia.- 2.- al abrir la puerta observamos que los sacos estaban desorganizados y algunos estaban vacíos.- 3.- El comandante de la unidad y calatrava.- 4.- El oficial de operaciones tiene el control del parque de armas, pero la llave la tenia supuestamente Ferrer.- 5.- En ningún momento me manifestaron que se haya extraviado la llave.- 6.- Por que según información habían 2000 kg y se perdieron 700 kg.- 7.- Pero no lo vi en actas.- 8.- En el parque no había ningún libro.- 9.- Una de las muestras resulto ser talco. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- La puerta estaba cerrada y tenía una alarma conectada al entrar, pero en el segundo cuarto fue que detectaron los sacos vacíos.- 2.- No había ningún documento que acreditara la existencia de los sacos.- 3.- La inspección ocular la hice con el maestre Colmenares y Caicedo.- 4.- Ferrer abrió y se retiro.- 5.- Morales no estuvo presente. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- Como a los dos días me comisionaron a mí para iniciar la investigación.- 2.- Ferrer el oficial de guardia y los tres antidrogas.- 3.- Ferrer abrió la puerta y detecto la bayoneta en el suelo y los sacos desordenados. 4.- No había acta que reposara en el sitio e indicara lo que había. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto se establece el tiempo que pasó desde el momento en que fue descubierto el faltante y el momento en que comisionaron al Comando Antidrogas para llevar a cabo la investigación; Que no había ningún documento que determinara la cantidad de sustancia que había, antes de la supuesta sustracción, ni la cantidad de sacos en los que supuestamente se encontraba; Que no se verifico violencia alguna en las puertas del lugar donde se encontraba la evidencia; Que en una de las panelas, se encontró talco, es decir no todas las panelas eran droga; Que se encontró una bayoneta y no se realizo la investigación correspondiente para verificar su procedencia.

La declaración del ciudadano DONALD ALEXANDER ROSSE ROMERO, en su carácter de Teniente de Navío, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.644.810, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Lo único que puedo decir es que yo fui llamado de la escuela de postgrados para que me trasladara a la estación de guardacostas en vista de la perdida de una droga, siendo interrogados por la policía Naval y la Guardia Nacional.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, respondió: 1.- Estuve en el guardacostas 1 año y 2 meses.- 2.- Yo fui instructor de uno de los expedientes de la embarcación llamada Carolina.- 3.- Fue depositada dentro del pañol de municiones.- 4.- Si estuve presente cuando se ingreso la evidencia al pañol.- 5.- Entraba el oficial que entregaba y el que recibía, se verificaban las armas y se revisaba el precinto de la puerta.- 6.- No se evidencia violencia alguna en ninguna de las puertas.- 7.- El pañol de municiones tenia dos llaves, una la tenia el jefe de operaciones y la otra el oficial de custodia.- 8.- El dictamen arrojo cocaína de alta pureza.- 9.- Se envolvieron en emvoplast y se les coloco un nombre.- 9.- Cuando me entere estaba en la escuela de post grado.- 10.- Había una cerradura, dos candados se desactivaba la alarma y luego otra puerta para entrar al pañol.- 11.- Yo pernoctaba en mi casa. Era policía Naval Raso.- 12.- Mientras yo estuve en la estación Mayora tenia 3 o 4 meses.- 13.- Solo se revisaban vehículos que no eran del lugar.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.- Cintas no recuerdo el material.- 2.- Fue cambiado cuando se realizo la incineración de una parte.- 3.- 2 llaves existían del pañol.- 4.- Una la tenia Ferrer y otra el comandante.- 5.- Yo ingreso en Agosto del 2000.- 6.- Eran alrededor de 1300 kg.- 7.- Yo evidencia el ingreso de lo incautado a la embarcación Carolina.- 8.- Se revisaban los vehículos.- 9.- No tengo cocimiento si mayora fue custodio de la droga. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- Si tengo conocimiento que se incinero una parte.- 2.- Ferrer tenia una llave y la otra el comandante.- 3.- Había veces en que Ferrer tenia las dos llaves.- 4.- Cavalieri se encontraba con nosotros en la escuela de postgrado.- 5.- Tenia tirro de embalar y abajo unas firmas del custodio.- 6.- No tengo conocimiento de que Cavalieri haya sido custodio de la droga.- 7.- Los vehículos eran revisados.- 8.- El vehiculo del comandante no se revisaba.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- Si vi el resultado incautado en el Carolina eran 1500 Kg.- 2.- Fue incinerado una parte pero de un material anterior.- 3.- Tenia 9 meses en la estación cuando la incautación del Carolina.- 4.- No recuerdo si Ovide llego a ser Custodio.- 5.- Tenia una cinta de embalaje y por debajo tenia las firmas de los custodios.- 6.- Al sacar la evidencia para incinerar se quedo todo igual.- 7.- Cuando el material del Carolina entro al pañol no estaba en sacos. UTIL Y PERTINENTE por cuanto el declarante fue instructor de uno de los expedientes de la embarcación llamada Carolina; que el pañol de municiones tenia dos llaves, una la tenia Ferrer y la otra el Comandante; Que no se evidencio violencia alguna en las puertas del panol de municiones; Que el vehiculo del Comandante no se revisaba; Que no tiene conocimiento si el Teniente Cavalieri y el ciudadano Mayora fueron custodios de la evidencia.

La declaración del ciudadano SANCHEZ COLMENARES JOSE, en su carácter de funcionario de la Guardia Nacional del comando rural 69 del Estado Apure, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.218.434, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” ratifico la firma y el contenido de la inspección ocular como mía, Fui llamado a que me dirigiera al comando guardacostas para hacer la investigaciones de la perdida de una droga que se encontraba resguardada en el pañol de municiones, nos trasladamos y observamos unos sacos algunos abiertos y otros vacíos, hicimos las mediciones y se dejo constancia en actas.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, Respondió: 1.- Lo que había era una cinta en la puerta y una cerradura.- 2.- La inspección la realizamos Ferrer, un teniente, otro oficial, Caicedo y yo.- 3.- En la sala de evidencia estaban los sacos desordenados y otros vacíos.- 4.- Eran 700 kg algo así.- 5.- A cada saco le sacaron el peso y la cantidad.- 6.- El resultado fue especifico para cada uno era cocaína.- Es todo.- Seguidamente interroga la defensa Publica DRA. MARIA MUDARRA, quien entre otras cosas responde lo siguiente: 1.- Un cilindro de la puerta principal.- 2.- No se encontraron signos de violencia.- 3.- Yo ratifico la presente acta.- 4.- El capitán de navío para la época era el jefe de operaciones.- 5.- El encargado de la droga era Ferer Molleja.- 6.- Que existían bastantes sacos abiertos y estaba todo desordenado.- 7.- No recuerdo cuanto fue la totalidad pero ratifico el acta.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- La inspección es de fecha 9 de Septiembre.- 2.- Desde que nos designaron de insofacto estuvimos allá.- 3.- El teniente era el que estaba pendiente de nosotros.- 4.- Si había una cinta de seguridad en la puerta del pañol.- 5.- En el cambio de guardia fue que se detecto la novedad.- 6.- Había una bayoneta pero yo no la vi.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR el Imputado CAVALIERI, Respondió: 1.- a nosotros se nos informo que dentro del pañol se encontró que habían unos sacos vacíos y la bayoneta también.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ, Respondió: 1.- El Ministerio Publico coordino con un general y este a su vez nos designo para hacer la inspección ocular en el guardacostas.- 2.- Tengo conocimiento por el comandante de la unidad que se consiguió una bayoneta, pero yo no la vi.- 3.- Si contaminaron el lugar del hecho. UTIL Y PERTINENTE por cuanto se evidencia que el lugar de los hechos fue contaminado, es decir, no se preservo el mismo y no se siguieron los procedimientos indicados.

La declaración del ciudadano CARRASQUEL MORENO ROXWELL ALFREDO, en su carácter de Maestre de segunda jefe de inspecciones del guardacostas de Punto Fijo, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.085.308, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Yo cuando me entere del presente hecho no me encontraba en esa unidad, en Septiembre Octubre me mandaron a llamar del guardacostas y fue que me entere de lo sucedido.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, Respondió: 1.- Tuve conocimiento que había droga de tres casos distintos.- 2.- Era una droga.- 3.- Era cocaína.- 4.- De forma sólida.- 5.- Había un cuaderno donde se anota la persona que ingresa al parque.- 6.- El encargado era Ferrer Molleja y del pañol de municiones era el comandante y el jefe de operaciones.- 7.- Tenia tres cerraduras y una alarma.- 8.- El jefe de guardia de turno.- 9.- En la puerta se coloco la cinta adhesiva y tenia unos sellos húmedos de la unidad.- 10.- Yo para elaborar mi informe estaba con Ferrer Molleja y nunca vi nada anormal.- 11.-El auxiliar era adjunto al oficial.- 12.- a las 8:00 Am, a la hora de los honores y a las 24 horas.- 13.- Ferrer y yo trabajáramos en la misma unidad.- 14.- Si conozco a Cavalieri.- 15.-Mientras yo estuve ahí nunca hubo déficit.- 16.- Si recuerdo haber declarado en antidrogas.- 17.- Cavalieri entraba al parque cuando estaba de guardia.- 18.- Yo estaba encargado de los tramites administrativos del armamento y las municiones.- 19.- Existían dos (2) llaves del pañol de municiones, una llave la tenia Ferrer Molleja y la otra en un sobre lacrado la tenía el Comandante Morales.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO. El cabo Eddymel Fermín, me informo de una irregularidad en el Parque de Armas y yo se la comunique al Teniente Ferrer Molleja, quien era el jefe de operaciones y custodio de la sustancia que se guardaba como evidencia, él procedió a quitarle los precintos de seguridad a la puerta autorizado por el Comandante, a los fines de realizar una Inspección al pañol de municiones, pero todo estuvo sin novedad, según el reporte del teniente Ferrer Molleja. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.- Los jefes de guardia mas los comandantes.- 2.- El comandante y Ferrer Molleja.- 3.- Las llaves de la puerta y el precinto de alrededor.- 4.- Siempre se revisaba el vehiculo pero no al comandante.- Mayora fue camarero de nosotros y nunca custodio la droga.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- En el local tengo entendido que habían tres casos distintos.- 2.- Yo digo que era cocaína por que era lo que se manejaba.- 3.- Los oficiales de guardia eran como 12 o algo así.- 4.- El sello es responsabilidad del jefe de comunicaciones.- 5.- Yo realizaba reportes mensuales, bimestrales y semestrales.- 6.- Todos los que entraban en el parque quedaban registrados en un libro.- 7.- Si se recibe algún armamento el comandante da las ordenes si es de noche.- 8.- Cuando el comandante salía yo no le revisaba el vehiculo.- 9.- Cavalieri nunca tuvo la llave del pañol de municiones.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ, Respondió: 1.- Pegamos un tirro con los sellos.- 2.- Ferrer y el jefe de la Guardia ingresaban al parque.- 3.- Lo de la bayoneta me lo dijeron después. UTIL Y PERTINENTE, por cuanto se evidencia que el Teniente Cavalieri y el ciudadano Mario Mayora nunca tuvieron la custodia de la evidencia; Que no le revisaban el vehiculo al Comandante; Que existían dos llaves, una la tenia Ferrer Molleja y la otra en un sobre lacrado la tenía el Comandante Morales. Que el cabo Eddymel Fermin le informo de una irregularidad en el Parque de Armas, la cual fue reportada a sus superiores, ordenando el Comandante Morales al Teniente Ferrer Molleja que practicara una Inspección al Pañol de Municiones la cual se realizo y se reporto sin novedad, lo que contradice el dicho del Ministerio Publico en su escrito acusatorio ya que este señala que con la declaración de este ciudadano se “…determinara que ciertamente los acusados Paul cavalieri y Mario Mayora, sustrajeron la droga del Pañol de Municiones y que se encontraba bajo su custodia y cuido”.

La declaración del ciudadano MARTINEZ MORALES CARLOS, en su carácter de jefe de operaciones del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas jubilado, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.209.412, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ”Ratifico el contenido y la firma del acta presente y la misma consistió en una citación que se le libro a Mayora y el mismo compareció por motus propio.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, Respondió: 1.- Ratifico la firma y el contenido del acta. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.-Ratifico la firma y el contenido del acta. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- El mismo se presento ante la delegación por motus propio.- 2.- Nosotros lo trasladamos al tribunal.- 3.- Yo solo ubicaba a las personas.- UTIL Y PERTINENTE por cuanto se deja constancia del modo, lugar y tiempo en que se realizo la aprehensión del ciudadano MARIO MAYORA, es decir, que se presento voluntariamente, en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.

La declaración del ciudadano CAICEDO URIBE EDMUNDO ANTONIO, en su carácter de Investigador de la oficina Nacional antidrogas, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.553.121, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Si ratifico la firma y el contenido del acta, ese día llegamos al guardacostas siendo comisionado para realizar una investigación con respecto a un extravió de una droga que se encontraba resguardada en el guardacostas de la guaira, eso fue en Septiembre del año 2002, había un comandante de apellido Morales que iba a hacer entrega y no se pudo por el extravió, en la inspección observamos que faltaba una gran cantidad de droga, cuando comenzamos las investigaciones había un procedimiento que no se ajustaba en primer lugar la llave se la cambiaban entre los ofíciales pero el oficial Cavalieri tuvo la responsabilidad del contenido de esa situación y de la llave del parque, luego en las entrevistas el personal indico que Cavalieri cuando le correspondía los honores los hacia en otras partes, que hacia cambio de guardias con otros oficiales, cuando estaba de servicio entraban personas extrañas al lugar, retiraba bolsos pesados de supuesta ropa sucia, habían otras ocasiones donde los mismos soldados manifestaban que este oficial era de pocos recursos y de repente se aparecía en una moto de alta cilindrada. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. MARCOS ALVARADO, Respondió: 1.- En el interior del pañol habían varios sacos rasgados y recuerdo que Ferrer noto la diferencia.- 2.- No habían signos de violencia.- 3.- Supuestamente había una alarma desactivada.- 4.- La sala de evidencia solo tenia un precinto y una cerradura normal.- 5.- Cuando llego la comisión estaba Morales, Ferrer, la comisión, Colmenares, el segundo comandante y mi persona.- 6.- Los sacos estaban de una forma como dando la apariencia que la droga fue retirada en pocas cantidades y con calma.- 7.- Supuestamente la llave utilizada le había sido entregada a Ferrer.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.- Por la parte externa habían soldados para resguardar el área.- 2.- La puerta tenia una cerradura y un tirro.- 3.- Presentaban rasgos de haber sido cortados. -4.- Se hablo de una supuesta bayoneta encontraba en la inspección.- 5.- Yo solo apoyaba a la comisión.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- Mi presencia ahí fue apoyar la investigación como tal.- 2.- No soy técnico.- 3.- Para entrar al pañol de municiones había que entrar al parque y luego en otra puerta se entraba al pañol.- 4.- Creo que la llave la tenia Morales.- 5.- Supuestamente el custodio era Ferrer.- 6.- Los soldados señalaba a Cavalieri como responsable por haber cambiado los procedimientos de rutina, incluso los cambios de guardias.- 7.- Incluso se determino en su cuenta personal un volumen de dinero en los lapsos en que se perdió la droga.- 7.- Los soldados decían que cavalieri sacaba de una recamara unos bolsos muy pesados y que los arrastraba por el piso.- 8.- Si fue custodio a mi no me consta por que no lo vi.- 9.- Si había un precinto en la puerta de color marrón.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR el ciudadano Cavalieri, respondió: 1.- Yo no puedo certificar que usted tenia las llaves del parque.- 2.- 25 años de experiencia.- 3.- yo estoy hablando de la investigación como tal.- 4.- fue en el año 2002.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- Apoyar a la unidad antidrogas, apoyo visual.- 2.- Las medidas las realizo el maestro Colmenares.- 3.- Nunca tuve a la vista la experticia del faltante.- 4.- también realice entrevistas.- UTIL Y PERTINENTE por cuanto se evidencia que la labor del declarante se baso en apoyo a la Unidad Antidrogas, solo apoyo visual; Que nunca vio la experticia de la totalidad de la sustancia; Que realizo las correspondientes entrevistas donde supuestamente algunos soldados señalaron que el Teniente Cavalieri sacaba bolsos muy pesados y los arrastraba por el piso; Que supuestamente se determino en la cuenta personal de Cavalieri un volumen de dinero en los lapsos en que se perdió la droga, PERO NO FUE PROMOVIDA NINGUNA PRUEBA QUE CERTIFIQUE QUE ESTE DICHO ES CIERTO, es decir se debe entender que son meras conjeturas del declarante, ya que no consta que ello sea cierto o que se haya realizado una investigación al respecto.

La declaración del ciudadano TREJO JULIAN SILVEIRO, en su carácter de Sargento Mayor de Segunda, técnico en audiometría y enfermero en el hospital Naval de Puerto Cabello, titular de la cédula de identidad Nº V- 08.618.399, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal y 341 del Código Orgánico Procesal Penal, quien expuso el conocimiento que tenía acerca de los hechos, que hoy se debaten: ” Yo regrese de vacaciones, en eso me dijeron que no saliera mas por que se había extraviado una droga que se encontraba en el parque de armas. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, Respondió: 1.- Si estuve Destacado en el Guardacostas de la Guaira desde el año 2001 al 2002.- 2.- Si tuve conocimiento de la sustancia incautada en la embarcación de nombre Carolina.- 3.- Se encontraba resguardada en el parque de armas.- 4.- Solo se que las personas que tenían acceso al lugar eran los oficiales jefes de la guardia.- 5.- Yo hacia Guardia en el Portalon.- 6.- Si la orden era chequear todos los vehículos.- 7.- También se les revisaba a los oficiales menos al comandante Morales.- 8.- A los oficiales subalternos si se les revisaba.- 9.- Si conozco al teniente Cavalieri.- 10.- A veces llegaba en vehículos a veces a pie.- 10.- Si se le chequeaba su vehiculo.- 11.- A Molleja también se le revisaba el vehiculo.- 12.- No nunca preste servicio en el lugar donde atracan los barcos.- 13.- No escuche ningún comentario .- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. MARIA MUDARRA, Respondió: 1.- No tengo conocimiento de nada de eso.- 2.- No se quien era el encargado de ese lugar.- 3.- Lo único que se era que estaba resguardada en el parque.- 4.- Se le revisaba a todos menos al comandante y segundo comandante.- 5.- Mayora era policía Naval y creo que trabajaba con Cavalieri en una lancha que este comandaba.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA PUBLICA DRA. INGRID LORENZO, Respondió: 1.- Eran como ocho o nueve oficiales que cumplían con el rol de guardia.- 2.- Yo nunca ingrese al pañol de municiones.- 3.- Dentro del pañol de armas.- 4.- Desconozco por cuantos locales esta compuesto el parque de armas.- 5.- Esa orden la dio el comandante de la unidad Luís Morales.- 6.- Un control de entrada y de salida del personal.- 7.- Si había una novedad se asentaba en el libro.- 8.- Nunca vi a Cavalieri sacar algo indebido del comando.- A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZ DEL TRIBUNAL, Respondió: 1.- No tengo conocimiento de quien saco nada de ese lugar, yo me encontraba de vacaciones.- 2.- Cesar Guillen era policía Naval.- 3.- Su hermana lo fue a buscar una vez y yo le dije que el se había ido de baja.- 4.- La hermana de Guillén me pregunto que si el seguía viniendo al guardacostas y yo en una ocasión le respondí que no ya que se había dado de baja y esta a su vez me respondió que le extraño que el todavía se uniformaba. UTIL Y PERTINENTE por cuanto señala claramente que nunca vio ni al Teniente Cavalieri ni al ciudadano Mario Mayora, sacar algo indebido del Comando; que al Comandante Morales, no se le revisaba la maleta del carro, ni al segundo comandante.


Las pruebas testifícales se adminiculan con las pruebas documentales constituidas por Inspección Ocular de fecha 09-09-2002; Acta de Colección de muestras de la evidencia en resguardo, de fecha 09-09-2002; Experticia Química N° CO-LC-DQ-02/1347 de fecha 09-09-2002 practicada a los 35 sacos de la sustancia restantes; las cuales fueron ratificadas por los Funcionarios CARLOS GREGORIO GOLINDANO CORASPE, JOSE AVILIO SANCHEZ COLMENARES, EDMUNDO CAICEDO URIBE, ADCHELL TORO VIELMA, por ser los funcionarios que realizaron la investigación y la experticia correspondiente, dejando constancia de esta manera de las circunstancias de modo lugar y tiempo en que realizo la Inspección Ocular, la colección de muestra y la Experticia Química a la sustancia remanente.


Ahora bien, este Tribunal observa: Que de todos los medios probatorios recibidos en el transcurso del debate NO quedo establecido ninguno de los cargos fiscales, ya que los testigos promovidos por la representación Fiscal, en ningún momento pudieron señalar a PAUL CAVALIERI Y MARIO MAYORA como responsables de la presunta sustracción de la sustancia, es así como los Testigos que la Fiscalía señalo como los que determinarían que los acusados sustrajeron la droga del pañol de municiones por tener conocimiento de ello ya que los habían visto, es decir, los testigos ciudadanos Eddymel Alejandro Pérez Fermín y Roxwel Alfredo Carrasquel Moreno éstos declararon en el Juicio oral y público que eso no era cierto y que ellos Nunca dijeron eso, en el caso del ciudadano CARRASQUEL señalo que él, le comunico la supuesta irregularidad a que se refiere el Ministerio Publico al Teniente Ferrer y que este realizo una Inspección reportando que no había novedad alguna.

Por otra parte, una vez oídas las declaraciones de los Testigos promovidos, el representante del Ministerio Publico, en sus conclusiones solicito LA ABSOLUTORIA DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos PAUL MAXLUI CAVALIERI REDMUND Y MARIO ENRIQUE MAYORA USCATEGUI por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROFICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley especial que rige la materia, ya que no pudo probar la responsabilidad penal de los mismos.

Los hechos señalados por el Representante del Ministerio Público NO pudieron ser atribuidos a los ciudadanos PAUL MAXLUI CAVALIERI Y MARIO MAYORA UZCATEGUI ya que no se pudo demostrar la Corporeidad del delito y la responsabilidad penal de los mencionados ciudadanos en los hechos que se les imputó, los testigos promovidos no señalaron a los mencionados ciudadanos como autores responsables de los delitos imputados por el Representante Fiscal, por lo que no pueden ser estimadas por éste Juzgador como elemento de convicción probatorio de la corporeidad del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley especial que rige la materia, dado que no existe concordancia alguna de los medios probatorios que fueron expuestos, que hagan pensar a quien aquí decide que los acusados sean los responsables del delito que se le imputa, por lo que este Tribunal Unipersonal considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es ABSOLVER a los prenombrados ciudadanos de los cargos fiscales que fueran presentados por el Ministerio Publico al inicio de este Juicio Oral y Público. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos PAUL MAXLUI CAVALIERI, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 23-12-1976, de 31 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en: Caracas Urbanización Montalbán uno, transversal 12, residencias Italbenchi piso 03 apto 11 , titular de la cédula de identidad N° 12.419.751 y MARIO ENRIQUE MAYORA UZCATEGUI, de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 07-03-1976, de 32 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en: Sector de Montesano, calle bolívar, escalera numero 03 parte alta casa sin número, titular de la cédula de identidad N° 12.865.546, de los cargos fiscales formulados por el Ministerio Público de conformidad a lo establecido en los artículos 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se exime del pago de Costas Procesales al Estado, debido a que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en sus artículos 26 y 254 que el Poder Judicial no está facultado para exigir pago alguno y la justicia es de carácter gratuita.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, déjese copia en archivo y remítase el expediente en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución que corresponda.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO

DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO.

EL SECRETARIO

Ab. ALEJANDRO MILLAN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

Ab. ALEJANDRO MILLAN