REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas

Macuto, 20 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WL01-P-2001-000034
ASUNTO : WL01-P-2001-000034

Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión al cumplimiento total de la pena que le fue impuesta a la ciudadana MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, quien es de nacionalidad Inglesa, natural de Escocia, nacida en fecha 08 de Diciembre de 1951, de 56 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Bancaria, residenciada en la Vía a San Sebastián, Casa N° 2-B, Sector Las Majaguas del Municipio Autónomo Juan Germán Roscio del Estado Guárico y titular del pasaporte Nº 035694770.

Al respecto este órgano jurisdiccional previamente para decidir observa lo siguiente:

En fecha 03 de Mayo de 2001, el Juzgado Tercero de primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Estado Vargas, condenó a la ciudadana MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.(hoy reformada), condenándola igualmente al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, así como la expulsión del territorio de la República de la mencionada ciudadana una vez cumplida la pena impuesta.

Posteriormente, en data 13 de Diciembre de 2005, la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo previsto en el numeral 6° del artículo 470 en concordancia con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, rebajó la pena impuesta a la penada de marras, condenándola a cumplir OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

Definitivamente firme como quedó la anterior sentencia, se procedió a la ejecución de la misma en fecha 01 de Febrero de 2006, practicándose el respectivo computo del cual se desprende que la referida ciudadana le restaba por cumplir una pena de SIETE (07) MESES Y UN (01) DIAS DE PRISION.

En fecha 02 de Mayo de 2006, este Juzgado dictó decisión mediante la cual acordó la conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir en la de confinamiento a la ciudadana MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 segundo aparte y 53 ambos del Código Penal, por el lapso de CINCO (05) MESES, DIECINUEVE (19) DIAS Y OCHO (08) HORAS, terminando de cumplir la pena el día 21 de Octubre de 2006.

Cursa inserto desde el folio 33 de la tercera pieza de la presente causa, Comunicación N° 149 de fecha 20 de Octubre de 2006, emanada del Registro Civil de San Juan de Los Morros Estado Guárico, mediante la cual remite copia debidamente certificada del registro de presentaciones llevado por ante ese Despacho, donde se evidencia que la penada MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, cumplió a cabalidad con el régimen impuesto.

Sin embargo, visto que el penado fue igualmente condenada al cumplimiento de la pena accesoria establecida en el articulo 16 del Código Penal, referida a la sujeción a la vigilancia de la autoridad civil, este Tribunal acatando la decisión dictada por la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia en fecha 21 de mayo de 2007, mediante la cual desaplicó la referida pena accesoria, estima que lo procedente y ajustado en derecho es DECRETAR, como en efecto se hace LA LIBERTAD PLENA, de la ciudadana MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, al haber cumplido la totalidad de la pena impuesta. Y ASÍ SE DECIDE.


DISPOSITIVA


En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA, a la ciudadana MARRION MARGARET HARVEY HAMILTON, arriba identificada, quien fuese condenada por la Corte de Apelación de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código Penal.

Publíquese, notifíquese, líbrese oficio al Jefe de la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, así mismo, al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, atención al Director de Migración y Zona Fronteriza, al Jefe Registro Civil de San Juan de Los Morros Estado Guárico, a la Embajada Británica y déjese copia de la presente decisión.

LA JUEZ,


DRA. MARLENE DE ALMEIDA SOARES

LA SECRETARIA,


ABG. YALITZA DOMINGUEZ