REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
EN SU NOMBRE


Macuto, 30 de Junio de 2008
196° y 148

De la revisión efectuada a las actuaciones que integran la presente causa, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, de conformidad con establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, pasa seguidamente a emitir pronunciamiento con respecto a la extinción de la pena que le fuera impuesta al ciudadano KONSTATIN MIROSNIKOV, titular del pasaporte Nro. 9550117372, de nacionalidad Alemana, de estado civil soltero, de profesión u oficio carpintero.

En tal sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa en autos sentencia dictada en fecha 31 de Mayo de 2007 por el Juzgado Segundo de Juicio, mediante la cual condeno al ciudadano KONSTATIN MIROSNIKOV, titular del pasaporte Nro. 9550117372, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, decisión que quedó definitivamente firme en fecha 15-06-2007.

Igualmente, cursa en autos al folio 147, de la causa, copia certificada del Acta de DEFUNCION expedida por el Dr. José Ricardo Correo en su condición de Director del Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Autónomo Guaicaipuro, Estado Bolivariano de, Miranda Parroquia Los Teques , donde entre otras cosas señala:
“....murió a causa de “falla Multiorgánica, Metástasis Generalizada, Ca de Testículo derecho”, según certificación del Dr. Boris Bossio”.

Así las cosas, considera este Tribunal que vista la trascripción precedente del documento público que demuestra fehacientemente la muerte del penado de autos KONSTATIN MIROSNIKOV, titular del pasaporte Nro. 9550117372, cuya consecuencia jurídica es la extinción de la pena que le fue impuesta mediante sentencia definitivamente firme, ello de conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 103 del Código Penal, que dispone:
“... La muerte del reo extingue también la pena, aún la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencia penales de la misma.....”

En consecuencia, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR LA EXTINCION DE LA PENA impuesta al mencionado ciudadano KONSTATIN MIROSNIKOV, titular del pasaporte Nro. 9550117372, en sentencia dictada en fecha 31 de Mayo de 2007 por el Juzgado Segundo de Juicio, conforme a lo establecido en el artículo 103 único aparte del Código Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA


Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, impuesta al ciudadano KONSTATIN MIROSNIKOV, titular del pasaporte Nro. 9550117372, plenamente identificado, mediante sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, conforme a lo establecido en el artículo 103 único aparte ejusdem, al haber fallecido en fecha 10 de Julio de 2007.

Diarícese, publíquese, notifíquese, déjese copia y líbrese oficio al Departamento de Sanciones Penales de la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso.
LA JUEZ SUPLENTE,

DRA. KARIN P. MENDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. JOSE ALEJANDRO RAMIREZ
WJ01-P-2007-000058