REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA,
DIECIOCHO (18) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008).
198° y 149°



Por cuanto en el día de ayer, diecisiete (17) de junio del corriente año, venció el lapso probatorio en el presente juicio; este Tribunal en consecuencia, fija dentro de los cinco (05) días de despacho contados a partir del día de hoy, inclusive, la oportunidad para pronunciar la sentencia respectiva de conformidad con el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZA TITULAR,


ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA,


ABG. SANDRA R. SANTOS G.













Expediente N° 5647-08
LMS/Ss/aqp.-