REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dos (02) de junio del dos mil ocho (2008)
198° y 149 °

ASUNTO N° WP11-L-2007-000347


Vista la diligencia de fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil ocho (2008), suscrita por la profesional del derecho VANESHKA DEL CARMEN LÓPEZ FRANCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.535, mediante la cual solicita se decrete la ejecución, en virtud del incumplimiento por parte de la demandada al acuerdo celebrado en fecha seis (06) de mayo del año dos mil ocho (2008); este Tribunal, acuerda lo solicitado, en consecuencia, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA en el presente procedimiento, por lo que la parte demandada AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A., deberá cancelar dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON CÉNTIMOS (Bs F. 38.356,01), la cual comprende el monto condenado, a los fines de dar cumplimiento voluntario al acuerdo mencionada ut supra, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ


DRA. GIOCONDA CACIQUE
LA SECRETARIA

Abg. GERALDINE GÁSPERI



Partes: WILLIAM COLMENARES VS AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
GC/GG/Pierina