REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, seis (06) de junio del dos mil ocho (2008)
198° y 149°
ASUNTO N° WP11-L-2007-000347
Visto que como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada al acuerdo celebrado en fecha seis (06) de mayo del año dos mil ocho (2008), y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario a la misma; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Ochenta y Ocho Mil Doscientos Dieciocho Bolívares Fuertes con Ochenta y Dos Céntimos (Bs.F. 88.218,82) que comprende el doble de la suma condenada, es decir, Treinta y Ocho Mil Trescientos Cincuenta y Seis Bolívares Fuertes con Un Céntimo (Bs.F. 38.356,01), mas la cantidad de Once Mil Quinientos Seis Bolívares Fuertes con Ochenta Céntimos (Bs.F. 11.506,80) correspondientes al 30 % por costas de ejecución. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Dos Bolívares Fuertes con Ochenta y Un Céntimos (Bs.F. 49.862,81), que comprende la suma condenada a pagar, es decir, Treinta y Ocho Mil Trescientos Cincuenta y Seis Bolívares Fuertes con Un Céntimo (Bs.F. 38.356,01), mas la cantidad de Once Mil Quinientos Seis Bolívares Fuertes con Ochenta Céntimos (Bs.F. 11.506,80) correspondientes al 30 % por costas de ejecución. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día treinta y uno (31) de julio del año dos mil ocho (2008) a la una de la tarde (01:00 p.m.). Cúmplase lo ordenado. Líbrese Oficio.-
LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE MEJICANO.
LA SECRETARIA
Abg. GERALDINE GÁSPERI
Partes: WILLIAM COLMENARES vs. AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
GCM/GG/Angel*
WP11-L-2007-000347
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