REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 30 de Junio de 2008
198° y 149°

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000243
PARTE ACTORA: MAYRIM ELENA GONZALEZ BELLO, titular de la cédula de identidad No. 13.158.141
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: GLORIA PACHECO, abogado al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del estado Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.45.723
PARTE DEMANDADA: TRANSGAR ALMACEN GENERAL DE DEPOSITOS, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PETRA ZOMAIRA ROMERO, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 17.327, según consta de instrumento Poder Especial que acredita su representación.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, 30 de junio de 2008, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma las ciudadanas: MAYRIM ELENA GONZALEZ BELLO, GLORIA PACHECO y : PETRA ZOMAIRA ROMERO, ya identificadas. Celebrada la audiencia, la parte demandante expone: “Desisto de la presente acción y procedimiento, por cuanto, ya fui incorporada a mi puesto de trabajo, en las mismas condiciones en las que me encontraba para el momento en que se efectuó el despido y asimismo dejo constancia que se me cancelaron en forma debida los salarios dejados de percibir, por lo que no tengo nada más que reclamar a la parte demandada, con ocasión al despido injustificado de cual fui objeto en fecha 02/06/2008”. Seguidamente la parte demandada expresa: “Con el objeto de poner fin al presente procedimiento, en nombre de mi mandante convengo en el desistimiento hecho en este acto por la parte actora”. Oído el desistimiento hecho por la parte demandante y el convenimiento que de ello ha hecho la parte demandada, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, asimismo, visto que la mediación ha sido positiva, y que no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela lo HOMOLOGA en los términos expuestos y da por concluido el proceso, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas.
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTINEZ LEZAMA
LAS PARTES COMPARECIENTES:


MAYRIM ELENA GONZALEZ BELLO


GLORIA PACHECO


PETRA ZOMAIRA ROMERO
LA SECRETARIA


ABG. ANGELY ARIAS