REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, treinta (30) de junio de dos mil ocho (2008)
195° y 146°

ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000153.
PARTE ACTORA: DESIREE COROMOTO GARCIA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.162.433.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ y JOSE DE JESUS HERRERA BOZZO, Abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo el número 85.663 y 81.048 y titulares de la cédula de Identidad número: 13.374.281, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C. A.”
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA, IVONNE DIAMOND, NIDIA GONZALEZ, BILLY FRANCO, ROSANT AIME RODRIGUEZ, VANESSA QUINTERO AGUILERA, NADIUSKA CARRERA ALBORNOZ, CINTHYA PEREIRA REINA y JESUS RAFAEL MILLAN SALINAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 35.523, 89.786, 115.458, 112.706, 83.883, 107.230 y 129.293 y titulares de la cédula de Identidad número 6.915.263, 7.432.382, 12.293.663, 13.853.534, 15.910.123, 12.484.282, 13.534.626 y 14.546.488, respectivamente.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”.

En el día hábil de hoy, treinta (30) de junio del dos mil ocho (2008), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la profesional del derecho EDEN ROSA AGUILERA NUÑEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 73.461, por una parte, quien consigna en este acto documento poder, en original y copia para su certificación en autos, mediante la cual acredita su representación, en este mismo acto se da por notificada de la renuncia del poder otorgado a la representación judicial de la parte actora KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ, y por la otra parte, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la continuación de la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ

APODERADA JUDICIAL DE LA
PARTE DEMANDADA,




,
LA SECRETARIA,

ABG. VIANNERYS VARGAS
EXP. Nº WP11-L-2007-000153