REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, nueve (09) de junio del año dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: WP11-L-2008-000035

Vista la sentencia dictada en fecha veintinueve (29) de febrero del dos mil ocho (2008), por este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 1.588,97), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. F. 690, 86), mas la suma de DOSCIENTOS SIETE BOLIVARES FUERTES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. F. 207, 25), correspondientes al 30% por costas, solo en caso de que se efectué la ejecución forzosa. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON ONCE CENTIMOS (Bs. F. 898, 11) que comprende la suma condenada a pagar de SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. F. 690, 86), mas la suma de DOSCIENTOS SIETE BOLIVARES FUERTES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. F. 207, 25), correspondientes al 30% por costas, solo en caso de que se efectué la ejecución forzosa. Este Tribunal fija para el día jueves treinta y uno (31) de julio de dos mil ocho (2008) a las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
EL JUEZ

Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA

Abg. VIANNERYS VARGAS

Parte Demandante: “Orlando José Cova Bravo”
Parte Demandada: “Cruz Norberto Ferrer”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
JGG/AA/greo.-
EXP. WP11-L-2008-000035