REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, jueves trece (13) de marzo del dos mil ocho (2008)
197° y 148°
ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000553
PARTE ACTORA: MERQUIADES RAMON MATTEY MENDOZA, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-5.096.706.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARINA PONTE LOPEZ, Abogada adscrita a la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, INPREABOGADO Nº 28.809.
PARTE DEMANDADA: “INVERSIONES ZERIMAR, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS CASTELLANOS MEDINA, Abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 42.051.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.

En el día hábil de hoy, jueves trece (13) de marzo del dos mil ocho (2008). Siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: MERQUIADES RAMON MATTEY MENDOZA, MARINA PONTE LOPEZ y JESUS CASTELLANOS MEDINA, plenamente identificados. Dándose así inicio al acto. Seguidamente, la apoderada judicial de la parte demandante expresa que el actor no presentó elementos probatorios que demostraran que la empresa demandada, le adeudara algún concepto por el vinculo laboral que los unió, por lo que no teniendo este último como demostrar que se le adeuda alguna diferencia, procede en este acto a desistir del presente procedimiento. A continuación, el apoderado judicial de la parte demandada manifiesta que acepta el desistimiento antes señalado en los términos expuestos, por lo que este juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA,

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2007-000553