REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, lunes veinticuatro (24) de marzo del dos mil ocho (2008)
197° y 148°
ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000424
PARTE ACTORA: JOSE LUIS RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-6.484.946.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YINESKA JOHANA FRANCO, Abogada adscrita a la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, INPREABOGADO Nº 76.380.
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ROSANT AIME RODRIGUEZ PERDOMO y GUILLERMO ALCALA PRADA Abogados inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 115.458 y 45.812, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.

En el día hábil de hoy, lunes veinticuatro (24) de marzo del dos mil ocho (2008), siendo la una y treinta (01:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: JOSÈ LUIS RODRIGUEZ, YINESKA JOHANA FRANCO, y GUILLERMO ALCALA PRADA, plenamente identificados. Dándose así inicio al acto. PRIMERO: Las partes manifiestan que han llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. A continuación, la parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.286.666,40), por los conceptos que se relacionan a continuación: Fecha de ingreso: 16 de mayo del 2006, Fecha de egreso: 16 de mayo de 2007, Tiempo de servicio: 01 año, Último Salario Mensual: Bs. 600.000,00, Salario diario: Bs. 20.000,00, Salario diario integral: Bs. 21.222,22 Cargo desempeñado: Almacenista, Motivo de egreso: Despido injustificado.

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad acumulada: 1° parte, Art. 108 LOT, 45 días x 21.222,22 Bs. 954.999,90
Vacaciones y Bono vacacional, Arts. 219 y 223 LOT
15 X 20.000,00
7 X 20.000,00 Bs. 300.000,00
Bs. 140.000,00
Utilidades Art. 174 LOT, 15 X 20.000,00 Bs. 300.000,00

Indemnización Art. 125 LOT, 2do. Lit. c
30 x 21.222,22
45 x 21.222,22 Bs. 636.666,60
Bs. 954.999,90
Total Prestaciones Sociales: Bs. 3.286.666,40

Dichos Conceptos suman la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.286.666,40), equivalentes a TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F 3.286,67), el cual será cancelado el día viernes cuatro (4) de abril por ante la sede de este Circuito Judicial, y ambas partes se comprometen a dejar constancia de dicho pago en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago ofertado, quedan satisfechos los conceptos enunciados anteriormente, no quedando ninguno de estos conceptos derivados del vínculo laboral que los unió. Por otra parte solicita al apoderado judicial de la empresa demandada le haga entrega de una Constancia de Trabajo, de la Liquidación de Prestaciones Sociales y de la Planilla de ingreso 14-02, quien manifestó que hará lo conducente para traer dicha documentación el día del pago antes señalado. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia les han sido devueltas.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA,

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2007-000424