REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nro. 03
197º y 148º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y visto los documentos anexos al escrito de solicitud y cumplido como ha sido lo requerido en el auto de admisión, esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana ANA EPIFANIA NIÑO ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.500.312, para que en representación de su hijo: adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolano de trece (13) años, identificado con partida de nacimiento N° 337 de fecha 20 de octubre de 1994, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertad Estado Táchira, tramite el cobro de los beneficios por ante el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, así como cualquier otro beneficio que les puedan corresponder por ante cualquier otro organismo Publico o Privado, al mencionado adolescente, al fallecimiento de su padre, el ciudadano JOSE MARIA GAMBOA GONZALEZ, quien en vida fue de profesión Militar DTGDO (GN), con Cédula de Identidad N° V- 3.070.834. Es de advertir que lo que corresponda al prenombrado adolescente, debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 34489 de Cobro de Beneficios.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los 28 días del mes de Marzo de 2008. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
Abog. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
Juez Titular Unipersonal Nro. 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO.
SECRETARIO
En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario.
Exp. Nro. 34489
Crisna.-
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