REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2947-08
ACTO CONCILIATORIO POR FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SOLICITANTE: MARIA OMAIRA CERINZA SUAREZ.
OBLIGADO: JOEL LEOMAR RODRIGUEZ.
En el día de hoy, Cinco (05) de marzo de 2008, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria los ciudadanos MARIA OMAIRA CERINZA SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.422.002 y JOEL LEOMAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.230.872, quien se da por citado en la presente causa y renuncia a los lapsos de ley, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por fijación de la Obligación de Manutención, a favor de la niña YUZDARLY MIRLEY RODRIGUEZ CERINZA. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio, quien insta a las partes a llegar un acuerdo, en beneficio y bienestar de la niña anteriormente mencionada. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOEL LEOMAR RODRIGUEZ, quien manifestó: “Ofrezco como Cuota Mensual para mi hija la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 150ºº) y como cuota extraordinaria en el mes de diciembre la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (400, ºº) aporte fuera de la pensión mensual fijada. Ahora bien en virtud de que fui egresado como personal de la Policía del Estado Táchira, el 23/01/ 2008 y por cuanto se ordeno la retensión de mis prestaciones sociales, en cuanto a esto, manifiesto que autorizo al Tribunal para que se oficie nuevamente a la Comandancia General, indicando en que del monto total de las prestaciones le sea depositado a favor de mi hija la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTE ( Bs. 5000ºº) EN LA CUENTA DE AHORROS QUE EL Tribunal ordene aperturar a la madre con el fin de garantizarle su alimentación mientras me encuentre desempleado, así mismo solicito a la madre de mi hija le sea concedido los permisos para compartir y ver a su hija como hasta ahora. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARIA OMAIRA CERINZA SUAREZ, quien manifestó: “Que esta de acuerdo en todo y cada una de las partes con lo ofrecido por el padre de mi hija. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda aperturar una cuenta de ahorros para el deposito de la pensión convenida, informándole a la solicitante que una vez aperturada la misma por ante la entidad Bancaria Banfoandes, deberá consignar en el Tribunal copia de la libreta. En este estado se ordena levantar la medida de retención de Prestaciones sociales que le corresponden al obligado, para lo cual se acuerda oficiar a la Comandancia General de la Policía del Estado Táchira en el cual se informa lo acordado en el presente acto. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
MARIA OMAIRA CERINZA SUAREZ
JOEL LEOMAR RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO