REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
San Antonio del Tachira, 5 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-000229
ASUNTO : SP11-P-2008-000229
Visto el escrito presentado por el Fiscal OCTAVO del Ministerio Público del Estado Táchira, Abg. CARLOS JULIO USECHE, mediante la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 2º del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7° del Código Penal. Este Tribunal para decidir observa:
Se inició la presente causa en fecha 04-11-2000, mediante Acta Policial suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Tránsito y Transporte Terrestre, quienes fueron comisionados para que se trasladaran a la Carretera de Rubio San Cristóbal, donde ocurrió un accidente de Tránsito, trasladándose al lugar y donde lograron constatar que se trataba de una COLISION ENTRE VEHÍCULOS CON SALDO DE UN LESIONADO, quedando identificado el lesionado como CASTOR ARTURO MARTINEZ, plenamente identificado en autos.-
Ahora bien revisada y analizadas todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, considera este Tribunal procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho, en virtud que de las diligencias practicadas para el total esclarecimiento de los hechos, se desprende de la declaración rendida por el ciudadano ANTONIO COLMENARES ALARCON, en la que manifestó que el ciudadano CASTOR ARTURO MARTINEZ le quitó la derecha y colisiono de frente al su vehículo, considerándose que las lesiones sufridas por la victima se debieron a su misma imprudencia e inobservancia; en consecuencia, siendo el hecho ATIPICO, se procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el articulo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así lo decide.
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSION SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; seguida por el delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1º en concordancia con el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de CASTOR ARTURO MARTÍNEZ; todo conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión
El Juez,
Abg. Esteban Ramón Quintero
Juez Primero de Control
La Secretaria,