REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 6 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-000492
ASUNTO : SP11-P-2008-000492


Visto el escrito presentado por el Abg. HENRY ALEXANDER FLORES RONDON, FISCAL VIGÉSIMO QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de los ciudadanos OSCAR ORLANDO GUTIERREZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

HECHOS

Siendo en fecha 12/11/2007, por la presunta comisión del delito contra las personas (lesiones culposas), en un accidente de transito, en fecha 09/11/2007, suscrita por funcionarios de transito terrestre, la cual dejan constancia que en fecha 09/11/2007 alas 04:30 de la tarde, fueron informados de un accidente de San Antonio vía Rubio, trasladándose rápidamente al lugar de los hechos, dejando constancia de se trataba de un vuelco en la vía con daños materiales y con saldo de una persona lesionada, el cual procedieron hacer el grafico del accidente para retirar los vehículos de la vía, siendo identificados de la siguiente manera: VEHICULO N° 01: placas 19C-GAV, marca FREIGHTLINER, modelo TRACTO CAMION, año 2005, clase CAMION, tipo CHUTO, color BLANCO, serial de carrocería 3AKJA6CG85DU45850, serial del motor 06R0815764, con seguro de la compañía SEGUROS CATATUMBO, póliza N° 6120046, propiedad del vehículo JUAN DAVETA CHACON, venezolano, C.I.V-5.654.726 y VEHICULO N° 02: placas 66W-IAA, marca REMYVECA, año 1997, clase BATEA, tipo PLATAFORMA, color NARANJA, serial de carrocería SR2909 ; posteriormente se trasladaron hacia el Hospital Padre Justo de Rubio, donde se entrevistaron con el medico de guardia DR. REICH TORRES, el cual nos suministro los datos de la persona lesionada en el accidente, quedando identificada como: OSCAR ORLANDO GUTIERREZ, venezolano, C.I.V-4.206.131, de 53 años, el cual no presento licencia para conducir vehículo automotor.


En el curso de la investigación se practicaron las siguientes diligencias, tendentes al esclarecimiento de los hechos:

1. ACTA DE INVESTIGACION PENAL POR ACCIDENTE DE TRANCITO N° 043-07, de fecha 09/11/2007, suscrita por los fiscales de transito terrestre.


2. ACTA DE INVESTIGACION: de fecha 28/11/2007, suscrita por funcionarios del C.I.C.P.C DE RUBIO.


3. DICTAMEN PERICIAL: N° 179 y 180 de fecha 29/11/2007, suscrita por funcionarios del C.I.C.P.C DE RUBIO.


Analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que no constan actuaciones que permitan establecer que estamos frente a la comisión de un hecho punible, por lo que, los hechos contenidos en esta causa no son típicos, ya que los mismos no pueden encuadrarse en alguna de las figuras señaladas en el Código Penal o en la Leyes Penales Especiales como Delitos, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:

POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL.

ABG. ESTEBAN RAMON QUINTERO


El Secretario,