REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
EN SU NOMBRE

Macuto, 12 de Marzo de 2008
196° y 148

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de VICTOR ALEXIS GUERRERO JAUREGUI, titular de la cédula de identidad Nº 10.176.245, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

Al ciudadano VICTOR ALEXIS GUERRERO JAUREGUI se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DOS (02) MESES, SIETE (07) DIAS Y 12 HORAS DE PRISION siendo redimida por un tiempo de SEIS (06) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS Y 12 HORAS por lo que le falta por cumplir una pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DIAS CON 12 HORAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 16-07-2001 HASTA EL 20-07-2001, siendo detenido nuevamente el 06-12-2001 hasta el 14-11-2006 hasta la actualidad.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió 06-04-2003 A LAS 18 HORAS Y TRES MINUTOS.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el 12-12-2003 A LAS OCHO HORAS Y CUATRO MINUTOS

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 04-07-2006 A LAS 16 HORAS Y OCHO MINUTOS.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 10-05-2007 A LAS 6 HORAS Y NUEVE MINUTOS

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 23-05-2009 A LAS 12 HORAS.


Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de notificación al penado a los fines de que sea notificado de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
LA JUEZ,

DRA. ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ.
EL SECRETARIO,

ABG. JOSE ALEJANDRO RAMIREZ
Causa Nº WL01-P-2002-000353