REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 31 de Marzo de 2.008
197º y 149º
Visto el escrito de Promoción de Pruebas, presentado en fecha 31/03/08, por el Abogado ALBERTO ESTRADA ALVAREZ, abogado en ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 48.183, actuando como apoderado de la parte Demandante : BERTA AURA VARGAS DE TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V-2.064.082, el cual cursa al folio 34 de la Pieza Principal del Expediente Nº. 1280, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
LA JUEZ
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA
DRA. IRIS LOPEZ GUERRA
SRP/Ilg.-
Exp: Nº.1280/08