REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, trece (13) de marzo del año dos mil ocho (2008)
197° y 149°
ASUNTO No. WP11-S-2008-000020
Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta del folio uno (01) al folio once (11), celebrada entre el profesional del derecho BERNARDO ANDRES PEINADO CIONI inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 107.003, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS AERONÁUTICAS Y SERVICIO AÉREOS S.A ( CONVIASA) por una parte y por la otra la ciudadana YOLIMAR GAMBOA HERRERA, debidamente asistida por el Profesional del Derecho JOSE RICARDO CILIBERTO SANOJA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 130.961; presentada ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex_trabajador ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA.
Abg. ANGELY ARIAS
RM/AA/miriamr.-.-
WP11-S-2008-000020