REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veinticuatro (24) de marzo del año dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: WP11-L-2007-000229
Vista la decisión de fecha treinta (30) de enero del presente año, y por cuanto se evidencia que la parte demandada no cumplió con el pago convenido en el presente procedimiento, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha dar cumplimiento voluntario.
EL JUEZ
DR. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA.
ABG. VIANNERYS VARGAS
JGG/VV/miriamr.-
WP11-L-2007-000229